NORMAS ELABORACION DE PRESUPUESTOS DEL ESTADO 2024
Orden HFP/1254/2023, de 22 de noviembre, por la que se dictan las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para 2024.
Estos Documentos, con los que puedan modificar o acompañar y su texto íntegro, se han incorporado a los contenidos ya existentes en el siguiente TÍTULO publicado y a su disposición:
BOE de 23 de noviembre de 2023
TEXTO ORIGINAL
Durante los últimos años, España ha tenido que hacer frente a importantes desafíos económicos y sociales, tales como la pandemia de la COVID-19, el impacto derivado de la guerra de Ucrania, la crisis energética, las perturbaciones de las cadenas de suministro, así como fuertes riesgos a la baja en cuanto a las perspectivas económicas. Sin embargo, las políticas económicas y presupuestarias que se han puesto en marcha en este periodo han permitido a nuestro país combatir estas situaciones adversas de forma mucho más eficiente que en otras crisis previas, demostrando que es posible compaginar el impulso al tejido productivo para favorecer su crecimiento y modernización, el refuerzo del Estado del Bienestar, la justicia social y el compromiso con la consolidación fiscal.
En 2021, las consecuencias económicas y sociales producidas en los meses finales de la pandemia todavía se hacían presentes en nuestra economía. El año 2022, además, estuvo marcado por la fuerte inflación provocada por la subida de los precios de la energía y las materias primas, lo que llevó al endurecimiento de la política monetaria. Pese a ello, el conjunto de medidas adoptadas por el Gobierno de España, junto con el efecto tractor propiciado por los fondos europeos, han logrado que nuestro país muestre una notable resiliencia, liderando el crecimiento económico en Europa, alcanzando récords en afiliación a la Seguridad Social, con avances notables en transición verde y digital, registrando niveles de desigualdad inferiores a los de la crisis financiera de 2008, a pesar de la complejidad del contexto, y también ratios de deuda y déficit por debajo de lo previsto en los años anteriores.
La economía española mantiene un crecimiento diferencial con unos fundamentos sólidos gracias, entre otras cuestiones, a la mejora del mercado de trabajo tras la reforma laboral, la positiva evolución del sector exterior, la solidez de la posición financiera de empresas y hogares y el dinamismo del consumo y la inversión. Este crecimiento económico se refleja también en un mayor bienestar social, como muestran los indicadores complementarios respecto a los niveles de desigualdad y cohesión social, el despliegue de renovables o la conectividad digital.
De cara al ciclo presupuestario de 2024 es previsible que continúe la inestabilidad geopolítica agravada por el conflicto en Oriente Próximo y además se contemplan dos grandes novedades. De un lado, la reactivación de las reglas fiscales y de otro la incorporación de los recursos procedentes de la Adenda al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).
Ante la situación de inestabilidad provocada por la pandemia, la Comisión Europea activó la cláusula de salvaguardia del Pacto de Estabilidad y Crecimiento que se ha mantenido vigente para los años 2020, 2021 y 2022 y que se ha decidido extender igualmente para el año 2023. No obstante, el pasado 8 de marzo, la Comisión Europea publicó una Comunicación con las «Orientaciones de Política Fiscal para 2024», en las que estableció la desactivación de la citada cláusula para 2024, instando a los Estados miembros a que reforzasen la sostenibilidad de las finanzas públicas, siempre que la inestabilidad geopolítica lo permita. En paralelo, la Unión Europea está debatiendo el nuevo marco de gobernanza económica, con el objetivo de que las reglas fiscales sean más sencillas, transparentes y eficaces, permitiendo así que los Estados Miembros asuman un mayor compromiso y una mejor aplicación de las mismas.
Durante todo este periodo, y pese a las dificultades, España ha logrado mantener intacto su compromiso con la estabilidad presupuestaria, demostrando la capacidad de nuestra economía para mantener una gestión fiscal sólida incluso en un contexto de cláusula de salvaguarda activa. Así, la estrategia fiscal llevada a cabo en España, encaminada a lograr situaciones fiscales prudentes a medio plazo, ha permitido la compatibilidad de una senda de reducción del déficit y de la deuda pública con el crecimiento de la actividad económica y el empleo, fijando una senda de crecimiento económico sostenible e inclusivo, impulsada por las inversiones y reformas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Dicha estrategia, basada en la responsabilidad fiscal, la justicia social y las reformas estructurales, ha permitido corregir los desequilibrios, sobre todo en el mercado laboral, acelerando un proceso de transición ecológica y digital de nuestro proceso productivo.
