Incremento retributivo del 1,5 en Generalitat COMUNIDAD VALENCIANA

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DECRETO LEY 17/2022, de 25 de noviembre, del Consell, por el que se aplica en el ámbito de la Generalitat el incremento retributivo adicional del 1,5 por ciento previsto en el artículo 23 del Real Decreto ley 18/2022, de 18 de octubre.

Estos Documentos, con los que puedan modificar o acompañar y su texto íntegro, se han incorporado a los contenidos ya existentes en el siguiente TÍTULO publicado y a su disposición:
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PREÁMBULO
La Ley 8/2021, de 30 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2022 establece en su artículo 28 que las retribuciones del personal al servicio de las distintas entidades o sujetos a que se refiere el artículo 27 de esta ley no podrán experimentar un incremento global superior al 2 por ciento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2021.

La situación económica derivada del conflicto bélico que se está desarrollando en Ucrania y la crisis energética consecuencia de este ha motivado un aumento del coste de la vida debido al impacto de la inflación, por lo que es necesario paliar sus efectos en el poder adquisitivo de las empleadas y empleados públicos.

En este contexto el Real Decreto ley 18/2022, de 18 de octubre, por el que se aprueban medidas de refuerzo de la protección de los consumidores de energía y de contribución a la reducción del consumo de gas natural en aplicación del «Plan + seguridad para tu energía (+SE)», así como medidas en materia de retribuciones del personal al servicio del sector público y de protección de las personas trabajadoras agrarias eventuales afectadas por la sequía, establece en su artículo 23.1 una subida adicional del 1,5 por ciento de las retribuciones del personal al servicio del sector público para compensar los efectos de la inflación respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2021. Establece igualmente reglas específicas para que las comunidades autónomas puedan materializar el pago antes del 31 de diciembre de 2022 y, en todo caso, con anterioridad al 31 de marzo de 2023. Prevé también la posibilidad de autorizar a las comunidades autónomas la formalización de nuevas operaciones de endeudamiento a largo plazo o asignar recursos con cargo a los mecanismos adicionales de financiación, suplementarios a los que se refiere el apartado dos de la disposición adicional octogésima novena de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2022, por importe equivalente al necesario para hacer efectivo el incremento retributivo del 1,5 por ciento. La regulación de este incremento tiene carácter básico, del conformidad con el artículo 149.1.13.ª y 18.ª de la Constitución, por lo que su aplicación en el ámbito del sector público de la Generalitat es imperativa.

Respecto de la extraordinaria y urgente necesidad del Decreto ley, hay que remitirse al plazo establecido en el Real Decreto ley 18/2022 para el abono de las cantidades en concepto de atrasos derivadas de la aplicación del incremento adicional contemplado en la norma, cuya finalidad es paliar en la medida de lo posible y de forma urgente la pérdida del poder adquisitivo del personal al servicio del sector público.

La jurisprudencia del Tribunal Constitucional ha respaldado la aprobación de disposiciones de carácter socioeconómico mediante el instrumento normativo del real decreto ley en aquellos casos en los que se aprecie una motivación explícita y razonada de la necesidad y la urgencia de la medida. El carácter necesario se ha afirmado en los casos de coyunturas económicas problemáticas que exigen una rápida respuesta. Así mismo, la urgencia se ha aceptado, cuando la dilación en el tiempo de la adopción de la medida de que se trate mediante una tramitación por el cauce normativo ordinario, pudiera generar perjuicios adicionales. Evidentemente, y según ya se ha señalado en el presente preámbulo, la Comunitat Valenciana atraviesa una situación de grave crisis socio-económica y energética, derivada del conflicto bélico de Ucrania y que indudablemente se agravará de no adoptar las medidas contenidas en el presente Decreto ley. Todos estos elementos justifican la necesidad de la adopción de una normativa de urgencia orientada a paliar los efectos de dicha crisis.

En este aspecto, los párrafos anteriores acreditan de manera suficiente los motivos de oportunidad para la adopción de la presente norma, la cual responde en todos sus términos a la finalidad legítima de aprobar medidas que contribuyan a abordar el enorme impacto socio-económico provocado por la guerra. Como es preceptivo, debe señalarse también que este Decreto ley no afecta al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de la ciudadanía regulados en el título I de la Constitución, al régimen de las comunidades autónomas ni al derecho electoral general. A la vista de lo expuesto anteriormente, concurren las circunstancias de extraordinaria y urgente necesidad establecidas por el artículo 44.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana como presupuestos habilitantes para recurrir al instrumento jurídico del Decreto ley.

Este decreto-ley se adecúa a los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en particular, a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.

Así, atendiendo a los principios de necesidad y eficacia, la existencia de una situación económica problemática derivada de la guerra de Ucrania y la elevada inflación consecuencia de esta, exige adoptar medidas para paliar de forma urgente la pérdida de poder adquisitivo del personal al servicio del sector público durante el 2022, siendo así el decreto-ley el instrumento más inmediato y eficaz para garantizar su consecución. Se respeta asimismo el principio de proporcionalidad, dado que contiene la regulación meramente imprescindible para la consecución de este objetivo previamente mencionado.

A su vez, la norma resulta coherente con el vigente ordenamiento jurídico, ajustándose, por ello, al principio de seguridad jurídica. Y, por último, en cuanto al principio de transparencia, esta norma, si bien está exenta de los trámites de consulta pública, audiencia e información pública por tratarse de un decreto-ley, tal y como permite el artículo 133.4 de la citada Ley 39/2015, el Consell ha definido claramente la finalidad de la norma, tanto en su parte expositiva como en el informe justificativo que lo acompaña. Por último, en relación con el principio de eficiencia, dado su ámbito de aplicación, este decreto-ley no genera cargas administrativas para los ciudadanos.

De acuerdo con el Decreto 5/2019, de 16 de junio, del president de la Generalitat, por el que se determinan el número y la denominación de las consellerias, y sus atribuciones, y con el Decreto 105/2019, de 5 de julio, del Consell, por el que establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat, corresponde a la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico las competencias en materia de hacienda y, en concreto, la tramitación y resolución de todos los asuntos que las disposiciones vigentes atribuyen a la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico en materia de presupuestos de la Generalitat.

En la tramitación del proyecto de decreto ley, se ha seguido el procedimiento establecido en el artículo 42 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y en el Decreto 24/2009, de 13 de febrero, del Consell, sobre la forma, la estructura y el procedimiento de elaboración de los proyectos normativos de la Generalitat, y se han emitido los informes preceptivos. Por todo lo expuesto, y en virtud de lo que establece el artículo 44 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, a propuesta del conseller de Hacienda y Modelo Económico, y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 25 de noviembre de 2022,

DECRETO

Artículo 1. Incremento retributivo en el sector público de la Generalitat

1. Adicionalmente a lo dispuesto en el título III de la Ley 8/2021, de 30 diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2022, las retribuciones del personal al servicio de los sujetos enumerados en el artículo 27 de la citada Ley experimentarán, con efectos del 1 de enero de 2022, un incremento adicional del 1,5 por ciento.

2. Este incremento se aplicará sobre las retribuciones vigentes el 31 de diciembre de 2021, de forma que la suma del mismo y la del porcentaje previsto en el artículo 28.1 de la Ley 8/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2022 consolidará, en todo caso, un incremento retributivo global máximo para el ejercicio 2022 del 3,5 por ciento.

