Plan de Estadística de Navarra 2017-2020
LEY FORAL 14/2016, de 21 de octubre, por la que se aprueba el Plan de Estadística de Navarra 2017-2020 y se modifica la Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra.
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LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA:
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente:
LEY FORAL POR LA QUE SE APRUEBA EL PLAN DE ESTADÍSTICA DE NAVARRA 2017-2020 Y SE MODIFICA LA LEY FORAL 11/1997, DE 27 DE JUNIO, DE ESTADÍSTICA DE NAVARRA.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra, estableció el marco legal que regula la actividad estadística en Navarra con el objetivo de disponer de información suficiente, fiable y comparable de la realidad social, económica y demográfica de la Comunidad Foral.
El mismo texto legal regula las relaciones entre los suministradores de los datos y los usuarios de la información con el órgano que desarrolla y ejecuta la actividad estadística, estableciendo la obligatoriedad del suministro de datos, la publicación y difusión adecuada de resultados y la preservación en todo momento del secreto estadístico. Asimismo, define el Plan de Estadística como el instrumento adecuado para la promoción, ordenación y planificación de la actividad estadística. Dicha actividad será llevada a cabo por el Sistema Estadístico de Navarra.
La presente ley foral establece el Plan Estadístico de Navarra para el período 2017-2020, siendo la quinta que aprueba el Parlamento de Navarra, después de las correspondientes a los planes estadísticos de los períodos 1999-2002, 2003-2006, 2007-2010 y 2011-2016, con la pretensión de continuar el proceso de consolidación y fortalecimiento del sistema estadístico navarro. De acuerdo con las previsiones de la Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra, se establecen los objetivos que deben desarrollarse en el período de vigencia del plan, así como las acciones para alcanzarlos, las cuales se concretan en los programas anuales de actuación estadística que aprueba el Gobierno de Navarra.
El presente texto legal, acorde con las previsiones establecidas en la Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra, y a través de un sistema de planificación por objetivos, persigue dar respuesta a las necesidades de información que demande la sociedad, con la perspectiva de género, bajo las premisas de mínimo coste posible y máximo aprovechamiento de los registros administrativos y otras fuentes existentes, evitando duplicidades, minimizando las molestias a la ciudadanía, empresas e instituciones y garantizando el secreto estadístico y la accesibilidad, prontitud y disponibilidad de la información estadística.
El Plan de Estadística de Navarra 2017-2020 mantiene una continuidad en los principios que han regido anteriores planes y especialmente el correspondiente al periodo 2011-2016, que incluía el uso de fuentes administrativas y la desagregación de la información por sexo como dos de los objetivos fundamentales del plan.
Este nuevo plan refuerza estos objetivos e incluye otros nuevos que pretenden dotar a la propia Administración Pública y a la sociedad de instrumentos que permitan un mayor conocimiento de sus ámbitos de interés que redunde en una mejora de instrumentos para la gestión.
Uno de los objetivos más importantes de este plan es la mejora de la calidad de las operaciones estadísticas, entendiendo por ello una mejora en los procesos de gestión y, especialmente, de documentación de las operaciones. Este hecho conllevará una reclasificación de la información estadística existente, incluyendo un criterio más restrictivo para obtener la calificación de Operación Estadística y, por consiguiente, formar parte de este Plan de Estadística de Navarra 2017-2020. El resto de las operaciones que no obtengan dicha calificación pasarán a formar parte del Inventario de Fuentes de Información Administrativa en su calidad de “actuaciones administrativas” o “registros administrativos”.
Toda la estadística oficial estará disponible a través de las páginas web del Instituto de Estadística de Navarra y de Gobierno Abierto de Navarra. Además se recogerá información estadística de las actuaciones administrativas y registros administrativos del propio Gobierno o de operaciones estadísticas de otros organismos que, por los criterios establecidos en este plan, no se han considerado operaciones estadísticas pero que también aportan conocimiento. Asimismo, en dicha página, se incluirá una batería de indicadores para cada departamento cuyas características deben comprender aspectos tales como una definición y metodología, homogeneidad en el tiempo y con otros ámbitos geográficos, la actualización y que permitan medir la consecución de objetivos y dar una visión sintética del sector de su competencia.
Además, esta ley foral establece las relaciones de colaboración institucional entre el Gobierno de Navarra y las entidades públicas y organizaciones internacionales, así como las funciones del Instituto de Estadística de Navarra en la ejecución de este plan.
