CURSOS ADMINISTRACION PUBLICA LOCAL

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Resolución de 21 de septiembre de 2023, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se convocan las jornadas sobre aplicación, en el ámbito local, de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

Estos Documentos, con los que puedan modificar o acompañar y su texto íntegro, se han incorporado a los contenidos ya existentes en el siguiente TÍTULO publicado y a su disposición:
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BOE de septiembre de 2023

TEXTO ORIGINAL

Dos de las funciones asignadas al Instituto Nacional de Administración Pública de acuerdo con su Estatuto, aprobado por el Real Decreto 464/2011, de 1 de abril, incluyen la formación y el perfeccionamiento de las empleadas y empleados públicos, así como la realización de estudios e investigaciones con especial atención a materias relacionadas con la Administración local.

Para la formación de empleados públicos el INAP ha definido la Estrategia de Aprendizaje 2023-2024, que fija como objetivo ordenar los recursos formativos para que contribuyan al desarrollo de las personas y a la productividad de las Administraciones Públicas, así como orientarlos al servicio público. Esta convocatoria de jornadas para el segundo semestre de 2023 se enmarca en el Subprograma desempeño en entidades locales, dentro del Eje Principios y valores de la Administración.

Además, respecto de estudios e investigaciones, está dentro de la misión del INAP promover y realizar estudios, publicaciones e investigaciones relacionadas con la Administración local. Dentro del Plan Estratégico Plurianual 2021-2024, la estrategia 4.2 busca la mejora de la calidad de la publicación de la actividad científica y académica del INAP.

El INAP, para cumplir con los fines anteriormente descritos, de acuerdo con las funciones de formación y perfeccionamiento de los funcionarios de Administración local que tiene asignadas de acuerdo con su Estatuto, aprobado por el Real Decreto 464/2011, de 1 de abril, conforme a lo establecido en el artículo 3.d) del Estatuto del INAP pretende continuar atendiendo las principales demandas de los entes locales españoles mediante la ejecución centralizada de acciones, como las jornadas señaladas, con la que pretende incidir en el estudio crítico de materias relativas a la Administración local.

Por ello, este Instituto resuelve:

Primero. Objeto y destinatarios.

El objeto de esta resolución es convocar unas jornadas con el siguiente detalle:

Título de las jornadas: Jornadas sobre aplicación, en el ámbito local, de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

Fechas de realización: 21 y 22 de noviembre 2023, de 9:00-14:30 y 16:00-19:30 horas.

Código: FL23307500001.

Lugar de celebración: Sesiones presenciales en el Aula Magna del INAP en la calle Atocha 106 en Madrid.

Horas lectivas: 16 horas.

Fecha límite de solicitud: 10 días hábiles desde su publicación.

Número de plazas: 90.

Valoración de las jornadas: 0,15 puntos.

Destinatarios del curso: Preferentemente Secretarios, Interventores y Secretarios- Interventores de Administración local, funcionarios del subgrupo A1 y A2 y otros empleados públicos interesados en la materia objeto de la jornadas.

Objetivo de las jornadas: Reflexionar sobre la incidencia en el ámbito local de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, publicada en el BOE el 21 de febrero de 2023.

Programa de las jornadas:

Jornada 21 de noviembre 2023:

9:00 Acreditación de participantes e Inauguración.

10:00 Ponencia: «Ética pública, cumplimiento normativo y lucha contra la corrupción en el ámbito local».

11:00 Ponencia: «Aproximación a la Ley 2/2023 y a su impacto en el funcionamiento de las Administraciones Locales».

12:00 Pausa-café.

12:30 Ponencia: «El sistema interno de información sobre infracciones normativas en las entidades del sector público local: aspectos substantivos».

13:30 Ponencia: «El sistema interno de información sobre infracciones normativas en las entidades del sector público local: aspectos operativos».

14:30 Pausa-almuerzo.