Artículo 2. Actualización de cuantías

Se actualizan las cantidades determinadas en aquellos artículos del título III de la Ley 8/2021, de 30 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2022, así como en la disposición transitoria sexta y los anexos I, III y IV de la misma, que no vengan únicamente referidas al porcentaje establecido en el apartado 1 de su artículo 28, con las cantidades que correspondan de conformidad con el incremento previsto en el artículo anterior y según a las reglas de cálculo contenidas en el mismo, que se incorporan como anexos al presente Decreto ley.

Artículo 3. Financiación

1. Los créditos presupuestarios necesarios para hacer efectivo el incremento retributivo previsto en el presente Decreto Ley, se financiarán mediante la correspondiente generación de crédito en el presupuesto del presente ejercicio, con cargo a los recursos adicionales del Fondo de Financiación de Comunidades Autónomas, asignados a la Comunitat, a través del compartimento Fondo de Liquidez Autonómico, de acuerdo con lo establecido en el artículo 23.3 del Real Decreto ley 18/2022, de 18 de octubre.

2. Se autoriza al Consell para que mediante la correspondiente modificación de crédito concrete las aplicaciones presupuestarias e importes en el estado de gastos del presupuesto, que resulten necesarias para la correcta ejecución de lo previsto en el presente decreto ley.

DISPOSICIONES ADICIONALES

Primera. De las transferencias a las universidades

Se autoriza a las consellerias competentes en materia de hacienda y universidades para que adopten las medidas necesarias para que el incremento de las retribuciones previsto en este decreto ley, tenga su correspondiente reflejo en el ámbito de las universidades públicas de la Comunitat Valenciana.

Segunda. De los centros concertados

Se autoriza a las consellerias competentes en materia de hacienda y de educación para que adopten las medidas necesarias para que el incremento de las retribuciones previsto en este decreto ley, tenga su correspondiente reflejo en el ámbito del personal docente de los centros concertados, de acuerdo con las cuantías del anexo I «Módulos económicos de distribución de fondos públicos para el sostenimiento de centros concertados», que se incorpora como anexo al presente Decreto Ley.

Tercera. Desarrollo y aplicación

Se autoriza a la persona titular de la conselleria con competencias en materia de hacienda para dictar las disposiciones necesarias y adoptarlas medidas oportunas que permitan la correcta instrumentación de la ejecución de lo previsto en el presente decreto ley.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Actualización de cuantías

El Consell acordará la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de las tablas retributivas vigentes del personal al servicio de la Administración de la Generalitat y de sus organismos autónomos actualizadas de acuerdo con el incremento previsto en el presente Decreto ley.

Segunda. Entrada en vigor

El presente decreto ley entrará en vigor el día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

València, 25 de noviembre de 2022

El president de la Generalitat,

XIMO PUIG I FERRER

El conseller de Hacienda y Modelo Económico,

ARCADI ESPAÑA GARCÍA

ANEXO I

Actualización de retribuciones de la Ley 8/2021, de 30 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2022, según proyecto de decreto ley del Consell por el que se aplica en el ámbito de la Generalitat Valenciana el incremento retributivo adicional del 1,5 por ciento previsto en el artículo 23 del Real Decreto-Ley 18/2022.

Artículo 30. Retribuciones de las personas que ocupen puestos de altos cargos del Consell y de la Administración de la Generalitat, así como del personal directivo del sector público instrumental de la Generalitat

2. A tal efecto, las retribuciones de las personas que componen el Consell y el nivel de órganos superiores de las consellerias se fijan en las siguientes cuantías, en euros y referidas a doce mensualidades, sin derecho a pagas extraordinarias:

Presidenta o president de la Generalitat. 75.943,92

Vicepresidenta o vicepresidente. 64.693,92

Consellera o conseller. 64.693,92

Secretaria autonómica o secretario autonómico. 64.679,28

3. Las retribuciones de las personas que integran el nivel directivo de las consellerias y asimilados, se fijan en las siguientes cuantías de sueldo base, complemento de destino y complemento específico, referidas a doce mensualidades:

Sueldo base

Euros C. destino

Euros C. específico

Euros

Subsecretario o subsecretaria. 13.922,52 12.225,48 35.644,56

Director o directora general. 14.075,52 12.359,64 33.433,32

Las pagas extraordinarias serán dos al año, una en el mes de junio y otra en el de diciembre, por un importe cada una de ellas de una mensualidad del sueldo base indicado en el cuadro anterior y los trienios que, en su caso, le correspondan.

Artículo 31. Retribuciones de los funcionarios de la Generalitat incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 4/2021, de abril, de la Generalitat

1. De conformidad con lo establecido en el artículo 28 de esta ley, y de acuerdo con lo previsto en la disposición final cuarta de la Ley 4/2021, de 16 de abril, las retribuciones a percibir en el año 2022 por los funcionarios incluidos en el ámbito de aplicación del presente artículo serán las siguientes:

a) El sueldo y los trienios, que correspondan al grupo o subgrupo de clasificación profesional de pertenencia del personal a que se refiere el presente artículo, de acuerdo con las siguientes cuantías referidas a doce mensualidades, a percibir en las nóminas ordinarias de enero a diciembre de 2022:

Grupo/Subgrupo Grupo

Ley 30/1984 Sueldo

(euros) Trienios

(euros)

A1 A 15.082,68 580,56

A2 B 13.041,72 473,40

B – 11.400,24 415,32

C1 C 9.792,12 358,32

C2 D 8.149,80 243,96

Agrupaciones profesionales E 7.459,20 183,60

b) Las pagas extraordinarias, que se percibirán conforme a lo dispuesto en el artículo 29.c de esta ley, se ajustarán cada una de ellas a las siguientes cuantías:

– En concepto de sueldo y trienios:

Grupo/Subgrupo Grupo

Ley 30/1984 Sueldo

(euros) Trienios

(euros)

A1 A 775,61 29,86

A2 B 792,63 28,76

B – 821,10 29,93

C1 C 705,28 25,78

C2 D 672,96 20,12

Agrupaciones profesionales E 621,60 15,30

– En concepto de complemento de destino o concepto retributivo equivalente, la correspondiente a una mensualidad.

c) El complemento de destino será el correspondiente al nivel del puesto de trabajo desempeñado, de acuerdo con las siguientes cuantías referidas a doce mensualidades:

Nivel Importe en euros

30 13.174,80

29 11.817,12

28 11.320,56

27 10.823,16

26 9.495,60

25 8.424,60

24 7.927,56

23 7.431,24

22 6.933,84

21 6.437,64

20 5.979,96

19 5.674,80

18 5.369,40

17 5.063,88

16 4.759,20

15 4.453,32

14 4.148,52

13 3.842,76

12 3.537,24

11 3.231,72

10 2.926,80

9 2.774,40

8 2.621,28

7 2.468,76

6 2.316,00

5 2.163,36

4 1.934,40

3 1.705,92

2 1.476,96

1 1.248,24

ANEXO II

Disposición transitoria sexta. Del complemento autonómico transitorio del personal al servicio de la Administración de justicia, competencia de la Generalitat.