En la disposición final primera se modifican cuatro artículos de la Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra, los artículos 9, 23.1 y 28, en el sentido de que tendrán la consideración de estadísticas oficiales las incluidas en el Plan Estadístico de Navarra y las que hayan sido aprobadas por el Gobierno de Navarra, sin necesidad de que se aprueben mediante decreto foral. En el artículo 31.1 se añade un nuevo apartado entre las funciones del Instituto de Estadística de Navarra en el sentido de informar en el diseño y reforma de los procedimientos administrativos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra que por su naturaleza puedan tener consecuencias en la producción de informaciones de posible utilización como fuente estadística, de forma que se optimice el aprovechamiento de dichas innovaciones, contribuyendo adecuadamente a satisfacer las necesidades estadísticas.
Finalmente, y como anexos a esta ley foral, se recogen las operaciones estadísticas y el Inventario de Fuentes de Información Administrativa clasificadas por los departamentos del Gobierno de Navarra.
Artículo 1. Aprobación.
Se aprueba el Plan de Estadística de Navarra 2017-2020.
Artículo 2. Contenido.
El Plan de Estadística de Navarra 2017-2020 contiene las Operaciones Estadísticas relacionadas en el anexo I de esta ley foral.
Artículo 3. Ámbito temporal.
El Plan de Estadística de Navarra que se aprueba extenderá su vigencia al periodo de tiempo comprendido entre el 1 de enero de 2017 y el 31 de diciembre de 2020. No obstante, el mismo quedará prorrogado hasta la entrada en vigor del siguiente, en el supuesto de no haberse aprobado un nuevo plan al vencimiento del presente, excepto en lo relativo a aquellas operaciones que hayan de excluirse en virtud de plazos o periodos establecidos.
Artículo 4. Programas Anuales de Estadística.
- Para el desarrollo del Plan de Estadística de Navarra 2017-2020 se elaborarán programas anuales, que detallarán las operaciones a realizar cada año.
- Podrán incluirse en los Programas Anuales de Estadística, exponiendo en el programa en que se incorporen los motivos de su introducción, operaciones no recogidas en el plan, que habrán de cumplir los siguientes requisitos:
- a) Ser adecuadas a los objetivos del Plan de Estadística de Navarra.
- b) Contar con un proyecto técnico básico que identifique sus elementos esenciales, singularmente las especificaciones contempladas en el artículo 27.2.b) de la Ley Foral 11/ 1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra, para garantizar la solvencia de las actividades estadísticas a desarrollar.
- c) Cumplir con los principios de calidad y legales previstos en esta ley y en la Ley 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra.
- La inclusión de dichas operaciones en los Programas Anuales de Estadística, así como su realización, estará sujeta, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias y organizativas.
- Las operaciones estadísticas incluidas en los Programas Anuales de Estadística tendrán la consideración de estadísticas oficiales de la Comunidad Foral de Navarra, teniendo los mismos derechos y obligaciones que las aprobadas en este plan.
- El Instituto de Estadística de Navarra elaborará las muestras que se le soliciten con todos los datos que obren en poder de la Administración de la Comunidad Foral y sean necesarios para establecer comunicación con el objeto de la encuesta exclusivamente para las Operaciones Estadísticas aprobadas en el Plan de Estadística o en los Programas Anuales correspondientes.
- Los Programas Anuales de Estadística podrán incorporar asimismo actualizaciones del Inventario de Fuentes de Información Administrativa definidas en el artículo 10 de la presente ley y cuya relación se recoge en el Anexo II.
- El Gobierno de Navarra aprobará, previo informe del Consejo de Estadística de Navarra, el Programa Anual de Estadística, antes del día 31 de diciembre del año anterior a aquel al que se refiera el programa.
- La vigencia de cada Programa Anual de Estadística coincidirá con el año natural. No obstante, quedará prorrogado hasta la aprobación del siguiente respecto de aquellas operaciones cuya continuidad, por su propia naturaleza, así lo exija.
- El Instituto de Estadística de Navarra realizará un informe de seguimiento de cada Programa Anual de Estadística para su aprobación, si procede, por el Gobierno de Navarra, poniéndose previamente en conocimiento del Consejo de Estadística de Navarra. Los informes deberán contener para cada una de las Operaciones Estadísticas los siguientes aspectos:
- a) Grado de ejecución.
- b) Fase de documentación del proceso de producción estadístico.
- c) Perspectiva de género.
- d) Ámbito territorial de desagregación máxima de la información.
- e) Previsión de incorporación al Programa Estadístico del año siguiente.
- Asimismo formulará la propuesta de evaluación del Plan de Estadística de Navarra 2017-2020, una vez finalizado el mismo, a los efectos de su aprobación por el Gobierno de Navarra, con base en las memorias que cada departamento remitirá al Instituto de Estadística de Navarra detallando su actividad estadística, de acuerdo con lo establecido en la Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra. La evaluación contendrá, al menos, los siguientes aspectos:
- a) Grado de ejecución.
