Eficiencia energética en colegios públicos de CASTILLA y LEON
ORDEN EYH/1020/2018, de 19 de septiembre, por la que se modifica la Orden EYH/822/2018, de 10 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones, cofinanciables por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, dirigidas a la mejora de la eficiencia energética en colegios públicos de Castilla y León.
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La Orden EYH/822/2018, de 10 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones, cofinanciables por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, dirigidas a la mejora de la eficiencia energética en colegios públicos de Castilla y León se publicó en el Boletín Oficial de Castilla y León el 25 de julio de 2018.
En la citada orden se ha incluido la referencia a que los colegios en los que vaya a realizarse la actuación subvencionable deberán contar al menos con 20 unidades, cifra que puede influir negativamente en que un determinado proyecto tenga o no derecho a subvención, puesto que se restringe innecesariamente el número de posibles beneficiarios de la misma. Por este motivo, se considera necesario modificar la citada orden de bases, incluyendo la cifra correcta y coherente con el resto del contenido de la orden, con objeto de poder publicar la convocatoria adecuada a la nueva redacción.
Por otro lado, dada la naturaleza jurídica de los posibles beneficiarios, que no pueden repercutir el IVA soportado, y por tanto se trata de IVA no recuperable, parece adecuado poder incluir el coste relativo a dicho impuesto dentro de los gastos subvencionables, puesto que así lo permite la Orden HFP/1979/2016, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los Programas Operativos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional para el período 2014-2020.
En su virtud y de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 7 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de Castilla y León,
DISPONGO
Artículo 1.– Modificación del Anexo de la Orden EYH/822/2018, de 10 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones, cofinanciables por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, dirigidas a la mejora de la eficiencia energética en colegios públicos de Castilla y León.
Se modifica la Orden EYH/822/2018, de 10 de julio, en los siguientes términos:
· 1. Se modifica el tercer punto del apartado 1 de la Base quinta, «Actuaciones subvencionables», que pasará a tener la siguiente redacción:
· «Que tengan 15 o más unidades.».
· 2. Se incluye la letra j) del apartado 1 de la Base séptima, «Gastos subvencionables», con el siguiente contenido:
· «El IVA satisfecho por la adquisición de bienes o servicios facturados, siempre que sea no recuperable.».
· 3. Se modifica la letra b) del apartado 2 de la Base séptima, «Gastos subvencionables», que pasará a tener la siguiente redacción:
· «Cualquier tributo pagado por los beneficiarios, excepto la licencia de obras y el IVA no recuperable.».
DISPOSICIÓN FINAL
Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Valladolid, 19 de septiembre de 2018.
La Consejera de Economía y Hacienda,
Fdo.: M.ª del Pilar del Olmo Moro
ORDEN EYH/1020/2018, de 19 de septiembre, por la que se modifica la Orden EYH/822/2018, de 10 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones, cofinanciables por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, dirigidas a la mejora de la eficiencia energética en colegios públicos de Castilla y León.
La Orden EYH/822/2018, de 10 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones, cofinanciables por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, dirigidas a la mejora de la eficiencia energética en colegios públicos de Castilla y León se publicó en el Boletín Oficial de Castilla y León el 25 de julio de 2018.
En la citada orden se ha incluido la referencia a que los colegios en los que vaya a realizarse la actuación subvencionable deberán contar al menos con 20 unidades, cifra que puede influir negativamente en que un determinado proyecto tenga o no derecho a subvención, puesto que se restringe innecesariamente el número de posibles beneficiarios de la misma. Por este motivo, se considera necesario modificar la citada orden de bases, incluyendo la cifra correcta y coherente con el resto del contenido de la orden, con objeto de poder publicar la convocatoria adecuada a la nueva redacción.
Por otro lado, dada la naturaleza jurídica de los posibles beneficiarios, que no pueden repercutir el IVA soportado, y por tanto se trata de IVA no recuperable, parece adecuado poder incluir el coste relativo a dicho impuesto dentro de los gastos subvencionables, puesto que así lo permite la Orden HFP/1979/2016, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los Programas Operativos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional para el período 2014-2020.
En su virtud y de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 7 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de Castilla y León,
DISPONGO
Artículo 1.– Modificación del Anexo de la Orden EYH/822/2018, de 10 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones, cofinanciables por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, dirigidas a la mejora de la eficiencia energética en colegios públicos de Castilla y León.
Se modifica la Orden EYH/822/2018, de 10 de julio, en los siguientes términos:
· 1. Se modifica el tercer punto del apartado 1 de la Base quinta, «Actuaciones subvencionables», que pasará a tener la siguiente redacción:
· «Que tengan 15 o más unidades.».
· 2. Se incluye la letra j) del apartado 1 de la Base séptima, «Gastos subvencionables», con el siguiente contenido:
· «El IVA satisfecho por la adquisición de bienes o servicios facturados, siempre que sea no recuperable.».
· 3. Se modifica la letra b) del apartado 2 de la Base séptima, «Gastos subvencionables», que pasará a tener la siguiente redacción:
· «Cualquier tributo pagado por los beneficiarios, excepto la licencia de obras y el IVA no recuperable.».
DISPOSICIÓN FINAL
Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Valladolid, 19 de septiembre de 2018.
La Consejera de Economía y Hacienda,
Fdo.: M.ª del Pilar del Olmo Moro
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