1. Las cuantías del complemento autonómico transitorio a percibir por el personal funcionario de los cuerpos al servicio de la Administración de justicia dependientes de la Generalitat Valenciana que, a 31 de diciembre de 2021, no estén incluidos en una relación de puestos de trabajo y no tengan adaptada su estructura retributiva al nuevo régimen resultante de la implantación de la nueva Oficina Judicial, serán las que se detallan a continuación:

Cuerpo Complemento Autonómico Transitorio Anual (€)

Gestión Procesal y Administrativa 7.040,04

Tramitación Procesal y Administrativa 6.686,04

Auxilio judicial 6.556,20

ANEXO III

Actualización módulos económicos de distribución de fondos públicos para el sostenimiento de centros concertados.

Enseñanza y curso Salarios y costes sociales Gastos variables Otros gastos Pers. Compl. Módulo 2022

Centros acogidos al sistema de pago delegado

EDUCACIÓN INFANTIL 2º CICLO

Centros con unidades de líneas incompletas 41.345,46 5.035,72 7.438,05 53.819,23

Centros de 1 unidad 66.152,74 8.057,15 7.438,05 81.647,94

Centros de 2 unidades 53.749,10 6.546,43 7.438,05 67.733,58

Centros de 3 unidades 55.127,29 6.714,29 7.438,05 69.279,63

Centros de 6 unidades 48.236,37 5.875,00 7.438,05 61.549,42

Centros de 9 unidades 45.939,41 5.595,24 7.438,05 58.972,70

Centros de 12 unidades 48.236,37 5.875,00 7.438,05 61.549,42

EDUCACIÓN PRIMARIA

unidad de línea incompleta con 1 ó 2 uds 41.345,46 5.035,72 7.438,05 53.819,23

unidad de línea incompleta de 3 uds 55.127,29 6.714,29 7.438,05 69.279,63

unidad de línea incompleta de 4 uds 51.681,83 6.294,65 7.438,05 65.414,53

unidad de línea incompleta de 5 uds 49.614,55 6.042,87 7.438,05 63.095,47

unidad de línea incompleta de 5 uds creciente 57.883,65 7.050,00 7.438,05 72.371,70

Centros de 6 unidades 62.018,19 7.553,58 7.438,05 77.009,82

Centros de 12 unidades 58.572,74 7.133,94 7.438,05 73.144,73

Centros de 18 unidades 57.424,26 6.994,05 7.438,05 71.856,36

Centros de 24 o 30 unidades 55.127,29 6.714,29 7.438,05 69.279,63

Integración Primaria 41.345,46 5.035,72 7.594,54 53.975,72

Integración Primaria (media jornada) 20.672,73 2.517,86 3.998,35 27.188,94

UNIDADES DE ED. ESPECIAL EN CENTROS ORDINARIOS

Auditivos 41.345,46 5.035,72 7.594,54 29.437,53 83.413,25

Autistas 41.345,46 5.035,72 7.594,54 60.614,38 114.590,10

Plurideficientes 41.345,46 5.035,72 7.594,54 76.852,13 130.827,85

Psíquicos (Moderados) 41.345,46 5.035,72 7.594,54 47.656,10 101.631,82

Psíquicos (Profundos y severos) 41.345,46 5.035,72 7.594,54 54.411,84 108.387,55

CENTROS DE EDUCACIÓN ESPECIAL

Auditivos 50.533,34 6.154,76 7.594,54 29.437,53 93.720,18

Autistas 50.533,34 6.154,76 7.594,54 60.614,38 124.897,03

Plurideficientes 50.533,34 6.154,76 7.594,54 76.852,13 141.134,78

Psíquicos (Moderados) 50.533,34 6.154,76 7.594,54 47.656,10 111.938,75

Psíquicos (Profundos y severos) 50.533,34 6.154,76 7.594,54 54.411,84 118.694,48

EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA

1º o 2º curso (centros con solo 1 ud en 1º o en 2º) 63.021,83 12.481,86 8.973,77 84.477,46

1º o 2º curso (centros con 2 o 3 uds. en estos cursos) 97.776,50 19.365,23 8.973,77 126.115,50

1º o 2º curso (centros con 4 o 5 uds. en estos cursos) 88.971,98 17.621,45 8.973,77 115.567,20

1º o 2º curso (centros con 6 o 7 uds. en estos cursos) 86.500,53 17.131,97 8.973,77 112.606,27

1º o 2º curso (centros con 8 o 9 uds. en estos cursos) 85.380,67 16.910,16 8.973,77 111.264,60

1º o 2º curso (centros con 10 o 11 uds. en estos cursos) 82.299,08 16.299,84 8.973,77 107.572,69

1º o 2º curso (centros con 12 o más uds. en estos cursos) 80.399,16 15.923,55 8.973,77 105.296,48

Del 1 de enero al 31 de agosto de 2022

3º o 4º curso (centros con solo 1 ud en 3º o en 4º) 75.996,90 15.051,65 9.904,72 100.953,27

3º o 4º curso (centros con 2 o 3 uds. en estos cursos) 110.751,58 21.935,03 9.904,72 142.591,33

3º o 4º curso (centros con 4 o 5 uds. en estos cursos) 94.996,12 18.814,57 9.904,72 123.715,41

3º o 4º curso (centros con 6 o 7 uds. en estos cursos) 92.061,29 18.233,30 9.904,72 120.199,31

3º o 4º curso (centros con 8 o 9 uds. en estos cursos) 89.551,23 17.736,17 9.904,72 117.192,12

3º o 4º curso (centros con 10 o 11 uds. en estos cursos) 86.006,25 17.034,06 9.904,72 112.945,03

3º o 4º curso (centros con 12 o más uds. en estos cursos) 84.569,72 16.749,55 9.904,72 111.223,99

Integración Secundaria 46.339,57 9.177,84 7.594,53 63.111,94

Integración Secundaria (media jornada) 23.169,79 4.588,92 3.998,35 31.757,06

Del 1 de septiembre al 31 de diciembre de 2022

3º o 4º curso (centros con solo 1 ud en 3º o en 4º) 77.487,04 15.346,78 9.904,72 102.738,54

3º o 4º curso (centros con 2 o 3 uds. en estos cursos) 113.783,38 22.365,13 9.904,72 146.053,23

3º o 4º curso (centros con 4 o 5 uds. en estos cursos) 97.596,62 19.183,48 9.904,72 126.684,82

3º o 4º curso (centros con 6 o 7 uds. en estos cursos) 94.581,44 18.590,82 9.904,72 123.076,98

3º o 4º curso (centros con 8 o 9 uds. en estos cursos) 92.002,67 18.083,94 9.904,72 119.991,33

3º o 4º curso (centros con 10 o 11 uds. en estos cursos) 88.360,65 17.368,07 9.904,72 115.633,44

3º o 4º curso (centros con 12 o más uds. en estos cursos) 86.884,79 17.077,97 9.904,72 113.867,48

