Plan de Inversiones Locales 2017-2019 en Navarra

ORDEN FORAL 48/2017, de 20 de enero, de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se regula la forma de presentación de las solicitudes y documentos relativos a la Ley Foral 18/2016, de 13 de diciembre, reguladora del Plan de Inversiones Locales 2017-2019.

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La Ley Foral 18/2016, de 13 de diciembre, reguladora del Plan de Inversiones Locales 2017-2019, ha sido dictada al amparo de lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra como instrumento de cooperación económica con las entidades locales con la finalidad principal de garantizar la cobertura en todo el ámbito de la Comunidad Foral de los servicios municipales obligatorios.

En dicha Ley Foral, cuya entrada en vigor se ha producido el 1 de enero de 2017, se regula la presentación de solicitudes e instancias por parte de las entidades locales en diferentes fases del procedimiento de inclusión y abono de las actuaciones previstas, por lo que resulta necesario en estos momentos normalizar la forma de presentación de dicha documentación.

En concreto, el Anexo IV de esta Ley Foral recoge de forma exhaustiva la documentación a aportar en cada fase de los diferentes procedimientos contemplados en la misma. En relación con las solicitudes de inclusión en el apartado de Programación Local, exige rellenar un “Modelo de solicitud debidamente cumplimentado”, consistente en la ficha que más adelante se indicará, y que la presente Orden Foral determina como medio obligado de presentación de las mismas.

Con fecha de 2 de octubre de 2016, ha entrado en vigor la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por lo que la presente Orden Foral debe adecuarse a las previsiones contenidas en esta norma, de tal manera que se garantice la implantación de las nuevas tecnologías en las relaciones administrativas y se facilite el cumplimiento de las obligaciones de transparencia al ofrecer información puntual, ágil y actualizada a las entidades locales de Navarra sobre la gestión del Plan de Inversiones Locales del periodo 2017-2019.

Por todo ello, y en virtud de las facultades atribuidas por la Disposición Final Primera de la Ley Foral 18/2016, de 13 de diciembre, reguladora del Plan de Inversiones Locales 2017-2019,

ORDENO:

  1. Las solicitudes y documentos relativos al Plan de Inversiones Locales regulado en la Ley Foral 18/2016, de 13 de diciembre, se presentarán por vía telemática, del siguiente modo:
  2. A) Programas de Inversiones. La documentación podrá presentarse:

–Bien cumplimentando la ficha de servicios habilitada en el catálogo interno del Portal del Gobierno de Navarra “Plan de inversiones locales 2017-2019 (Programas de Inversiones y Programación Local)”.

–O bien a través del Registro General Electrónico.

  1. B) Programación Local:

B.1) Las solicitudes de inclusión en el apartado de Programación Local se presentarán cumplimentando la ficha de servicios habilitada en el catálogo interno del Portal del Gobierno de Navarra “Plan de inversiones locales 2017-2019 (Solicitudes de inclusión de Programación Local)”.

B.2) El resto de documentación se podrá presentar:

–Bien cumplimentando la ficha de servicios habilitada en el catálogo interno del Portal del Gobierno de Navarra “Plan de inversiones locales 2017-2019 (Programas de Inversiones y Programación Local)”.

–O bien a través del Registro General Electrónico.

  1. C) Libre Determinación. Las solicitudes de informe de adecuación y de abonos del apartado de Libre Determinación se podrán presentar:

–Bien cumplimentando la ficha de servicios habilitada en el catálogo interno del Portal del Gobierno de Navarra “Plan de inversiones locales 2017-2019 (Libre Determinación)”.

–O bien a través del Registro General Electrónico.

  1. En todos los casos es necesario para tramitar disponer un certificado digital y una Dirección Electrónica Habilitada (DEH), a la que se realizarán todas las notificaciones y comunicaciones de la Dirección General de Administración Local sobre cuestiones relacionadas con los expedientes del Plan de Inversiones Locales 2017-2019.
  2. En caso de que el tamaño de los archivos informáticos conteniendo las memorias y proyectos técnicos exceda de la capacidad máxima de los canales señalados en el número 1 anterior, su presentación deberá realizarse a través del repositorio de proyectos del Gobierno de Navarra (Consigna). En todas las solicitudes relacionadas con la citada documentación deberá indicarse el número del proyecto y la clave de acceso.
  3. Cuando exista constancia en la sede electrónica de esta Administración de errores de transmisión o recepción de cualquier documento electrónico, se podrá aportar mediante correo electrónico a la dirección pil@navarra.es, indicando el error producido.
  4. Publicar esta Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 20 de enero de 2017.–La Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administracion Local, Isabel Elizalde Arretxea.

 

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