- b) Fase de documentación del proceso de producción estadístico.
- c) Perspectiva de género.
- d) Ámbito territorial de desagregación máxima de la información.
- e) Satisfacción e importancia otorgadas por los usuarios.
- Previamente a su remisión al Gobierno de Navarra, estos documentos se pondrán en conocimiento del Consejo de Estadística de Navarra.
Artículo 5. Régimen jurídico.
- La actuación estadística se regirá por la Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra.
- La actividad estadística recogida en el Plan de Estadística de Navarra tendrá en cuenta los principios del Código de Buenas Prácticas de las Estadísticas Europeas adoptado por el Comité del Sistema Estadístico Europeo el 28 de septiembre de 2011.
- Los resultados correspondientes a las operaciones comprendidas en este Plan serán siempre públicos y accesibles. Cualquier persona o entidad jurídica podrá solicitar y utilizar sus datos con las salvedades previstas en los artículos 15 a 22 de la Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra, que regula el secreto estadístico.
Artículo 6. Obligatoriedad de la respuesta.
- Las operaciones contenidas en el Plan de Estadística de Navarra 2017-2020 son de cumplimentación obligatoria.
- Los órganos a los que el Plan de Estadística de Navarra atribuye la ejecución de operaciones estadísticas podrán acceder a las fuentes de datos administrativos, incluidos datos personales identificados según los supuestos previstos en el artículo 11.2 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, que se encuentren en poder de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, de los organismos autónomos y demás entidades y empresas dependientes de las mismas, siempre que dichos datos sean necesarios para la elaboración de las operaciones estadísticas que tengan encomendadas.
- Los datos suministrados para las operaciones contenidas en el Plan de Estadística de Navarra quedarán sometidas al régimen de secreto estadístico tal y como se dispone en los artículos 15 a 22 de la Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra.
Artículo 7. Objetivo general del Plan de Estadística.
El Plan de Estadística de Navarra 2017-2020 tiene como objetivo general el desarrollo y ampliación del sistema estadístico de Navarra de manera que permita dar respuesta a las necesidades de información que demanda la sociedad garantizando su calidad, con perspectiva de género, bajo las premisas de mínimo coste posible y máximo aprovechamiento de las fuentes existentes, evitando duplicidades, minimizando las molestias a la ciudadanía, empresas e instituciones, garantizando el secreto estadístico y la accesibilidad, prontitud y disponibilidad de la información estadística.
Artículo 8. Objetivos específicos del Plan de Estadística.
Con el fin de garantizar el objetivo general, se establecen los siguientes objetivos específicos:
- a) Responder a las demandas de información adecuando la producción estadística a las necesidades.
- b) Promover una disminución de la carga a las unidades informantes mediante el uso de registros administrativos.
- c) Generar información que permita atender a los requerimientos de un sistema de indicadores orientados a la planificación y seguimiento de las políticas públicas vinculadas al Marco Económico Plurianual.
- d) Atender a las nuevas tecnologías para la difusión de los datos y la obtención de fuentes para la elaboración de las operaciones estadísticas.
- e) Poner en disposición de la sociedad toda la información estadística en formato accesible con criterios de transparencia y puntualidad.
- f) Profundizar en la calidad de las operaciones estadísticas promoviendo la coordinación, la documentación de los procesos y metodologías y la implementación de procesos de evaluación.
- g) Incorporar la perspectiva de género en las operaciones estadísticas.
- h) Potenciar la desagregación de la información satisfaciendo las demandas de información que hacen referencia al territorio, sectores económicos o grupos de población.
Artículo 9. Operaciones estadísticas.
Las Operaciones Estadísticas obtendrán dicha calificación, tras análisis entre el Instituto de Estadística de Navarra y el organismo productor. A estos efectos se considerarán Operaciones Estadísticas las actividades que, partiendo de una recogida de datos individuales, permitan obtener resultados estadísticos agregados (tablas, índices …), incluyendo los trabajos necesarios para la producción eficiente de estadísticas de calidad. Cada Operación Estadística deberá acompañarse de documentación relativa al proceso de producción estadístico, que será, en lo posible, ajustado al esquema general de Producción Estadística GSBPM –Generic Statistical Business Process Model– cuyas fases de primer nivel son las siguientes:
- a) Especificación de necesidades.
- b) Diseño.
- c) Desarrollo.
- d) Recogida de datos.
- e) Proceso de la información.
- f) Análisis de la información.
- g) Difusión.
- h) Evaluación.
Artículo 10. Inventario de Fuentes de Información Administrativa.
- Se creará un Inventario de Fuentes de Información Administrativa con los siguientes elementos:
- a) Informaciones procedentes de actuaciones administrativas.