BACHILLERATO

Bachillerato 78.591,92 15.565,61 13.165,14 107.322,67

Bachillerato 86.006,25 17.034,06 13.165,14 116.205,45

Bachillerato (unidad mixta) 107.507,81 21.292,58 13.114,80 141.915,19

Bachillerato (unidad mixta) 103.800,65 20.558,35 13.114,80 137.473,80

Cooperativas de enseñanza sujetas al régimen específico de financiación

EDUCACIÓN INFANTIL 2º CICLO

Centros con unidades de líneas incompletas 41.345,46 5.035,72 7.438,05 53.819,23

Centros de 1 unidad 66.152,74 8.057,15 7.438,05 81.647,94

Centros de 2 unidades 53.749,10 6.546,43 7.438,05 67.733,58

Centros de 3 unidades 55.127,29 6.714,29 7.438,05 69.279,63

Centros de 6 unidades 48.236,37 5.875,00 7.438,05 61.549,42

Centros de 9 unidades 45.939,41 5.595,24 7.438,05 58.972,70

Centros de 12 unidades 48.236,37 5.875,00 7.438,05 61.549,42

EDUCACIÓN PRIMARIA

unidad de línea incompleta con 1 ó 2 uds 41.345,46 5.035,72 7.438,05 53.819,23

unidad de línea incompleta de 3 uds 55.127,29 6.714,29 7.438,05 69.279,63

unidad de línea incompleta de 4 uds 51.681,83 6.294,65 7.438,05 65.414,53

unidad de línea incompleta de 5 uds 49.614,55 6.042,87 7.438,05 63.095,47

unidad de línea incompleta de 5 uds creciente 57.883,65 7.050,00 7.438,05 72.371,70

Centros de 6 unidades 62.018,19 7.553,58 7.438,05 77.009,83

Centros de 12 unidades 58.572,74 7.133,94 7.438,05 73.144,72

Centros de 18 unidades 57.424,26 6.994,05 7.438,05 71.856,36

Centros de 24 o 30 unidades 55.127,29 6.714,29 7.438,05 69.279,63

Integración Primaria 41.345,46 5.035,72 7.594,54 53.975,72

Integración Primaria (media jornada) 20.672,73 2.517,86 3.998,35 27.188,94

UNIDADES DE ED. ESPECIAL EN CENTROS ORDINARIOS

Auditivos 41.345,46 5.035,72 7.594,54 22.568,78 76.544,49

Autistas 41.345,46 5.035,72 7.594,54 46.471,03 100.446,74

Plurideficientes 41.345,46 5.035,72 7.594,54 58.919,97 112.895,68

Psíquicos (Moderados) 41.345,46 5.035,72 7.594,54 36.536,34 90.512,06

Psíquicos (Profundos y severos) 41.345,46 5.035,72 7.594,54 41.715,74 95.691,46

CENTROS DE EDUCACIÓN ESPECIAL

Auditivos 50.533,34 6.154,76 7.594,54 22.568,78 86.851,42

Autistas 50.533,34 6.154,76 7.594,54 46.471,03 110.753,67

Plurideficientes 50.533,34 6.154,76 7.594,54 58.919,97 123.202,61

Psíquicos (Moderados) 50.533,34 6.154,76 7.594,54 36.536,34 100.818,99

Psíquicos (Profundos y severos) 50.533,34 6.154,76 7.594,54 41.715,74 105.998,39

EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA

1º o 2º curso (unidades de líneas incompletas) 63.021,83 12.481,86 8.973,77 84.477,46

1º o 2º curso (centros con 2 o 3 uds. en estos cursos) 99.630,09 19.732,35 8.973,77 128.336,21

1º o 2º curso (centros con 4 o 5 uds. en estos cursos) 90.362,17 17.896,78 8.973,77 117.232,72

1º o 2º curso (centros con 6 o 7 uds. en estos cursos) 87.581,80 17.346,11 8.973,77 113.901,68

1º o 2º curso (centros con 8 o 9 uds. en estos cursos) 86.655,00 17.162,55 8.973,77 112.791,32

1º o 2º curso (centros con 10 o 11 uds. en estos cursos) 83.411,24 16.520,10 8.973,77 108.905,11

1º o 2º curso (centros con 12 o más uds. en estos cursos) 81.557,65 16.152,99 8.973,77 106.684,41

Del 1 de enero al 31 de agosto de 2022

3º o 4º curso (unidades de líneas incompletas) 75.996,90 15.051,65 9.904,72 100.953,27

3º o 4º curso (centros con 2 o 3 uds. en estos cursos) 112.605,17 22.302,14 9.904,72 144.812,03

3º o 4º curso (centros con 4 o 5 uds. en estos cursos) 96.386,32 19.089,90 9.904,72 125.380,94

3º o 4º curso (centros con 6 o 7 uds. en estos cursos) 93.142,54 18.447,45 9.904,72 121.494,71

3º o 4º curso (centros con 8 o 9 uds. en estos cursos) 90.825,56 17.988,56 9.904,72 118.718,84

3º o 4º curso (centros con 10 o 11 uds. en estos cursos) 87.118,39 17.254,33 9.904,72 114.277,44

3º o 4º curso (centros con 12 o más uds. en estos cursos) 85.728,21 16.979,00 9.904,72 112.611,93

Integración Secundaria 46.339,57 9.177,84 7.594,53 63.111,94

Integración Secundaria (media jornada) 23.169,79 4.588,92 3.998,35 31.757,06

Del 1 de septiembre al 31 de diciembre de 2022

3º o 4º curso (unidades de líneas incompletas) 77.487,04 15.346,78 9.904,72 102.738,54

3º o 4º curso (centros con 2 o 3 uds. en estos cursos) 113.783,38 22.365,13 9.904,72 146.053,23

3º o 4º curso (centros con 4 o 5 uds. en estos cursos) 97.596,62 19.183,48 9.904,72 126.684,82

3º o 4º curso (centros con 6 o 7 uds. en estos cursos) 94.581,44 18.590,82 9.904,72 123.076,98

3º o 4º curso (centros con 8 o 9 uds. en estos cursos) 92.002,67 18.083,94 9.904,72 119.991,33

3º o 4º curso (centros con 10 o 11 uds. en estos cursos) 88.360,65 17.368,07 9.904,72 115.633,44

3º o 4º curso (centros con 12 o más uds. en estos cursos) 86.884,79 17.077,97 9.904,72 113.867,48

BACHILLERATO

Bachillerato 78.591,92 15.565,61 13.165,14 107.322,67

Bachillerato 86.006,25 17.034,06 13.165,14 116.205,45

Bachillerato (unidad mixta) 107.507,81 21.292,58 13.114,80 141.915,19

Bachillerato (unidad mixta) 103.800,65 20.558,35 13.114,80 137.473,80

CICLOS FORMATIVOS GRADO MEDIO (Todos los centros)

Aceites de oliva y vinos 55.693,44 11.013,41 10.238,40 76.945,25

Aceites de oliva y vinos 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Actividades comerciales 55.693,44 11.013,41 17.378,01 84.084,86

Actividades comerciales 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Aprovechamiento y conservación del medio natural 55.693,44 11.013,41 14.594,44 81.301,29

Aprovechamiento y conservación del medio natural 64.875,41 12.848,97 15.501,81 93.226,19

Atención a personas en situación de dependencia 55.693,44 11.013,41 10.238,40 76.945,25

Atención a personas en situación de dependencia 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Calzado y complementos de moda 55.693,44 11.013,41 10.238,40 76.945,25

Calzado y complementos de moda 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Carpintería y mueble 55.693,44 11.013,41 14.831,59 81.538,44