16:00 Ponencia: «Medidas de protección de las personas que informen sobre infracciones normativas en el ámbito de las entidades locales».

17:00 Mesa de experiencias: «El diseño e implementación de los sistemas internos de información por las Administraciones Locales».

19:30 Atención, preguntas de los asistentes y fin de la jornada.

Jornada 22 de noviembre 2023:

9:30 Ponencia: «Publicidad y revelación de datos en el marco de los procesos de información sobre infracciones normativas en el ámbito local».

10:30 Ponencia: «La protección de datos en la tramitación por las Administraciones locales de los procedimientos para comprobar la existencia de infracciones normativas y para la lucha contra la corrupción».

11:30 Pausa-café.

12:00 Mesa de experiencias: «La gestión y funcionamiento de sistemas internos de información».

14:30 Pausa-almuerzo.

16:00 Ponencia: «Las autoridades independientes de protección de las personas que informen sobre infracciones normativas: una aproximación desde el ámbito local».

17:00 Ponencia: «El régimen sancionador en materia protección de las personas que informen sobre infracciones normativas: consecuencias para las Administraciones locales de sus incumplimientos normativos».

18:00 Atención y preguntas de los asistentes.

19:00 Clausura.

19:30 Fin de las Jornadas.

Segundo. Presentación de solicitudes, priorización y selección.

Como paso previo a la presentación de las solicitudes, se recomienda revisar la ficha descriptiva de cada actividad, disponible a través del Catálogo de Formación del portal web del INAP. La información publicada en el apartado anterior puede ampliarse en la ficha descriptiva de cada acción formativa, a la que se podrá acceder a través de la dirección http://buscadorcursos.inap.es/. En ella se detallan los objetivos de aprendizaje, contenidos, horario, lugar de celebración, así como otra información de interés.

Quienes desee participar en alguna de las actividades formativas relacionadas, deberá cumplimentar y presentar la correspondiente solicitud electrónica que será accesible en línea en el Catálogo de Formación del portal web del INAP, tras la selección del curso correspondiente en el siguiente enlace https://buscadorcursos.inap.es, o en el apartado de Formación Local de la página web del INAP en el siguiente enlace http://www.inap.es/formacion-en-administracion-local.

El interesado debe contar con la autorización del superior jerárquico desde el momento en el que realiza la inscripción. El envío de la solicitud telemática debidamente cumplimentada supone la aceptación expresa de las normas y procedimientos que rigen el curso.

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles, contando a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

En caso de incidencias en la realización de la solicitud electrónica, pueden ponerse en contacto con el Centro de Atención al Usuario (CAU):

– Correo electrónico: cau@inap.es.

– Teléfono de contacto: 910616892.

– Horario de atención de lunes a viernes a 8:00 a 20:00 horas.

2.1 Una vez cerrado el plazo de inscripción, las unidades de formación de las entidades colaboradoras en esta convocatoria priorizarán las solicitudes presentadas por los efectivos que prestan servicio en su ámbito territorial. Cada entidad podrá priorizar hasta un máximo de 2 personas para las jornadas, conforme a los requisitos específicos exigidos en esta convocatoria y teniendo en cuenta los siguientes criterios:

– Interés expresamente manifestado por la unidad correspondiente en la participación del solicitante en la actividad formativa.

– Relevancia de la experiencia de aprendizaje para la mejora de las competencias requeridas para el puesto de trabajo.

– Utilidad de la experiencia de aprendizaje de cara a la promoción profesional.

– Existencia de un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por ciento.

– De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 60.1 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se otorgará preferencia en la selección a quienes se hayan incorporado en el plazo de un año al servicio activo, procedentes del permiso de maternidad o paternidad, o hayan reingresado desde la situación de excedencia por razones de guarda legal y atención a personas mayores dependientes o personas con discapacidad, con objeto de actualizar los conocimientos de los empleadas y empleados públicos.