La senda de déficit y deuda que se presentaba en la Actualización del Programa de Estabilidad 2023-2026 remitido a Europa reflejaba, por lo tanto, un equilibrio entre el refuerzo de la sostenibilidad de las finanzas públicas, la protección de los colectivos más vulnerables y el apoyo al crecimiento económico. En el Plan Presupuestario para 2024, el déficit previsto para el conjunto de las Administraciones públicas para este año sería del 3,0 por ciento del PIB, con una previsión de cierre del ejercicio 2023 con un déficit público del 3,9 por ciento del PIB, resultado totalmente alineado con la senda remitida a Bruselas en el Programa de Estabilidad 2023-2026 el pasado mes de abril.
De otro lado, el pasado mes de octubre tanto la Comisión Europea como el ECOFIN aprobaron la Adenda al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que permitirá movilizar la totalidad de los recursos asignados a España de los fondos Next Generation, con un calendario de desembolsos previsto de hasta 25.600 millones de euros en 2024.
En este contexto, los Presupuestos Generales del Estado para 2024 tendrán como objetivo seguir promoviendo la modernización, la competitividad y la autonomía estratégica de nuestra economía impulsando un crecimiento que sea sostenible, justo e inclusivo. Dando así continuidad a una política económica responsable y coherente que genere empleo de calidad y con derechos, que haga de la innovación y la apuesta por la ciencia un motor de crecimiento, que refuerce el Estado de Bienestar blindando unos servicios públicos eficaces y adaptados a las necesidades y expectativas de la ciudadanía, que impulse una política activa para hacer de la vivienda un derecho, que proteja a las familias y colectivos vulnerables, que ofrezca oportunidades para los jóvenes, que haga de la cultura una seña de identidad y que amplíe derechos y libertades para todos y todas. En definitiva, dando nuevos pasos hacia el bienestar y la justicia social, la prosperidad económica, la cohesión territorial y la sostenibilidad medioambiental abordando para ello las reformas necesarias en el ámbito de la transición ecológica y digital, en el de la igualdad de género o en la formación del capital humano.
De acuerdo con las «Orientaciones de Política Fiscal para 2024» de la Comisión Europea, los Presupuestos Generales del Estado para 2024 serán los primeros que deban hacer frente a la reactivación de las reglas fiscales, desde su suspensión en el año 2020 y, por tanto, buscarán reforzar la sostenibilidad de la deuda pública como garantía para las siguientes generaciones y como aval de confianza a la fortaleza financiera y productiva de España, haciéndolo compatible con el crecimiento y el bienestar del país.
En el ámbito de la eficacia y la calidad del gasto público, los Presupuestos Generales del Estado para 2024, al igual que los dos anteriores, incorporan los resultados de los procesos de revisión y evaluación del gasto público (Spending Reviews) en el ciclo presupuestario. Durante 2023, y en el marco del componente 29 del PRTR el Gobierno publicó el segundo informe de seguimiento de las recomendaciones formuladas en los 11 Spending Reviews llevados a cabo por la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIREF), bajo el principio de «cumplir o explicar», integrando las recomendaciones y la respuesta a las mismas por parte de los centros gestores del gasto en el proceso de toma de decisiones.
Los Presupuestos Generales del Estado para 2024 reforzarán, asimismo, el análisis transversal bajo diversas perspectivas, añadiendo para este ejercicio un nuevo enfoque (la dimensión marrón) en el Informe de alineamiento con la transición ecológica, que cumple con uno de los hitos recogidos en el marco del componente 29 del PRTR. Esta nueva dimensión se incorpora a otros análisis transversales ya existentes como el informe de alineamiento con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, de impacto de género y del impacto en la infancia, la adolescencia y la familia, y a la información presupuestaria sobre la juventud y sobre las actuaciones referentes al reto demográfico y a la lucha contra la despoblación.
El marco normativo de referencia en materia presupuestaria para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado lo configuran esencialmente la Constitución Española de 27 de diciembre de 1978, la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, y la normativa europea en materia presupuestaria que resulte de aplicación.