- b) Registros Administrativos.
- c) Operaciones de síntesis.
- Las Informaciones procedentes de actuaciones administrativas se definirán por producir datos estadísticos agregados procedentes de acción administrativa de interés para la gestión de la Administración Pública pero sin que existan requerimientos tales como la especificación de necesidades, diseño o evaluación exigibles a las Operaciones Estadísticas.
- Los Registros Administrativos son conjuntos de datos con información individualizada de unidades identificables de forma inequívoca procedentes de actuaciones administrativas que permiten su almacenamiento de forma estructurada en sistemas de información.
- Las operaciones de síntesis son recopilaciones de información agregada procedentes de operaciones estadísticas, informaciones procedentes de actuaciones administrativas, registros administrativos u otras fuentes estadísticas pudiendo tomar denominaciones diversas como anuario, diagnóstico, memoria, programa, plan u otras.
- El Instituto de Estadística de Navarra publicará a través de su página web los resultados de las operaciones estadísticas y del inventario de fuentes de información administrativa, así como la documentación asociada a los mismos.
- Las operaciones estadísticas y los productos del inventario de fuentes administrativas incluirán el área temática en el que se clasifican, así como las etiquetas o conceptos que conducen a su identificación.
Artículo 11. Colaboración institucional.
El Instituto de Estadística de Navarra podrá dirigirse a todo tipo de entidades u organizaciones que desarrollen actividades estadísticas, si lo considera de interés, a los solos efectos de gestión de los objetivos establecidos en el Plan de Estadística de Navarra 2017-2020.
Artículo 12. Acuerdos de colaboración.
El Gobierno de Navarra podrá suscribir acuerdos de colaboración con las entidades estatales, europeas y autonómicas correspondientes con el fin de mejorar las muestras obtenidas en la Comunidad Foral, de tal forma que las estadísticas obtenidas en sus desagregados mejoren en representatividad y permitan explotaciones referidas a Navarra más completas.
Disposición adicional única.–Aprobación del Programa Anual de Estadística 2017.
El Gobierno de Navarra aprobará el Programa Anual de Estadística de 2017 en el plazo máximo de tres meses a partir de la entrada en vigor de la presente ley foral.
Disposición final primera.–Modificación de la Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra.
- Se modifica el artículo 9 de la Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra, que pasa a tener la siguiente redacción:
“A los efectos de esta ley foral tendrán la consideración de estadísticas oficiales las incluidas en el Plan Estadístico de Navarra y las que hayan sido aprobadas por el Gobierno de Navarra, según lo previsto en el artículo 28 de la presente ley foral.
Los resultados de las estadísticas oficiales se harán públicos y se difundirán imparcial y ampliamente, ofreciendo siempre datos agregados, sin referencia a datos individuales conforme a lo regulado en esta ley foral respecto al secreto estadístico.”
- Se modifica el artículo 23.1 de la Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra, que pasa a tener la siguiente redacción:
“Serán estadísticas de respuesta obligatoria las que se determinen así expresamente en el Plan de Estadística de Navarra, en los Programas Anuales de Estadística y aquellas que, aun no estando incluidas en el plan o programa, hayan sido aprobadas por el Gobierno de Navarra y calificadas como tales.”
- Se modifica el artículo 28 de la Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra, que pasa a tener la siguiente redacción:
“Con independencia de lo dispuesto en los artículos anteriores, el Gobierno de Navarra, por motivos de oportunidad o urgencia, podría autorizar mediante Acuerdo de Gobierno la realización de operaciones estadísticas no contempladas en el Plan de Estadística o Programa Anual, adquiriendo las mismas la consideración de oficiales.
El Acuerdo de Gobierno se adoptará a propuesta del Consejero del Departamento al que esté adscrito el Instituto de Estadística de Navarra, previo informe favorable de este que contemple la adecuación a los objetivos y requisitos establecidos en los correspondientes planes y programas de Estadística y comunicación a los miembros del Consejo de Estadística.”
- Se añade un nuevo apartado al artículo 31.1 de la Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra, con la siguiente redacción:
“p) Informar en el diseño y reforma de los procedimientos administrativos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra que por su naturaleza puedan tener consecuencias en la producción de informaciones de posible utilización como fuente estadística, de forma que se optimice el aprovechamiento de dichas innovaciones, contribuyendo adecuadamente a satisfacer las necesidades estadísticas.”
El anterior apartado p) del artículo 31.1 de la Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra, pasará, con la misma redacción, a ser el apartado q).
Disposición final segunda.–Entrada en vigor.
La presente ley foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. En todo caso, el Plan de Estadística 2017-2020 entrará en vigor el día 1 de enero de 2017.
Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de S.M. el Rey, esta Ley Foral, ordeno su inmediata publicación en el Boletín Oficial de Navarra y su remisión al “Boletín Oficial del Estado” y mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.
Pamplona, 21 de octubre de 2016.–La Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra, Uxue Barkos Berruezo.
ANEXO I
Operaciones estadísticas
Cultura, Deporte y Juventud
–Memoria del Servicio de Bibliotecas Públicas de Navarra: Datos estadísticos.
–Museos y Colecciones Museográficas Permanentes.
–Estadísticas culturales.
Derechos Sociales
–Adopción de menores.
–Acogimiento de menores.
–Menores en Protección.
–Menores en Reforma.
–Ayuda Oficial al Desarrollo (AOD del Gobierno de Navarra).
–Prestaciones para personas en incorporación social.
–Prestaciones para personas mayores, con discapacidad, con enfermedad mental o con dependencia.
–Contratos de trabajo registrados por municipios.
–Paro registrado por municipios.
–Formación profesional para el empleo de las personas trabajadoras.
–Ayudas a la promoción del empleo.
–Promoción y rehabilitación de viviendas.
–Estadística de la oferta y demanda de puestos de trabajo.
Desarrollo Económico
–Intercambios Comerciales de las Empresas Industriales de Navarra.
–Regulación de empleo.
–Estadística del transporte.
–Estadística de accidentes y víctimas mortales de la red de carreteras de Navarra.
–Cuentas satélite del Turismo en Navarra.
Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local
–Producción estándar.
–Producciones ganaderas.
–Productos con denominación de calidad.
–Observatorio de precios agrarios.
–Cuentas macroeconómicas.
–Análisis de la economía de los sistemas de producción.
–Red de información contable agraria.
–Salarios agrarios.
–Precios de productos de pequeña significación.
–Precios pagados por los agricultores y ganaderos.
–Precios percibidos por los agricultores y ganaderos.
–Precios semanales de productos agrícolas y ganaderos.
–Cánones de arrendamientos rústicos.
–Precios de la tierra.
–Encuesta de sacrificio de ganado.
–Superficies anuales de los cultivos.
–Producciones anuales de los cultivos.
–Red de control de estaciones de aforo de los ríos de Navarra.
–Red de control físico -químico de las aguas subterráneas.
–Red de control físico químico de los ríos de Navarra.
–Red de control de aguas de baño naturales de Navarra.
–Red de control biológico de los ríos de Navarra.
–Especies cinegéticas y piscícolas.
–Gases de efecto invernadero.
–Residuos domésticos y comerciales.
–Residuos industriales.
–Calidad del aire en Navarra.
–Actuaciones forestales.
–Gestión Forestal.
–Productividad forestal y de la biomasa.
–Seguimiento de daños en los montes.
–Gestión de residuos dentro del Consorcio para el Tratamiento de los Residuos Urbanos de Navarra.
–Depuración de aguas residuales.
–Suelo ocupado y sellado.
–Meteorología.
–Usos del suelo.
–Movimiento comercial pecuario.
–Encuesta de ganado ovino y caprino.
–Encuesta de ganado porcino.
–Encuesta de ganado bovino.
Educación
–Enseñanzas no universitarias: Centros, Directorio de Centros.
–Estadística de la Educación Infantil de primer ciclo.
–Enseñanzas no universitarias: matrícula.
–Enseñanzas no universitarias: personas graduadas.
–Enseñanzas no universitarias: personal.
–Enseñanzas no universitarias: FCT/Prácticas en Empresas.
–La sociedad de la información y de la comunicación en los centros educativos no universitarios.
–Estadística centros universitarios de Navarra y de los centros de la UNED de Pamplona y Tudela.
–Estadística sobre presupuestos públicos de I+D.
Hacienda y Política Financiera
–Estadísticas del Impuesto sobre Sociedades.
–Estadísticas sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
–Estadísticas sobre el Impuesto sobre Patrimonio.
–Estadísticas sobre el Impuesto sobre el Valor Añadido.
–Estadística de bibliotecas.
–Cifras oficiales de población.
–Directorio de Población Residente en Navarra.
–Estadística de fecundidad y natalidad.
–Estadística de nupcialidad y matrimonios.
–Estadística de mortalidad y defunciones.
–Estadística de migraciones.
–Proyecciones de población.
–Estadísticas de resultados electorales.
–Encuesta Social y de Condiciones de Vida.
–Encuesta de coyuntura económica de los consumidores de Navarra.
–Estadística de comercio exterior.
–Contabilidad trimestral de Navarra.
–Marco Input-Output de Navarra.
–Cuentas de las Administraciones Públicas.
–Cuentas Económicas Anuales.
–Directorio de Unidades de Actividad Económica.
