CUERPO DE LA POLICIA NACIONAL OFERTA DE EMPLEO
Real Decreto 561/2024, de 11 de junio, por el que se aprueba la oferta de empleo público en la Policía Nacional para el año 2024.
Estos Documentos, con los que puedan modificar o acompañar y su texto íntegro, se han incorporado a los contenidos ya existentes en el siguiente TÍTULO publicado y a su disposición:
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BOE de 12 de junio de 2024
TEXTO ORIGINAL
Los Presupuestos Generales del Estado para el año 2024, en aplicación de la previsión contenida en el artículo 134.4 de la Constitución, y en el artículo 38.1 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, han sido prorrogados de forma automática.
La Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, establece en su artículo 20.Seis.1 que compete al Gobierno, a iniciativa de los Departamentos u Organismos competentes, a propuesta del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, y previa valoración e informe sobre su repercusión en los costes de personal, la aprobación de la oferta de empleo público que corresponda a la Administración General del Estado, sus organismos públicos y demás entes públicos estatales.
Este real decreto, por tanto, tiene como finalidad dar cumplimiento a lo indicado y establecer los criterios que deben orientar los procesos de selección de los candidatos que mejor se ajusten a las necesidades de la Policía Nacional.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, de aplicación supletoria a la Policía Nacional, la presente oferta de empleo público recoge las previsiones de incorporación de los nuevos recursos humanos necesarios en el ámbito de la Policía Nacional para garantizar la correcta prestación de las funciones que tiene encomendadas este cuerpo, en función de las prioridades detectadas y de las disponibilidades presupuestarias existentes, y dentro de un marco de planificación estratégica plurianual cuya plasmación es la presente oferta de empleo público.
En dicho precepto se establece que su aprobación se realizará anualmente, cubriendo la necesidad de incorporación de personal de nuevo ingreso con una cadencia temporal con periodicidad anual para asegurar el normal funcionamiento de este cuerpo policial.
Por otro lado, la programación de la estructura y duración del período de formación previo al acceso a las Escala Ejecutiva y Escala Básica de la Policía Nacional, determinan que la aprobación de la oferta de las correspondientes plazas deba hacerse con la anticipación necesaria, ya que la no aprobación de la misma, o un retraso, puede dificultar el inicio de los correspondientes procesos selectivos con el consiguiente retraso del cumplimiento del período formativo y de su incorporación efectiva en la Policía Nacional, impidiendo el adecuado mantenimiento de los medios personales indispensable para la adecuada prestación de servicios esenciales. Este carácter de servicio público esencial junto a las singularidades de su despliegue territorial y la necesidad de continuar dando una respuesta adecuada a los retos que plantea la seguridad pública, provoca que resulte perentorio la aprobación, sin demora, de la presente oferta de empleo público.
La Ley 31/2022, de 23 de diciembre, establece en su artículo 20.Dos.1.c) que la tasa de reposición para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado será del 125 por ciento, considerándose como sector prioritario.
Asimismo, se establece en ese mismo texto legal, en el artículo 20.Tres.4.f), que no se incluirán en el cómputo de la tasa de reposición todas las plazas necesarias para la puesta en marcha y funcionamiento de nuevos servicios cuyo establecimiento venga impuesto en virtud de una norma estatal, autonómica o local.
En el establecimiento de la presente oferta se tiene en cuenta lo dispuesto en el Reglamento de procesos selectivos y formación de la Policía Nacional, aprobado por el Real Decreto 853/2022, de 11 de octubre.
Las convocatorias que se publiquen derivadas de esta oferta de empleo público se adecuarán a lo establecido por el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018, por el que se aprueban instrucciones para actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, en orden a eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público.
Asimismo, también se adecuarán en su publicación y ejecución, a lo establecido en el libro segundo, título I del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo.
En su virtud, a iniciativa del Ministro del Interior, a propuesta del Ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, con el informe favorable de la Ministra de Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de junio de 2024,
DISPONGO:
Artículo 1. Aprobación de la oferta de empleo público.
En la línea de lo dispuesto por el artículo 20 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para 2024, se aprueba la oferta de empleo público de la Policía Nacional para el año 2024 en los términos que se establecen en este real decreto.
Las convocatorias de pruebas selectivas derivadas de esta oferta de empleo público habrán de ser informadas favorablemente por la Dirección General de la Función Pública y solo podrán publicarse en el ejercicio presupuestario al que vienen referidas.
Artículo 2. Cuantificación de la oferta de empleo público.
Se autoriza la convocatoria para oposición libre en la Policía Nacional de 100 plazas en la Escala Ejecutiva y 2.607 plazas en la Escala Básica.
Artículo 3. Reserva de plazas en la Escala Básica de la Policía Nacional.
Del total de 2.607 plazas autorizadas en el artículo anterior, para ingreso por oposición libre en la Escala Básica de la Policía Nacional, se reservan 521 para militares profesionales de tropa y marinería que lleven al menos cinco años de servicios como tales, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20.5 de la Ley 8/2006, de 24 abril, de Tropa y Marinería, en su redacción dada por la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional.
Las plazas reservadas a militares profesionales de tropa y marinería, mencionadas en el párrafo anterior, que no sean cubiertas se acumularán a las autorizadas por oposición libre en el artículo anterior en la Escala Básica de la Policía Nacional.
Artículo 4. Promoción interna en la Policía Nacional.
La autorización de la convocatoria de 100 plazas para oposición libre en la Escala Ejecutiva comporta la convocatoria de 150 para su provisión por promoción interna, desde la categoría de Subinspector, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.3 del Real Decreto 853/2022, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procesos selectivos y de formación de la Policía Nacional.
Disposición adicional única. Difusión de las convocatorias de pruebas selectivas.
Con el objeto de ampliar la difusión de las distintas convocatorias de pruebas selectivas derivadas de esta oferta de empleo público, el Ministerio del Interior incluirá en su página web, un apartado dedicado a procesos selectivos en la que recogerá cada una de las convocatorias y los actos que se deriven de ellas.
Disposición final única. Eficacia.
El presente real decreto producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 11 de junio de 2024.
FELIPE R.
El Ministro para la Transformación Digital
y de la Función Pública,
JOSÉ LUIS ESCRIVÁ BELMONTE