De conformidad con el artículo 36.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, el procedimiento por el que se regirá la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado se establecerá por orden de la persona titular de la Vicepresidencia Cuarta del Gobierno y del Ministerio de Hacienda y Función Pública.
La presente orden ministerial dicta las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para 2024. En la misma se regulan los criterios generales de presupuestación, el ámbito institucional de los presupuestos, el proceso de elaboración y tramitación del anteproyecto de presupuestos, estableciendo la composición de los órganos participantes en su proceso de elaboración, los plazos y documentación para la elaboración, y se detalla el contenido de las estructuras presupuestarias.
En virtud de lo expuesto, dispongo:
Artículo 1. Criterios generales de presupuestación.
En la determinación de los criterios de presupuestación de los Presupuestos Generales del Estado para 2024 adquieren especial significación las orientaciones de política presupuestaria señaladas en el marco del Semestre Europeo, y las recomendaciones específicas formuladas por la Comisión Europea.
Los Presupuestos Generales del Estado para 2024 se orientarán a la consecución de los objetivos de la política económica, social y medioambiental del Gobierno y adecuarán sus gastos al límite de gasto no financiero establecido por el Gobierno de forma coherente con las previsiones fiscales y las recomendaciones formuladas en el marco del Semestre europeo.
Asimismo, los Presupuestos Generales del Estado para 2024 incorporaran los créditos necesarios para recoger el conjunto de actuaciones que, formando parte del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, están destinadas para este ejercicio.
En la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2024 se priorizarán los siguientes criterios de asignación de los recursos:
a) Culminar el proceso de modernización de nuestro tejido productivo asociado al despliegue de los fondos Next Generation, terminando de desplegar los proyectos estratégicos (PERTE) para situar a España a la vanguardia en las tecnologías del futuro, reforzando nuestro sector industrial, revitalizando la apertura exterior de España, apoyando el crecimiento de las pymes y la estabilidad de los autónomos, facilitando su adaptación a la transformación digital y verde, y promoviendo que tanto la transición digital como la transición energética se lleven a cabo aprovechando la potencialidad de nuestro tejido productivo.
b) Situar a la innovación y la ciencia como ejes centrales de nuestro modelo productivo, continuando con el firme compromiso para el fortalecimiento de la I+D+i, mejorando las condiciones laborales de los investigadores, fomentando la igualdad efectiva entre hombres y mujeres dentro del ámbito científico, elaborando programas de financiación más flexibles y estables y menos burocráticos, e impulsando el desarrollo de nuevas infraestructuras de referencia internacional.
c) Seguir impulsando una transición ecológica justa, desarrollando medidas para descarbonizar nuestra economía y hacerla más circular y sostenible, mediante una política industrial verde que acelerará la transformación y modernización de nuestros sectores económicos, promoviendo la reindustrialización de España, el refuerzo de capacidades productivas y la cadena de valor asociada a la transición energética. Se impulsarán, igualmente, las energías renovables, así como la rehabilitación de viviendas para mejorar la eficiencia energética favoreciendo, a través de una política industrial verde, la instalación de industrias y el desarrollo de otros sectores y actividades económicas verdes en aquellos territorios y comarcas con importantes desarrollos de energías renovables, asegurando el equilibrio territorial y la creación estable de empleo de calidad.
d) Reforzar nuestra política de empleo y los derechos de las personas trabajadoras articulando una red básica para todas aquellas que prestan actividades profesionales, impulsando la firma de un gran pacto de rentas por la estabilidad de precios que garantice la recuperación del poder adquisitivo de los salarios. Garantizar, asimismo, la igualdad de oportunidades impulsando las políticas activas de empleo para las personas jóvenes, la realización de un plan de choque frente al paro de larga duración, mejorar y simplificar el nivel asistencial por desempleo y consolidar las mejoras en protección social y prestación de los autónomos.