–Encuesta Anual de Servicios.
–Estadística de Construcción de Edificios.
–Encuesta de Estructura de la Construcción.
–Encuesta de Coyuntura Industrial.
–Cuentas de Protección Social de Navarra.
–Encuesta de Población Activa (EPA).
–Encuesta Anual de Coste Laboral.
–Encuesta de Estructura Salarial.
–Encuesta de Demanda de Inversión.
–Estadísticas de Nulidades, Separaciones y Divorcios.
–Encuesta de Coyuntura de la Construcción.
–Encuesta de Fecundidad.
–Encuesta de Gasto en los Hogares.
–Encuesta de discapacidad, autonomía personal y situaciones de dependencia.
–Estadística de la Renta de la Población Navarra.
Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia
–Estadística de personal de la administración de la Comunidad Foral y de sus organismos autónomos.
–Actividades formativas dirigidas al personal al servicio de las administraciones públicas de Navarra.
–Transformación digital en Navarra.
–Accidentes de tráfico ocurridos en Navarra con víctimas mortales.
Relaciones Ciudadanas e Institucionales
–Mapa sociolingüístico de Navarra.
–Encuesta sociolingüística del euskera en Navarra.
–Atención jurídica a las mujeres.
–Denuncias por violencia de género.
–Encuesta sobre la participación ciudadana.
Salud
–Incidencia de infarto agudo de miocardio.
–Incidencia de ictus.
–Personas con enfermedad renal crónica en Navarra.
–Establecimientos sanitarios con régimen de internamiento.
–Incidencia poblacional del cáncer en Navarra.
–Vigilancia epidemiológica de VIH y SIDA.
–Enfermedades de declaración obligatoria.
–Calidad de aguas de consumo humano.
–Análisis de la incapacidad temporal.
–Enfermedades profesionales y sucesos centinela de salud laboral.
–Accidentes de trabajo.
–Estadística de exposiciones laborales (amianto).
–Prevención de riesgos laborales.
–Análisis de la incapacidad permanente.
–Estadística de trasplante de órganos y tejidos.
–Encuesta de Salud y condiciones de trabajo.
–Anomalías congénitas y enfermedades hereditarias de Navarra.
–Análisis de la morbilidad asistida en atención especializada –CMBD–.
–Interrupciones voluntarias del embarazo.
–Estadística de atención dental infantil y juvenil (PADI).
–Población usuaria del servicio navarro de Salud-Osasunbidea y recursos humanos en atención primaria.
–Actividad en atención primaria del servicio navarro de Salud-Osasunbidea.
–Estadística de la prestación farmacéutica.
–Estadística de salud mental.
–Estadística de recursos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea (SNS-O).
–Estadística del gasto del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea (SNS-O).
–Actividad en asistencia especializada del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea (SNS-O).
–Demoras en la asistencia sanitaria pública.
–Actividad de servicio de urgencias extrahospitalarias.
–Motivos de consulta en atención primaria.
–Estadística de Grupos Relacionados con el Diagnóstico (GRDS) en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.
–Estadística de actividad del centro y servicios de trasfusión de Navarra.
–Seguimiento Estrategia de enfermos crónicos.
–Estadísticas de mortalidad por causas de defunción.
–Prevalencia de enfermedades raras en Navarra.
–Prevalencia de diabetes tipo 1 en Navarra.
–Atención a urgencias tiempo-dependientes.
ANEXO II
Inventario de fuentes de información administrativa
Cultura, Deporte y Juventud
–Registros:
- Censo de entidades juveniles.
- Censo de monitoras y monitores, directoras y directores de tiempo libre en Navarra.
- Censo de servicios de información juvenil.
- Censo de profesionales de juventud en la Comunidad Foral de Navarra.
- Censo de instalaciones deportivas de la Comunidad Foral de Navarra.
- Censo de clubes deportivos.
- Licencias deportivas federadas.
- Participación en las campañas deportivas escolares.
–Actuaciones administrativas:
- Número de contratos de patrocinio deportivo declarados de interés social.
- Número de participantes en cursos de la Escuela Navarra de Actividades con Jóvenes.
- Población usuaria del centro coordinador de información juvenil del Gobierno de Navarra.
- Participantes en actividades juveniles de promoción artística.
- Participantes en actividades juveniles de movilidad.
- Jóvenes titulares del carné joven.
- Jóvenes titulares de carnés REAJ.
- Subvenciones a asociaciones juveniles y entidades locales.
- Participantes becados en acciones del Instituto Navarro de la Juventud.
- Participantes en Juegos Deportivos de Navarra.
- Pernoctaciones en las instalaciones juveniles del INDJ en la Comunidad Foral.