2.2 La selección final de los participantes corresponde al INAP que tendrá en cuenta, además de los mencionados en el apartado anterior, los siguientes criterios:

– Adecuado equilibrio entre organismos e instituciones en función de su demanda.

– Número total de actividades formativas a las que haya sido admitida la persona solicitante en el año en curso.

– De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 60.2 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se reservará al menos un 40% de las plazas en cada una de las actividades para su adjudicación a mujeres que reúnan los requisitos establecidos, salvo que el número de solicitudes de mujeres sea insuficiente para cubrir este porcentaje.

2.3 Se podrá participar en actividades de formación durante los permisos por parto, adopción o acogimiento, así como durante la situación de excedencia por cuidado de familiares, según lo dispuesto en los artículos 49 y 89.4 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

2.4 En aplicación del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, las personas con discapacidad que soliciten participar en una actividad formativa podrán hacer constar tal circunstancia en la inscripción, y podrán indicar, las adaptaciones necesarias para poder realizarla en el caso de que hayan sido seleccionadas.

Tercero. Régimen académico.

Las personas seleccionadas que no observen las reglas elementales de respeto y consideración hacia personal docente, participantes o personal del INAP y, en general, que contravengan lo dispuesto en el Código Ético del INAP, podrán ser excluidas de las actividades formativas en las que estén participando y de futuras convocatorias.

Cuarto. Régimen de participación y aprovechamiento.

El INAP no sufragará ningún tipo de gasto por asistencia a la formación.

Los alumnos habrán de asistir con regularidad a las jornadas. Una inasistencia superior al treinta por ciento en el cómputo total de horas lectivas programadas imposibilitará la expedición de la certificación y dará lugar a la baja en el curso, con pérdida de todos los derechos.

La falta de asistencia, sin previo aviso o justificación, de quienes hubiesen sido seleccionados para participar en la actividad podrá determinar su exclusión en convocatorias posteriores.

Quinto. Certificado.

Los participantes que hayan superado las enseñanzas impartidas recibirán un correo electrónico indicándoles la dirección electrónica a la que podrán acceder para descargarse el certificado en soporte digital. Para la obtención del certificado de asistencia del curso será imprescindible haber superado la asistencia mínima señalada arriba.

Sexto. Información adicional.

La información detallada de las jornadas estará disponible en la página web del Instituto Nacional de Administración Pública. Se podrá solicitar información adicional a través del correo electrónico fl@inap.es.

A través del Portal del alumno (www.inap.es\alumno) se podrá acceder a toda la información y servicios electrónicos que el INAP pone a disposición de los participantes, incluida la relacionada con las preguntas más frecuentes que se plantean al realizar la inscripción. Asimismo, mediante su certificado electrónico, los alumnos del INAP podrán gestionar en el portal del alumno (https://portalalumno.inap.es) sus datos personales y sus solicitudes, así como consultar el expediente de las actividades formativas realizadas en este Instituto.

Para el desarrollo de los procesos de aprendizaje, los alumnos contarán con el acceso gratuito a «Ágora» (http://agora.edu.es/), a «La Administración al Día» (http://laadministracionaldia.inap.es) y al «Banco de Conocimiento» (http://bci.inap.es/), así como a la «Red Social Profesional» (https://social.inap.es/).

La valoración prevista para cada curso lo es a efectos de lo dispuesto en el artículo 2.5 de la Orden TFP/153/2021, de 16 de febrero, por la que se regula la valoración de los méritos generales del personal funcionario de Administración local con Habilitación de Carácter Nacional, de acuerdo con la Resolución del Instituto Nacional de Administración Pública, de 25 de enero de 2022 por la que se establecen los criterios de reconocimiento y valoración de cursos de formación y perfeccionamiento a efectos del baremo de méritos generales del personal funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional («Boletín Oficial de Estado» de 31 de enero de 2022).

Madrid, 21 de septiembre de 2023.–La Directora del Instituto Nacional de Administración Pública, Consuelo Sánchez Naranjo.