e) Fomentar un sector primario moderno y sostenible, dotándolo de ayudas para la innovación, formación y asesoramiento de las pequeñas y medianas empresas del mundo rural, impulsando la agricultura ecológica y regenerativa, así como el aumento de la biodiversidad preservando los ecosistemas y mejorando su resiliencia. Además, proceder a la actualización de la Estrategia Nacional frente al Reto Demográfico y el Plan de Acción a nivel nacional logrando una mayor vertebración del territorio, fortaleciendo las políticas de lucha contra la despoblación para los territorios de mayor vulnerabilidad socio-territorial de cara a una mejora de la prestación de los servicios y de las infraestructuras permitiendo su desarrollo territorial y transformación social y económica.
f) Avanzar en un mayor bienestar para el conjunto de la ciudadanía, adoptando medidas eficaces para combatir el impacto que el encarecimiento de los alimentos y la subida de los tipos de interés están teniendo sobre la renta disponible de la ciudadanía, garantizando la sostenibilidad de las pensiones para asegurar el poder adquisitivo de los pensionistas, blindando la universalidad de nuestro Sistema Nacional de Salud, impulsando el fortalecimiento de la atención primaria en todo el Estado e incrementando la cartera de servicios y prestaciones de la sanidad pública.
g) Garantizar el derecho a la vivienda aumentando el parque público de vivienda para alquiler asequible a través de una política de inversión pública a medio y largo plazo, integrando a los jóvenes en el centro del acceso a la vivienda, estableciendo mecanismos para garantizar el derecho a una vivienda digna, adecuada y asequible. Continuar, asimismo, apostando por la movilidad sostenible y el transporte público, garantizando que sea asequible para las personas más necesitadas, facilitando el acceso al vehículo eléctrico e impulsando el transporte ferroviario asegurando la conectividad en todo el territorio, consolidándolo como una alternativa más eficiente y menos contaminante.
h) Reforzar el compromiso contra la violencia machista, a través de una dotación suficiente para garantizar la prevención, fortaleciendo la atención, protección y reparación a las víctimas, renovando el Pacto de Estado contra la Violencia de Género, incrementando su eficacia abordando de manera integral las diferentes formas de violencia. Fomentar los servicios de atención integral a las mujeres en los centros de salud y en los centros de servicios y ampliar las Unidades de Valoración Forense y Juzgados especializados en Violencia contra la Mujer en todo el territorio nacional, fortaleciendo el sistema de respuesta judicial a las mujeres víctimas.
i) Impulsar una política fiscal justa, que pueda hacer frente a los retos de una economía cada vez más globalizada, marcada por la digitalización, la transición verde y la lucha contra el fraude, permitiendo financiar servicios públicos y prestaciones sociales de calidad para el conjunto de la ciudadanía, orientada a las familias y coordinada con la política de gasto social.
j) Reforzar la educación pública avanzando en la financiación del sistema público, promoviendo, igualmente, la inclusión plena en el sistema de la educación de 0 a 3 años, abogando por una tolerancia cero frente al acoso, desarrollando una red pública de centros de formación profesional y, asimismo, facilitando el acceso universitario a las personas de menos recursos. Garantizar, además, el derecho a la cultura de todas las personas y en todos los territorios, impulsando las enseñanzas artísticas superiores y potenciando la labor de difusión nacional e internacional de las artes escénicas y musicales.
k) Garantizar el futuro de la juventud, como representantes del progreso de las sociedades, a través del acceso a una educación pública e inclusiva, al empleo digno, estable y bien remunerado y del acceso a la vivienda asequible. Además, se avanzará en la protección a la infancia, considerado como un gasto de inversión en el futuro, apostando por un sistema educativo y de formación basado en la excelencia, la universalidad, el talento, la equidad y el desarrollo de habilidades.
Artículo 2. Ámbito institucional.
1. De acuerdo con el artículo 32 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, los Presupuestos Generales del Estado constituyen la expresión cifrada, conjunta y sistemática de los derechos y obligaciones a liquidar durante el ejercicio por cada uno de los órganos y entidades que forman parte del sector público estatal.
Conforme a lo anterior, para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado, cada uno de dichos órganos y entidades presentarán sus presupuestos que tendrán, con arreglo a su normativa, carácter limitativo o estimativo.
2. De conformidad con lo dispuesto en el apartado anterior, los Presupuestos Generales del Estado comprenderán:
a) Los presupuestos con carácter limitativo de las siguientes entidades:
1.º Del Estado.
2.º De los organismos autónomos.
3.º De las integrantes del Sistema de la Seguridad Social.
