Objetivos temáticos COMUNIDAD MADRID

RESOLUCIÓN definitiva de 17 de octubre de 2019, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas a Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid para estrategias de intervención en los objetivos temáticos 2, 4 y 6 del Programa Operativo FEDER de la Comunidad de Madrid 2014-2020.

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Con fecha 25 de octubre de 2018, se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la Orden 1029/2018, de 18 de octubre, de la Viceconsejería, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases reguladoras para la asignación de la ayuda programada en los objetivos temáticos 2, 4 y 6 en el Programa Operativo FEDER de la Comunidad de Madrid 2014-2020 entre los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid.
Por su parte, con fecha 26 de diciembre de 2018, se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el extracto de la Orden 2619/2018, de 20 de diciembre, de la Viceconsejería, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid para Estrategias de Intervención en los Objetivos Temáticos 2, 4 y 6 del Programa Operativo FEDER de la Comunidad de Madrid 2014-2020. El importe total de la convocatoria ascendía a 57,5 millones de euros.
Esta ayuda se dirige a la ejecución de los ejes 2, 4 y 6 del Programa Operativo FEDER de la Comunidad de Madrid, ejecución que debe ser llevada a cabo por los ayuntamientos de los municipios de la Comunidad de Madrid que cuentan con una población superior a 35.000 habitantes.
En la citada convocatoria se regulan, entre otros aspectos, el objeto y finalidad de las ayudas, los posibles beneficiarios, la financiación, la instrucción y resolución del procedimiento, así como las normas sobre plazos, publicidad y control.
El 26 de febrero de 2019 concluyó el plazo para la presentación de las solicitudes, habiendo presentado solicitud los Ayuntamientos de Alcalá de Henares, Alcobendas, Arganda del Rey, Boadilla del Monte, Collado Villalba, Coslada, Fuenlabrada, Getafe, Las Rozas de Madrid, Leganés, Madrid, Móstoles, Pinto, Pozuelo de Alarcón, San Sebastián de los Reyes y Torrejón de Ardoz, con una ayuda total solicitada de 50.273.450,99 euros, por lo tanto inferior a la ayuda disponible para la convocatoria.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación con el Estado (como órgano instructor, de acuerdo con lo establecido en el artículo catorce, apartado uno de las bases reguladoras), evaluó si las solicitudes presentadas reunían los requisitos para ser admitidas en el procedimiento, efectuando, en su caso, los requerimientos de subsanación pertinentes, en los términos previstos en el apartado dos del citado artículo, resultando admitidas todas las solicitudes presentadas.
El 1 de marzo de 2019 se constituyó la Comisión de Valoración, según lo indicado en el artículo quince apartado uno de las bases reguladoras, al objeto de desempeñar las funciones que tenía asignadas por los apartados dos y tres del referido artículo.
Según lo establecido en el artículo quince, apartado tres, de las bases reguladoras se seleccionaron aquellas Estrategias que obtuvieron una puntuación mínima de 25 puntos y cumplían todos los demás requisitos exigidos por las bases reguladoras.
De acuerdo con el informe elaborado por la Comisión de valoración, y teniendo en cuenta que la ayuda total solicitada es inferior a la disponible para la convocatoria, y que todas las Estrategias presentadas han superado el mínimo de 25 puntos exigido en el artículo 15.3 de las bases reguladoras, procede conceder las ayudas en las cuantías solicitadas por los ayuntamientos, salvo en el caso de los Ayuntamientos de Getafe, San Sebastián de los Reyes y Torrejón de Ardoz, respecto de los cuales debe reducirse proporcionalmente la ayuda solicitada, a fin de garantizar el cumplimiento de la concentración temática y los márgenes de flexibilidad establecidos en el artículo 4.3 de las bases reguladoras, dado que, en el caso de los Ayuntamientos de Getafe y San Sebastián de los Reyes no se alcanzaba la cobertura mínima exigida para el objetivo temático 2, mientras que en el caso del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz tampoco se alcanzaba la cobertura mínima del objetivo temático 2 y se excedía de la cobertura máxima permitida para el objetivo temático 6. La reducción aplicada ha sido la mínima necesaria para garantizar el cumplimiento de la concentración temática exigida.
En la tramitación del procedimiento, y en lo que concierne al informe de valoración, este se firmó por la Comisión de Valoración reunida el día 1 de agosto de 2019. Con fecha 9 de Septiembre se dictó la propuesta de resolución provisional, la cual se tramitó telemáticamente el día 10 y 11 de Septiembre a todos los beneficiarios, a efectos de que procediesen a efectuar las alegaciones que estimaran oportunas.
Se ha recibido una única alegación, en tiempo y forma. El órgano instructor ha sometido a la Comisión de Valoración la misma, acordando su desestimación, y procediendo su traslado al beneficiario, de conformidad con lo dispuesto en el art. 16 de la Orden 1029/2018, de 18 de octubre, de la Viceconsejería, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases reguladoras para la asignación de la ayuda programada en los objetivos temáticos 2, 4 y 6 en el Programa Operativo FEDER de la Comunidad de Madrid 2014-2020 entre los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid.
Considerando los antecedentes expuestos y en atención a la propuesta formulada por la Comisión de Valoración,
RESUELVO
Primero
Conceder las ayudas del Fondo Europeo de Desarrollo Regional a las líneas de actuación y por los importes que se relacionan en el Anexo.
Segundo
Habiendo dispuesto de plazo de diez días, a contar desde el día siguiente al de la notificación en forma telemática de la propuesta provisional de Resolución definitiva, y una vez que los ayuntamientos solicitantes han comunicado su aceptación a las ayudas, procede dictar la presente Resolución Definitiva conforme a lo dispuesto en el artículo diecisiete, apartado uno.
Madrid, a 17 de octubre de 2019.
El Consejero de Hacienda y Función Pública, JAVIER FERNÁNDEZ-LASQUETTY Y BLANC

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