RED ESTATAL DE VIGILANCIA EN SALUD PÚBLICA.

Real Decreto 568/2024, de 18 de junio, por el que se crea la Red Estatal de Vigilancia en Salud Pública.

BANALISIS:

CREACIÓN Y REGULACIÓN DE LA RED ESTATAL DE VIGILANCIA EN SALUD PÚBLICA

Red Estatal de Vigilancia en Salud Pública

Sistemas de vigilancia

Laboratorios Nacionales de Referencia para la Red Estatal de Vigilancia en Salud Pública

RESUMEN:

La Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, define la vigilancia en salud pública como actividades para recolectar, analizar, interpretar y difundir información sobre la salud de la población. Establece la creación de la Red de Vigilancia en Salud Pública para coordinar diferentes sistemas de vigilancia.

La pandemia de COVID-19 destacó la necesidad de mejorar estos sistemas. En respuesta, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y la Estrategia de Salud Pública de 2022 impulsan reformas e inversiones para renovar el Sistema Nacional de Salud (SNS). La Estrategia de Salud Digital de 2021 también apoya el desarrollo de un sistema de información para la vigilancia en salud pública.

El Plan Estratégico de Salud y Medio Ambiente de 2021 promueve la creación de sistemas de vigilancia eficientes para reducir riesgos ambientales. Las leyes 14/1986 y 16/2003 refuerzan la importancia de la vigilancia epidemiológica y la coordinación de información sanitaria.

El real decreto para la creación de la Red Estatal de Vigilancia en Salud Pública establece una vigilancia moderna y cohesionada. Incluye la coordinación de sistemas de vigilancia, laboratorios de referencia y la protección de datos. Este decreto ha sido consultado con comunidades autónomas y cuenta con informes de la Agencia Española de Protección de Datos y el Consejo de Consumidores y Usuarios.

Mas informacion    ADM4042-2

TEXTO ORIGINAL

Estos Documentos, con los que puedan modificar o acompañar y su texto íntegro, se han incorporado a los contenidos ya existentes en el siguiente TÍTULO publicado y a su disposición:
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