Carpintería y mueble 64.875,41 12.848,97 16.455,36 94.179,74

Carrocería 55.693,44 11.013,41 14.831,59 81.538,44

Carrocería 64.875,41 12.848,97 16.455,36 94.179,74

Cocina y gastronomía 55.693,44 11.013,41 12.609,96 79.316,81

Cocina y gastronomía 64.875,41 12.848,97 14.393,79 92.118,17

Conducción de actividades físico-deportivas en el medio natural LOGSE 9.267,92 3.771,37 2.658,75 15.698,04

Conducción de vehículos de transporte por carretera 55.693,44 11.013,41 10.238,40 76.945,25

Conducción de vehículos de transporte por carretera 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Confección y moda 55.693,44 11.013,41 14.686,74 81.393,59

Confección y moda 64.875,41 12.848,97 14.393,79 92.118,17

Conformado por moldeo de metales y polímeros 55.693,44 11.013,41 14.831,59 81.538,44

Conformado por moldeo de metales y polímeros 64.875,41 12.848,97 16.455,36 94.179,74

Construcción 55.693,44 11.013,41 11.826,27 78.533,12

Construcción 64.875,41 12.848,97 12.733,61 90.457,99

Cuidados auxiliares de enfermería LOGSE 55.693,44 11.013,41 13.822,12 80.528,97

Cuidados auxiliares de enfermería LOGSE 9.267,92 3.771,37 2.658,75 15.698,04

Elaboración de productos alimenticios 55.693,44 11.013,41 10.238,40 76.945,25

Elaboración de productos alimenticios 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Electromecánica de maquinaria 55.693,44 11.013,41 14.831,59 81.538,44

Electromecánica de maquinaria 64.875,41 12.848,97 16.455,36 94.179,74

Electromecánica de vehículos automóviles 55.693,44 11.013,41 14.831,59 81.538,44

Electromecánica de vehículos automóviles 64.875,41 12.848,97 16.455,36 94.179,74

Emergencias sanitarias 55.693,44 11.013,41 16.855,13 83.561,98

Emergencias sanitarias 64.875,41 12.848,97 17.739,40 95.463,78

Emergencias y protección civil 55.693,44 11.013,41 10.238,40 76.945,25

Emergencias y protección civil 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Estética y belleza 55.693,44 11.013,41 22.714,42 89.421,27

Estética y belleza 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Fabricación de productos cerámicos 55.693,44 11.013,41 17.156,03 83.862,88

Fabricación de productos cerámicos 64.875,41 12.848,97 18.396,40 96.120,78

Fabricación y ennoblecimiento de productos textiles 55.693,44 11.013,41 10.238,40 76.945,25

Fabricación y ennoblecimiento de productos textiles 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Farmacia y parafarmacia 55.693,44 11.013,41 10.238,40 76.945,25

Farmacia y parafarmacia 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Gestión administrativa 55.693,44 11.013,41 17.378,01 84.084,86

Gestión administrativa 64.875,41 12.848,97 17.378,01 95.102,39

Guía en el medio natural y tiempo libre 55.693,44 11.013,41 14.831,59 81.538,44

Guía en el medio natural y tiempo libre 64.875,41 12.848,97 16.455,36 94.179,74

Impresión gráfica 55.693,44 11.013,41 17.156,03 83.862,88

Impresión gráfica 64.875,41 12.848,97 18.396,40 96.120,78

Instalación y amueblamiento 55.693,44 11.013,41 14.831,59 81.538,44

Instalación y amueblamiento 64.875,41 12.848,97 16.455,36 94.179,74

Instalaciones de producción de calor 55.693,44 11.013,41 14.831,59 81.538,44

Instalaciones de producción de calor 64.875,41 12.848,97 16.455,36 94.179,74

Instalaciones de telecomunicaciones 55.693,44 11.013,41 14.594,44 81.301,29

Instalaciones de telecomunicaciones 64.875,41 12.848,97 15.501,81 93.226,19

Instalaciones eléctricas y automáticas 55.693,44 11.013,41 14.594,44 81.301,29

Instalaciones eléctricas y automáticas 64.875,41 12.848,97 15.501,81 93.226,19

Instalaciones frigoríficas y de climatización 55.693,44 11.013,41 14.831,59 81.538,44

Instalaciones frigoríficas y de climatización 64.875,41 12.848,97 16.455,36 94.179,74

Jardinería y floristería 55.693,44 11.013,41 14.594,44 81.301,29

Jardinería y floristería 64.875,41 12.848,97 15.501,81 93.226,19

Joyería LOGSE 55.693,44 11.013,41 17.156,03 83.862,88

Joyería LOGSE 64.875,41 12.848,97 18.396,40 96.120,78

Mantenimiento de material rodante ferroviario 55.693,44 11.013,41 17.156,03 83.862,88

Mantenimiento de material rodante ferroviario 64.875,41 12.848,97 18.396,40 96.120,78

Mantenimiento electromecánico 55.693,44 11.013,41 17.156,03 83.862,88

Mantenimiento electromecánico 64.875,41 12.848,97 18.396,40 96.120,78

Mantenimiento y control de la maquinaria de buques y embarcaciones 55.693,44 11.013,41 12.609,96 79.316,81

Mantenimiento y control de la maquinaria de buques y embarcaciones 64.875,41 12.848,97 14.393,79 92.118,17

Mecanizado 55.693,44 11.013,41 17.156,03 83.862,88

Mecanizado 64.875,41 12.848,97 18.396,40 96.120,78

Navegación y pesca de litoral 55.693,44 11.013,41 10.238,40 76.945,25

Navegación y pesca de litoral 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Obras de interior, decoración y rehabilitación 55.693,44 11.013,41 12.609,96 79.316,81

Obras de interior, decoración y rehabilitación 64.875,41 12.848,97 14.393,79 92.118,17

Operaciones de laboratorio 55.693,44 11.013,41 12.376,05 79.082,90

Operaciones de laboratorio 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Operaciones subacuáticas e hiperbáricas 55.693,44 11.013,41 12.609,96 79.316,81

Operaciones subacuáticas e hiperbáricas 64.875,41 12.848,97 14.393,79 92.118,17

Panadería, repostería y confitería 55.693,44 11.013,41 30.022,39 96.729,24

Panadería, repostería y confitería 64.875,41 12.848,97 12.964,30 90.688,68

Peluquería y cosmética capilar 55.693,44 11.013,41 12.056,96 78.763,81

Peluquería y cosmética capilar 64.875,41 12.848,97 12.964,30 90.688,68

Planta química 55.693,44 11.013,41 10.238,40 76.945,25

Planta química 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Preimpresión digital 55.693,44 11.013,41 17.156,03 83.862,88

Preimpresión digital 64.875,41 12.848,97 18.396,40 96.120,78

Producción agroecológica 55.693,44 11.013,41 12.609,96 79.316,81

Producción agroecológica 64.875,41 12.848,97 14.393,79 92.118,17

Producción agropecuaria 55.693,44 11.013,41 12.609,96 79.316,81

Producción agropecuaria 64.875,41 12.848,97 14.393,79 92.118,17

Redes y estaciones de tratamiento de aguas 55.693,44 11.013,41 14.831,59 81.538,44

Redes y estaciones de tratamiento de aguas 64.875,41 12.848,97 16.455,36 94.179,74

