Dirección General Administración Local MADRID
RESOLUCIÓN de 11 de septiembre de 2019, del Director General de Administración Local, sobre la clasificación de dos puestos de trabajo de la Dirección General de Administración Local de la Comunidad de Madrid, integrantes del servicio de asistencia técnica, reservados a funcionarios de Administración Local con Habilitación de carácter Nacional.
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Visto que el artículo 16 del Real Decreto 128/2018, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con Habilitación de carácter Nacional, establece que las diputaciones provinciales, incluirán en sus relaciones de puestos de trabajo, los reservados a funcionarios de Administración Local con Habilitación de carácter Nacional necesarios para garantizar el cumplimiento de las funciones reservadas a funcionarios de Administración Local con Habilitación de carácter Nacional, en Entidades Locales Eximidas.
Visto que asimismo establece que en todo caso garantizará en los municipios de menos de 1.000 habitantes la prestación de los servicios de secretaría e intervención y tesorería y recaudación.
Visto que de acuerdo con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, corresponde a las Comunidades Autónomas uniprovinciales, asumir la prestación de los servicios de asistencia a los que aluden los artículos 26.3 y 36.2.c) de dicha Ley.
Visto el citado artículo 16 del Real Decreto 128/2018, y las competencias que tienen atribuidas la Dirección General de Recursos Humanos en materia de personal, y la Dirección General de Administración Local en materia de clasificación de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con Habilitación de carácter Nacional.
Visto que en materia de funcionarios de Administración Local con Habilitación de carácter Nacional, la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, señala en su artículo 110, que en los términos previstos en la normativa estatal básica le corresponden a la Comunidad de Madrid, entre otras, las competencias de ejecución en materia de creación y clasificación de puestos de trabajo reservados a dichos funcionarios de acuerdo con los criterios fijados en la normativa estatal básica.
Visto que en virtud de los dispuesto en el Decreto 52/2019, de 19 de agosto, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y el Decreto 73/2019, de 27 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.
Visto que en virtud de lo dispuesto en el Decreto 87/2018, de 12 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, corresponde a la Dirección General de Administración Local la competencia de clasificación de puestos reservados a funcionarios de Administración Local con Habilitación de carácter Nacional, en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
Vista la Orden del Consejero de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se modifica la Relación de Puestos de Trabajo y la Plantilla Presupuestaria de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía de Gobierno, en la que figuran los puestos 5502 y 35721, adscritos a la Escala de Funcionarios de Administración Local con Habilitación de carácter Nacional a la subescala Secretaría-Intervención denominados “Secretaría clase 3.a S.A.T.”, subgrupo A1, teniendo como sistema de provisión el Concurso de Méritos.
HE RESUELTO
1. Clasificar los puestos de la Dirección General de Administración Local integrantes del Servicio de Asistencia Técnica como se indica a continuación:
— Nº PT 5502, denominado: “Secretaría clase 3.a S.A.T.”. Escala: Funcionarios de Administración Local con Habilitación de carácter Nacional; Subescala: Secretaría-Intervención; Provisión: Concurso de Méritos.
— Nº PT 35721, denominado: “Secretaría clase 3.a S.A.T.”. Escala: Funcionarios de Administración Local con Habilitación de carácter Nacional; Subescala: Secretaría-Intervención; Provisión: Concurso de Méritos.
2. Publicar esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
3. Comunicar la presente Resolución a la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Hacienda y Función Pública de la Comunidad de Madrid y al Ministerio de Política Territorial y Función Pública, a los efectos que sean procedentes.
4. Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejera de Vivienda y Administración Local o ante la Directora General de Administración Local en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro que estime pertinente en defensa de sus derechos.
Madrid, a 11 de septiembre de 2019.—La Directora General de Administración Local, Nadia Álvarez Padilla.
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