- Población usuaria de las instalaciones deportivas del Gobierno de Navarra.
Derechos Sociales
–Registros:
- Servicios de Atención primaria (Servicios Sociales de Base).
- Servicio de Ayuda a Domicilio Municipal.
- Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo.
- Registro de Personas con Dependencia.
- Registro de Personas calificadas con Minusvalía.
- Escuelas infantiles dependientes del Departamento de Política Social, Igualdad, Deporte y Juventud.
–Actuaciones administrativas:
- Mediación y Orientación familiar.
- Punto de Encuentro Familiar.
- Ayudas de emergencia social.
- Servicios dirigidos a la inclusión socio-residencial (Programa VAIS, EISOVI, Albergues, Residencia Alaiz).
- Servicios dirigidos a la inclusión socio-laboral (EISOL/ESP/Subvenciones empleabilidad, acreditación CIS).
- Servicio de mediación intercultural.
- Atención informativa a la ciudadanía.
- Subvenciones para funcionamiento y fomento de actividades de entidades en el ámbito de la inclusión social.
- Subvenciones a entidades de servicios sociales en el área de personas con discapacidad.
- Subvenciones a entidades de iniciativa social de tercera edad.
- Ayudas a entidades de voluntariado de servicios sociales.
- Personas beneficiarias del carné de familia numerosa.
- Prestaciones económicas a familias numerosas.
- Prestaciones económicas a familias por excedencia.
- Subvenciones a adquisición de viviendas protegidas.
- Precios máximos de las viviendas protegidas.
- Programa de mediación lingüística e intercultural itinerante para la Comunidad Foral de Navarra.
Desarrollo Económico
–Registros:
- Cooperativas.
- Directorio de convenios colectivos.
- Directorio de empresas auditoras de sistemas de prevención de riesgos laborales.
- Directorio de empresas inscritas en el registro de empresas con riesgo por amianto (RERA).
- Directorio de servicios de prevención ajenos.
- Elecciones sindicales.
- Empresas de trabajo temporal (ETT).
- Organizaciones profesionales.
- Sociedades laborales.
- Directorio de asociaciones profesionales de trabajadores autónomos.
- Directorio de establecimientos turísticos.
- Directorio de Establecimientos comerciales minoristas de Navarra.
–Actuaciones administrativas:
- Inversiones y contratación de obras públicas.
- Arbitraje y conciliación.
- Convenios colectivos.
- Comunicación de aperturas de centros de trabajo.
- Sanciones por incumplimiento de normativa laboral.
- Huelgas y cierres patronales.
- Ayudas a la inversión.
- Estadística básica de la red viaria de Navarra.
- Gestión de la conservación en la red de carreteras de Navarra.
- Aforos de tráfico en las carreteras de Navarra.
- Demandas de información de oficinas de turismo.
- Ingresos fondos comunitarios en Navarra.
- Ayudas I+D.
- Atención e información a la persona consumidora.
–Operaciones de Síntesis:
- Situación de los tramos de concentración de accidentes en las carreteras de Navarra.
- Balances energéticos.
Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local
–Registros:
- Registro de sociedades agrarias de transformación (SAT).
- Registro de industrias agroalimentarias.
- Gestión cinegética y piscícola.
- Incendios forestales.
- Registro de la viña.
- Registro de explotaciones agrarias.
- Registro de maquinaria agrícola.
- Registro de explotaciones ganaderas.
–Actos administrativos:
- Agenda Local 21
- Número de solicitudes de información ambiental atendidas por la Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
- Número de visitantes a los Centros de Interpretación de la Naturaleza.
- Actuaciones de mejoras de ríos.
- Especies amenazadas de flora y fauna.
- Espacios naturales protegidos.
- Presupuestos de las entidades locales.
- Liquidaciones presupuestarias de las entidades locales.
- Deuda viva de las entidades locales.
- Gestión de planes de infraestructura (GPI).
- Inventario de planeamiento.
Educación
–Registros:
- EDUCA: registro educativo de alumnado y centros …
–Actuaciones administrativas:
- Estadística de las convocatorias de ayudas a población estudiante universitaria.
- Estadística de las ayudas del plan de formación y de i+d.
- Estadística de actividades de extensión universitaria.
Hacienda y Política Financiera
–Registros:
- Registro voluntario de licitadores.
- Nomenclátor.
- Callejero de Navarra.
–Actuaciones administrativas:
- Registro público de contratos.
- Informe de Recaudación.
- Deuda de Navarra.
- Estadísticas de los Presupuestos Generales de Navarra.
–Operaciones de síntesis:
- Estadística de la Riqueza Territorial de Navarra.
- Anuario Estadístico de Navarra.
- Informe anual de las Sociedades Públicas de Navarra.
Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia
–Registros:
- Registro de locales de espectáculos públicos y actividades recreativas.
- Registro de Asociaciones.
- Registro de Colegios Profesionales.
- Registro de Fundaciones.
–Actuaciones administrativas:
- Procesos psicotécnicos en convocatorias de ingreso, promoción y traslado de personal de las Administraciones Públicas de Navarra.
- Acreditación de idiomas en convocatorias de ingreso, promoción y traslado de personal de las Administraciones Públicas de Navarra.
- Registro de evaluación de las políticas públicas y de la calidad de los servicios públicos.
- Análisis accesos portal de Navarra (www.navarra.es).
- Máquinas de Juego.
- Autorizaciones complementarias de circulación.
- Estadística de la dirección de prevención, extinción de incendios y salvamento.
- Estadísticas de actuaciones de Policía Foral.
- Emergencias tramitadas a través de SOS Navarra.
- Actividad del Registro General.
- Estadística del Tribunal Administrativo de Navarra.
Relaciones Ciudadanas e Institucionales
–Registros:
- Registro de fosas.
- Registro sobre simbología franquista y relacionada con la Guerra Civil.
- Registro de ADN de personas relacionadas con personas fusiladas tras el golpe militar de 1936.
- Registro de víctimas de terrorismo y violencia de motivación política.
- Casas regionales y asociaciones de otras comunidades españolas con sede en Navarra.
- Casas, hogares y centros de Navarra en otras comunidades autónomas y en el extranjero.
- La enseñanza del euskera a población adulta en Navarra.
- Registro de certificaciones de conocimiento de euskera.
- Registro de euskaltegis y Gau-eskolas.
- Censo de asociaciones de mujeres.
–Actuaciones administrativas.
- Atención telefónica en las Administraciones Públicas de Navarra (012).
- Ayudas a prensa escrita, radios y medios de comunicación on-line.
- Ayudas para las actividades de fomento del uso del euskera o de promoción de su presencia social.
- Ayudas al uso y promoción del euskera en el ámbito municipal.
- Ayudas para la enseñanza de euskera a personas adultas.
- Subvención a Asociaciones de Mujeres y otras entidades sin ánimo de lucro.
- Transferencias a Entidades Locales para impulso de Políticas de Igualdad.
- Relaciones entre el Gobierno y el Parlamento de Navarra.
- Relaciones entre el Gobierno y el Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra.
Salud
–Registros:
- Directorio de centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- Registro de voluntades anticipadas.
- Registro de personas con enfermedad renal crónica en Navarra.
- Registro de profesionales del ámbito sanitario de Navarra.
- Registro de responsables de la comercialización de productos sanitarios.
- Registro poblacional de cáncer en Navarra.
- Registro poblacional de Infarto Agudo de Miocardio.
- Registro poblacional de enfermedad cerebrovascular.
- Registro poblacional de enfermedades raras.
- Registro de SIDA.
- Registro de casos de infección por VIH.
- Registro de enfermedades de declaración obligatoria (EDOS).
- Registro poblacional de Detección Precoz de Hipoacusia Neonatal de Navarra.
- Registro de establecimientos y servicios plaguicidas.
- Registro de torres de refrigeración y condensadores evaporativos.
- Registro General Sanitario de empresas alimentarias y alimentos.
- Registro de incapacidad temporal.
- Registro de incapacidad permanente.
- Registro de enfermedades profesionales y sucesos centinela de origen laboral.
- Registro de accidentes de trabajo.
- Registro de exposiciones laborales (amianto).
- Registro poblacional de vacunaciones.
- Registro de anomalías congénitas y enfermedades hereditarias de Navarra.
- Registro hospitalario de cáncer.
- Registro poblacional de diabetes tipo I.
- Registros de atención a urgencias tiempo-dependientes (Código ICTUS).
- Registros de atención a urgencias tiempo-dependientes (Código Parada cardiorrespiratoria).
- Registros de atención a urgencias tiempo-dependientes (Código IAM).
- Registros de atención a urgencias tiempo-dependientes (Código Politrauma).
- Registros de atención a urgencias tiempo-dependientes (Código Hemorragia digestiva).
- Registros de atención a urgencias tiempo-dependientes (Código Sepsis).
- Registro de Morbilidad Asistida en atención especializada (CMBD).
- Base de datos sobre notificación de eventos adversos farmacovigilancia*.
- Censo sanitario de piscinas de uso colectivo.
- Censo de perros con microchip.
- Directorio de Servicios de Prevención de Riesgos Laborales con Actividad Sanitaria en Navarra.
- Sistema de vigilancia epidemiológica de la tuberculosis
- Base de datos sanitaria de SNS-O (TIS).
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