Servicios en restauración 55.693,44 11.013,41 22.714,42 89.421,27

Servicios en restauración 64.875,41 12.848,97 15.616,00 93.340,38

Sistemas microinformáticos y redes 55.693,44 11.013,41 12.609,96 79.316,81

Sistemas microinformáticos y redes 64.875,41 12.848,97 14.393,79 92.118,17

Soldadura y calderería 55.693,44 11.013,41 17.156,03 83.862,88

Soldadura y calderería 64.875,41 12.848,97 18.396,40 96.120,78

Vídeo disc-jockey y sonido 55.693,44 11.013,41 14.831,59 81.538,44

Vídeo disc-jockey y sonido 64.875,41 12.848,97 16.455,36 94.179,74

CICLOS FORMATIVOS GRADO SUPERIOR (Todos los centros)

Acondicionamiento físico 55.693,44 11.013,41 14.831,59 81.538,44

Acondicionamiento físico 64.875,41 12.848,97 16.455,36 94.179,74

Administración de sistemas informáticos en red 55.693,44 11.013,41 14.594,44 81.301,29

Administración de sistemas informáticos en red 64.875,41 12.848,97 15.501,81 93.226,19

Administración y finanzas 55.693,44 11.013,41 10.246,89 76.953,74

Administración y finanzas 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Agencias de viajes y gestión de eventos 55.693,44 11.013,41 17.378,01 84.084,86

Agencias de viajes y gestión de eventos 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Anatomía patológica y citodiagnóstico 55.693,44 11.013,41 16.855,13 83.561,98

Anatomía patológica y citodiagnóstico 64.875,41 12.848,97 17.739,40 95.463,78

Animación sociocultural y turística 55.693,44 11.013,41 17.378,01 84.084,86

Animación sociocultural y turística 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Animaciones 3d, juegos y entornos interactivos 55.693,44 11.013,41 14.831,59 81.538,44

Animaciones 3d, juegos y entornos interactivos 64.875,41 12.848,97 16.455,36 94.179,74

Artista fallero y construcción de escenografías 55.693,44 11.013,41 14.831,59 81.538,44

Artista fallero y construcción de escenografías 64.875,41 12.848,97 16.455,36 94.179,74

Asesoría de imagen personal y corporativa 55.693,44 11.013,41 10.238,40 76.945,25

Asesoría de imagen personal y corporativa 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Asistencia a la dirección 55.693,44 11.013,41 17.378,01 84.084,86

Asistencia a la dirección 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Audiología protésica 55.693,44 11.013,41 10.238,40 76.945,25

Audiología protésica 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Automatización y robótica industrial 55.693,44 11.013,41 16.855,13 83.561,98

Automatización y robótica industrial 64.875,41 12.848,97 17.739,40 95.463,78

Automoción 55.693,44 11.013,41 14.831,59 81.538,44

Automoción 64.875,41 12.848,97 16.455,36 94.179,74

Caracterización y maquillaje profesional 55.693,44 11.013,41 10.238,40 76.945,25

Caracterización y maquillaje profesional 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Comercio internacional 55.693,44 11.013,41 10.238,40 76.945,25

Comercio internacional 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Construcciones metálicas 55.693,44 11.013,41 17.156,03 83.862,88

Construcciones metálicas 64.875,41 12.848,97 18.396,40 96.120,78

Coordinación de emergencias y protección civil 55.693,44 11.013,41 10.238,40 76.945,25

Coordinación de emergencias y protección civil 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Desarrollo de aplicaciones multiplataforma 55.693,44 11.013,41 14.594,44 81.301,29

Desarrollo de aplicaciones multiplataforma 64.875,41 12.848,97 15.501,81 93.226,19

Desarrollo de aplicaciones web 55.693,44 11.013,41 14.594,44 81.301,29

Desarrollo de aplicaciones web 64.875,41 12.848,97 15.501,81 93.226,19

Desarrollo de proyectos de instalaciones térmicas y de fluidos 55.693,44 11.013,41 14.831,59 81.538,44

Desarrollo de proyectos de instalaciones térmicas y de fluidos 64.875,41 12.848,97 16.455,36 94.179,74

Desarrollo y fabricación de productos cerámicos 55.693,44 11.013,41 17.156,03 83.862,88

Desarrollo y fabricación de productos cerámicos 64.875,41 12.848,97 18.396,40 96.120,78

Dietética LOGSE 55.693,44 11.013,41 11.826,27 78.533,12

Dietética LOGSE 64.875,41 12.848,97 12.733,61 90.457,99

Dirección de cocina 55.693,44 11.013,41 12.056,96 78.763,81

Dirección de cocina 64.875,41 12.848,97 12.964,30 90.688,68

Dirección de servicios de restauración 55.693,44 11.013,41 12.056,96 78.763,81

Dirección de servicios de restauración 64.875,41 12.848,97 12.964,30 90.688,68

Diseño en fabricación mecánica 55.693,44 11.013,41 14.831,59 81.538,44

Diseño en fabricación mecánica 64.875,41 12.848,97 16.455,36 94.179,74

Diseño técnico en textil y piel 55.693,44 11.013,41 10.238,40 76.945,25

Diseño técnico en textil y piel 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Diseño y amueblamiento 55.693,44 11.013,41 14.831,59 81.538,44

Diseño y amueblamiento 64.875,41 12.848,97 16.455,36 94.179,74

Diseño y edición de publicaciones impresas y multimedia 55.693,44 11.013,41 14.831,59 81.538,44

Diseño y edición de publicaciones impresas y multimedia 64.875,41 12.848,97 16.455,36 94.179,74

Diseño y gestión de la producción gráfica 55.693,44 11.013,41 14.831,59 81.538,44

Diseño y gestión de la producción gráfica 64.875,41 12.848,97 16.455,36 94.179,74

Diseño y producción de calzado y complementos 55.693,44 11.013,41 10.238,40 76.945,25

Diseño y producción de calzado y complementos 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Documentación y administración sanitarias 55.693,44 11.013,41 17.378,01 84.084,86

Documentación y administración sanitarias 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Educación infantil 55.693,44 11.013,41 10.238,40 76.945,25

Educación infantil 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Educación y control ambiental 55.693,44 11.013,41 12.609,96 79.316,81

Educación y control ambiental 64.875,41 12.848,97 14.393,79 92.118,17

Eficiencia energética y energía solar térmica 55.693,44 11.013,41 14.831,59 81.538,44

Eficiencia energética y energía solar térmica 64.875,41 12.848,97 16.455,36 94.179,74

Electromedicina clínica 55.693,44 11.013,41 10.238,40 76.945,25

Electromedicina clínica 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Energías renovables 55.693,44 11.013,41 12.609,96 79.316,81

Energías renovables 64.875,41 12.848,97 14.393,79 92.118,17

Enseñanza y animación sociodeportiva 55.693,44 11.013,41 14.831,59 81.538,44

Enseñanza y animación sociodeportiva 64.875,41 12.848,97 16.455,36 94.179,74

Estética integral y bienestar 55.693,44 11.013,41 12.056,96 78.763,81

Estética integral y bienestar 64.875,41 12.848,97 12.964,30 90.688,68

Estilismo y dirección de peluquería 55.693,44 11.013,41 10.238,40 76.945,25

Estilismo y dirección de peluquería 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Fabricación de productos farmacéuticos, biotecnológicos y afines 55.693,44 11.013,41 10.238,40 76.945,25

Fabricación de productos farmacéuticos, biotecnológicos y afines 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Ganadería y Asistencia en Sanidad Animal 55.693,44 11.013,41 10.238,40 76.945,25

Ganadería y Asistencia en Sanidad Animal 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Gestión de alojamientos turísticos 55.693,44 11.013,41 17.378,01 84.084,86

Gestión de alojamientos turísticos 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Gestión de ventas y espacios comerciales 55.693,44 11.013,41 17.378,01 84.084,86

Gestión de ventas y espacios comerciales 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Gestión forestal y del medio natural 55.693,44 11.013,41 14.594,44 81.301,29

Gestión forestal y del medio natural 64.875,41 12.848,97 15.501,81 93.226,19

Guía, información y asistencia turísticas 55.693,44 11.013,41 17.378,01 84.084,86

Guía, información y asistencia turísticas 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Higiene bucodental 55.693,44 11.013,41 16.855,13 83.561,98

Higiene bucodental 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Iluminación, captación y tratamiento de imagen 55.693,44 11.013,41 16.855,13 83.561,98

Iluminación, captación y tratamiento de imagen 64.875,41 12.848,97 17.739,40 95.463,78

Imagen para el diagnóstico y medicina nuclear 55.693,44 11.013,41 16.855,13 83.561,98

Imagen para el diagnóstico y medicina nuclear 64.875,41 12.848,97 17.739,40 95.463,78

Integración social 55.693,44 11.013,41 17.378,01 84.084,86

Integración social 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Laboratorio clínico y biomédico 55.693,44 11.013,41 16.855,13 83.561,98

Laboratorio clínico y biomédico 64.875,41 12.848,97 17.739,40 95.463,78

Laboratorio de análisis y de control de calidad 55.693,44 11.013,41 11.826,27 78.533,12

Laboratorio de análisis y de control de calidad 64.875,41 12.848,97 12.733,61 90.457,99

Mantenimiento aeromecánico LOGSE 64.875,41 12.848,97 16.455,36 94.179,74

Mantenimiento aeromecánico de aviones con motor de turbina 55.693,44 11.013,41 14.411,07 81.117,92

Mantenimiento aeromecánico de aviones con motor de turbina 55.693,44 11.013,41 14.393,79 81.100,64

Mantenimiento de aviónica LOGSE 64.875,41 12.848,97 14.393,79 92.118,17

Mantenimiento de instalaciones térmicas y de fluidos 55.693,44 11.013,41 14.831,59 81.538,44

Mantenimiento de instalaciones térmicas y de fluidos 64.875,41 12.848,97 16.455,36 94.179,74

Mantenimiento de sistemas electrónicos y aviónicos en aeronaves 55.693,44 11.013,41 12.609,96 79.316,81

Mantenimiento de sistemas electrónicos y aviónicos en aeronaves 55.693,44 11.013,41 14.393,79 81.100,64

Mantenimiento electrónico 55.693,44 11.013,41 16.855,13 83.561,98

Mantenimiento electrónico 64.875,41 12.848,97 17.739,40 95.463,78

Marketing y publicidad 55.693,44 11.013,41 10.238,40 76.945,25

Marketing y publicidad 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Mecatrónica industrial 55.693,44 11.013,41 17.156,03 83.862,88

Mecatrónica industrial 64.875,41 12.848,97 18.396,40 96.120,78

Mediación comunicativa 55.693,44 11.013,41 10.238,40 76.945,25

Mediación comunicativa 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Óptica de anteojería LOGSE 55.693,44 11.013,41 10.238,40 76.945,25

Óptica de anteojería LOGSE 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Organización del mantenimiento de maquinaria de buques y embarcaciones 55.693,44 11.013,41 12.609,96 79.316,81

Organización del mantenimiento de maquinaria de buques y embarcaciones 64.875,41 12.848,97 14.393,79 92.118,17

Ortoprótesis y productos de apoyo 55.693,44 11.013,41 16.855,13 83.561,98

Ortoprótesis y productos de apoyo 64.875,41 12.848,97 17.739,40 95.463,78

Paisajismo y medio rural 55.693,44 11.013,41 10.238,40 76.945,25

Paisajismo y medio rural 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Patronaje y moda 55.693,44 11.013,41 14.686,74 81.393,59

Patronaje y moda 64.875,41 12.848,97 14.393,79 92.118,17

Prevención de riesgos profesionales LOGSE 55.693,44 11.013,41 14.686,74 81.393,59

Prevención de riesgos profesionales LOGSE 64.875,41 12.848,97 15.571,00 93.295,38

Procesos y calidad en la industria alimentaria 55.693,44 11.013,41 17.156,03 83.862,88

Procesos y calidad en la industria alimentaria 64.875,41 12.848,97 18.396,40 96.120,78

Producción de audiovisuales y espectáculos 55.693,44 11.013,41 10.238,40 76.945,25

Producción de audiovisuales y espectáculos 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Programación de la producción en fabricación mecánica 55.693,44 11.013,41 14.831,59 81.538,44

Programación de la producción en fabricación mecánica 64.875,41 12.848,97 16.455,36 94.179,74

Programación de la producción en moldeo de metales y polímeros 55.693,44 11.013,41 14.831,59 81.538,44

Programación de la producción en moldeo de metales y polímeros 64.875,41 12.848,97 16.455,36 94.179,74

Promoción de igualdad de género 55.693,44 11.013,41 10.238,40 76.945,25

Promoción de igualdad de género 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Prótesis dentales 55.693,44 11.013,41 16.855,13 83.561,98

Prótesis dentales 64.875,41 12.848,97 17.739,40 95.463,78

Proyectos de edificación 55.693,44 11.013,41 10.238,40 76.945,25

Proyectos de edificación 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Proyectos de obra civil 55.693,44 11.013,41 10.238,40 76.945,25

Proyectos de obra civil 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Química ambiental LOGSE 9.267,92 3.771,37 2.658,75 15.698,04

Química y salud ambiental 55.693,44 11.013,41 10.238,40 76.945,25

Química y salud ambiental 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Química industrial 55.693,44 11.013,41 10.238,40 76.945,25

Química industrial 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Radioterapia y dosimetría 55.693,44 11.013,41 16.855,13 83.561,98

Radioterapia y dosimetría 64.875,41 12.848,97 4.299,49 82.023,87

Realización de proyectos audiovisuales y espectáculos 55.693,44 11.013,41 16.855,13 83.561,98

Realización de proyectos audiovisuales y espectáculos 64.875,41 12.848,97 17.739,40 95.463,78

Realización y planes de obra LOGSE 55.693,44 11.013,41 17.378,01 84.084,86

Realización y planes de obra LOGSE 9.267,92 3.771,37 4.299,49 17.338,78

Salud ambiental LOGSE 64.875,40 12.848,97 12.733,61 90.457,98

Sistemas de telecomunicaciones e informáticos 55.693,44 11.013,41 16.855,13 83.561,98

Sistemas de telecomunicaciones e informáticos 64.875,41 12.848,97 17.739,40 95.463,78

Sistemas electrotécnicos y automatizados 55.693,44 11.013,41 14.594,44 81.301,29

Sistemas electrotécnicos y automatizados 64.875,41 12.848,97 15.501,81 93.226,19

Sonido para audiovisuales y espectáculos 55.693,44 11.013,41 16.855,13 83.561,98

Sonido para audiovisuales y espectáculos 64.875,41 12.848,97 17.739,40 95.463,78

Transporte marítimo y pesca de altura 55.693,44 11.013,41 10.238,40 76.945,25

Transporte marítimo y pesca de altura 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Transporte y logística 55.693,44 11.013,41 10.238,40 76.945,25

Transporte y logística 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Vestuario a medida y de espectáculos 55.693,44 11.013,41 10.238,40 76.945,25

Vestuario a medida y de espectáculos 64.875,41 12.848,97 12.368,08 90.092,46

Vitivinicultura 55.693,44 11.013,41 17.156,03 83.862,88

Vitivinicultura 64.875,41 12.848,97 18.396,40 96.120,78

FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA (Todos los centros)

Actividades agropecuarias 55.693,44 11.013,41 10.801,51 77.508,36

Actividades agropecuarias 55.693,44 11.013,41 10.801,51 77.508,36

Actividades de panadería y pastelería 55.693,44 11.013,41 10.801,51 77.508,36

Actividades de panadería y pastelería 55.693,44 11.013,41 10.801,51 77.508,36

Actividades domésticas y limpieza de edificios 55.693,44 11.013,41 10.801,51 77.508,36

Actividades domésticas y limpieza de edificios 55.693,44 11.013,41 10.801,51 77.508,36

Actividades marítimo-pesqueras 55.693,44 11.013,41 13.332,18 80.039,03

Actividades marítimo-pesqueras 55.693,44 11.013,41 13.332,18 80.039,03

Agrojardinería y composiciones florales 55.693,44 11.013,41 10.801,51 77.508,36

Agrojardinería y composiciones florales 55.693,44 11.013,41 10.801,51 77.508,36

Alojamiento y lavandería 55.693,44 11.013,41 10.126,41 76.833,26

Alojamiento y lavandería 55.693,44 11.013,41 10.126,41 76.833,26

Aprovechamientos forestales 55.693,44 11.013,41 10.801,51 77.508,36

Aprovechamientos forestales 55.693,44 11.013,41 10.801,51 77.508,36

Arreglo y reparación de artículos textiles y de piel 55.693,44 11.013,41 9.607,75 76.314,60

Arreglo y reparación de artículos textiles y de piel 55.693,44 11.013,41 9.607,75 76.314,60

Artes gráficas 55.693,44 11.013,41 12.443,35 79.150,20

Artes gráficas 55.693,44 11.013,41 12.443,35 79.150,20

Carpintería y mueble 55.693,44 11.013,41 11.732,61 78.439,46

Carpintería y mueble 55.693,44 11.013,41 11.732,61 78.439,46

Cocina y restauración 55.693,44 11.013,41 10.801,51 77.508,36

Cocina y restauración 55.693,44 11.013,41 10.801,51 77.508,36

Electricidad y electrónica 55.693,44 11.013,41 10.801,51 77.508,36

Electricidad y electrónica 55.693,44 11.013,41 10.801,51 77.508,36

Fabricación de elementos metálicos 55.693,44 11.013,41 11.732,61 78.439,46

Fabricación de elementos metálicos 55.693,44 11.013,41 11.732,61 78.439,46

Fabricación y montaje 55.693,44 11.013,41 13.332,18 80.039,03

Fabricación y montaje 55.693,44 11.013,41 13.332,18 80.039,03

Industrias alimentarias 55.693,44 11.013,41 9.607,75 76.314,60

Industrias alimentarias 55.693,44 11.013,41 9.607,75 76.314,60

Informática de oficina 55.693,44 11.013,41 12.151,70 78.858,55

Informática de oficina 55.693,44 11.013,41 12.151,70 78.858,55

Informática y comunicaciones 55.693,44 11.013,41 12.151,70 78.858,55

Informática y comunicaciones 55.693,44 11.013,41 12.151,70 78.858,55

Instalaciones electrotécnicas y mecánica 55.693,44 11.013,41 10.801,51 77.508,36

Instalaciones electrotécnicas y mecánica 55.693,44 11.013,41 10.801,51 77.508,36

Mantenimiento de vehículos 55.693,44 11.013,41 11.732,61 78.439,46

Mantenimiento de vehículos 55.693,44 11.013,41 11.732,61 78.439,46

Mantenimiento de viviendas 55.693,44 11.013,41 10.801,51 77.508,36

Mantenimiento de viviendas 55.693,44 11.013,41 10.801,51 77.508,36

Peluquería y estética 55.693,44 11.013,41 9.607,75 76.314,60

Peluquería y estética 55.693,44 11.013,41 9.607,75 76.314,60

Reforma y mantenimiento de edificios 55.693,44 11.013,41 10.801,51 77.508,36

Reforma y mantenimiento de edificios 55.693,44 11.013,41 10.801,51 77.508,36

Servicios administrativos 55.693,44 11.013,41 10.172,92 76.879,77

Servicios administrativos 55.693,44 11.013,41 10.172,92 76.879,77

Servicios comerciales 55.693,44 11.013,41 10.172,92 76.879,77

Servicios comerciales 55.693,44 11.013,41 10.172,92 76.879,77

Tapicería y cortinaje 55.693,44 11.013,41 9.607,75 76.314,60

Tapicería y cortinaje 55.693,44 11.013,41 9.607,75 76.314,60

Vidriería y alfarería 55.693,44 11.013,41 13.332,18 80.039,03

Vidriería y alfarería 55.693,44 11.013,41 13.332,18 80.039,03

ANEXO IV

Actualización importes del componente retributivo relacionado con la formación permanente

de los funcionarios de carrera de los diferentes cuerpos docentes

AÑO 2022

Sexenio Importe anual (€) Importe anual acumulado

Primero 1.395,72 1.395,72

Segundo 1.478,40 2.874,12

Tercero 1.691,04 4.565,16

Cuarto 1.840,68 6.405,84

Quinto 1.070,04 7.475,88

ANEXO V

Actualización importes correspondientes al sistema de carrera profesional vigentes en la Generalitat.

AÑO 2022

1. COMPLEMENTO DE CARRERA PROFESIONAL.

Grupo A1 Grupo A2 Grupo B Grupo C1 Grupo C2 APF

Grado 1 3.503,36 2.277,38 1.751,68 1.459,92 1.168,16 876,12

Grado 2 7.006,16 4.554,20 3.503,22 2.919,42 2.335,76 1.751,82

Grado 3 10.508,96 6.831,16 5.254,48 4.379,20 3.503,36 2.627,66

Grado 4 14.012,32 9.107,98 7.006,02 5.838,56 4.671,10 3.503,36

2. COMPLEMENTO DE DESARROLLO PROFESIONAL DEL PERSONAL AL SERVICIO DE LAS INSTITUCIONES SANITARIAS.

Grupo A1 Grupo A2 Grupo C1 Grupo C2 APF B

Grado 1 3.434,52 2.232,48 1.431,12 1.144,92 858,84 1.717,20

Grado 2 6.868,80 4.464,72 2.862,24 2.289,72 1.717,32 3.434,52

Grado 3 10.302,84 6.696,96 4.293,00 3.434,52 2.575,92 5.151,48

Grado 4 13.737,24 8.929,20 5.723,76 4.579,20 3.434,52 6.868,68