4.º De las agencias estatales y de resto de entidades del sector público estatal a las que resulte de aplicación el régimen de especificaciones y de modificaciones regulado en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria o cuya normativa específica confiera a su presupuesto carácter limitativo.
b) Los presupuestos con carácter estimativo de las siguientes entidades:
1.º De las entidades públicas empresariales, de las sociedades mercantiles estatales, de las fundaciones del sector público estatal y del resto de entidades del sector público estatal que aplican los principios y normas de contabilidad recogidos en el Código de Comercio y el Plan General de Contabilidad de la empresa española, así como en sus adaptaciones y disposiciones que lo desarrollan.
2.º De los consorcios, las universidades públicas no transferidas, los fondos sin personalidad jurídica y de las restantes entidades de derecho público del sector público administrativo estatal con presupuesto estimativo.
Artículo 3. Unidad de presupuestación.
Los Presupuestos Generales del Estado se elaborarán expresados en miles de euros, con dos decimales.
Artículo 4. Comisiones participantes en el proceso de elaboración de los Presupuestos Generales del Estado.
1. Comisión de Políticas de Gasto. De conformidad con el artículo 36 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, las directrices para la distribución del gasto, estableciendo los criterios de elaboración de las propuestas de presupuestos y sus límites cuantitativos con las prioridades y limitaciones que deban respetarse, se determinarán por la persona titular de la Vicepresidencia Cuarta del Gobierno y del Ministerio de Hacienda y Función Pública con arreglo a los criterios establecidos en el artículo 1 de la presente Orden.
Con este fin se constituirá la Comisión de Políticas de Gasto que estará presidida por la persona titular de la Vicepresidencia Cuarta del Gobierno y del Ministerio de Hacienda y Función Pública y, en su ausencia, por la persona titular de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, y estará integrada por las personas titulares de los departamentos ministeriales, o, en su ausencia, por las personas titulares de las subsecretarías de los departamentos.
Actuará como Secretario no miembro, la persona titular de la Subdirección General de Política Presupuestaria.
La presidencia de la Comisión de Políticas de Gasto podrá convocar a otros gestores de gasto, así como al personal asesor que estime necesario.
2. Comisiones de Análisis de Programas. Las Comisiones de Análisis de Programas son reuniones bilaterales entre el Ministerio de Hacienda y Función Pública y los distintos departamentos ministeriales en cuyo seno tiene lugar el estudio de la adecuación y validez de los programas de gasto respecto de los objetivos perseguidos por los mismos, y sus necesidades financieras, conforme a las prioridades de las políticas de gasto y dentro de las disponibilidades financieras establecidas. Asimismo, a fin de continuar avanzando en el reforzamiento del ciclo de eficacia del gasto público, e incorporando en el mismo los resultados de los procesos de revisión y evaluación del gasto público realizados en el ámbito del Sector Público Estatal por la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, se realizará un seguimiento activo de las medidas adoptadas para la formulación o previsión de otras actuaciones que puedan tener encaje presupuestario. Además, todas las partidas del Presupuesto serán objeto de una revisión exhaustiva y sistemática con el objeto de actuar sobre aquellas medidas e incrementos inerciales que no estén justificados.
Se constituirá, en su caso, una Comisión de Análisis de Programas para cada uno de los departamentos ministeriales, con la siguiente composición:
a) La persona titular de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.
b) La persona titular de la Dirección General de Presupuestos.
c) La persona titular de la Subsecretaría del departamento ministerial.
d) El Jefe de la Oficina Presupuestaria del departamento ministerial.
Actuará como presidente de las Comisiones de Análisis de Programas la persona titular de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos y, en su ausencia, la persona titular de la Dirección General de Presupuestos.
El Presidente de las Comisiones de Análisis de Programas podrá convocar a otros gestores del gasto, así como al personal asesor que estime necesario.
Artículo 5. Proceso de elaboración y tramitación del anteproyecto.
La Dirección General de Presupuestos elaborará los estados de gastos del anteproyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2024 teniendo en cuenta las orientaciones de política económica, el límite de gasto no financiero del presupuesto del Estado, las prioridades formuladas por la Comisión de Políticas de Gasto, las conclusiones resultantes, en su caso, de las Comisiones de Análisis de Programas y las propuestas remitidas por los distintos centros gestores.
La Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos coordinará las propuestas de los centros directivos del Ministerio de Hacienda y Función Pública y de aquellos centros directivos de otros Departamentos Ministeriales con competencias en materia de ingresos para la realización de previsiones y estimaciones que han de ser tenidas en cuenta por la Dirección General de Presupuestos en la elaboración de los estados de ingresos del anteproyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2024.
Una vez elaborados los estados de gastos e ingresos, éstos se elevarán a la persona titular de la Vicepresidencia Cuarta del Gobierno y del Ministerio de Hacienda y Función Pública, quien someterá al acuerdo del Gobierno el anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2024.
Con los mismos criterios, la Dirección General de Presupuestos elaborará los anteproyectos de presupuestos del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y del Instituto de Mayores y Servicios Sociales a partir de las propuestas remitidas por el Ministerio de Sanidad y por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, respectivamente. Formados ambos anteproyectos, la Dirección General de Presupuestos los enviará al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para su integración en el anteproyecto de presupuesto de la Seguridad Social.
Por su parte, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones unirá los anteproyectos de presupuestos del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y del Instituto de Mayores y Servicios Sociales a los del resto de las Entidades Gestoras, Tesorería General de la Seguridad Social, Gerencia de Informática de la Seguridad Social y Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social, así como sus centros mancomunados para formar el anteproyecto de presupuesto de la Seguridad Social, que se remitirá al Ministerio de Hacienda y Función Pública para que las personas titulares de ambos Ministerios lo eleven conjuntamente al Gobierno para su aprobación e inclusión en el proyecto de Presupuestos Generales del Estado.
Artículo 6. Estructura de los Presupuestos Generales del Estado.
1. Estructura general del presupuesto de gastos de las entidades integrantes del sector público administrativo estatal con presupuesto limitativo. El presupuesto de gastos con carácter limitativo de las entidades a las que se refiere el artículo 2.2.a) de la presente Orden se estructura teniendo en cuenta: las finalidades u objetivos que el presupuesto pretende conseguir, la organización de los distintos entes integrantes del sector público administrativo estatal y la naturaleza económica de los gastos. Adicionalmente, informará de la distribución territorial de las inversiones reales.
Los Presupuestos Generales del Estado para 2024 recogerán los créditos destinados a financiar actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, de conformidad con la estructura del citado Plan.
1.1 Estructura de programas.
1.1.1 Estructura de programas general. La asignación de recursos se efectuará dentro de una estructura de programas de gasto, que será adecuada a los contenidos de las políticas de gasto que delimitan y concretan las distintas áreas de actuación del presupuesto, y permitirá a los centros gestores agrupar los créditos presupuestarios atendiendo a los objetivos a conseguir.
La estructura de programas diferenciará los programas de gasto de carácter finalista de los programas instrumentales y de gestión. Los programas finalistas son aquellos a los que se puede asignar objetivos cuantificables e indicadores de ejecución mensurables. Los objetivos se expresarán en unidades físicas cuando ello sea posible lo que, unido al establecimiento de los oportunos indicadores, permitirá efectuar un seguimiento de su grado de realización durante el ejercicio presupuestario. Los programas instrumentales y de gestión son los que tienen por objeto alguna de las siguientes finalidades: la administración de los recursos necesarios para la ejecución de actividades generales de ordenación, regulación y planificación; la ejecución de una actividad que se perfecciona por su propia realización, sin que sea posible proceder a una cuantificación material de sus objetivos; o el apoyo a un programa finalista.
Los programas de gasto se estructuran en grupos de programas, políticas de gasto y áreas de gasto de acuerdo con la clasificación que contiene el anexo I de la presente Orden.
La Dirección General de Presupuestos podrá autorizar, a iniciativa propia o a propuesta de los centros gestores, modificaciones en el código, denominación y contenido de los programas de gasto, para adaptar la clasificación por programas a las necesidades de la gestión pública.
De conformidad con la disposición adicional quincuagésima sexta de la Ley 2/2004, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2005, las memorias explicativas de los programas de gasto detallarán, cuando proceda, las inversiones previstas desagregadas por proyectos, provincias y comunidades autónomas, así como las inversiones externalizadas o diferidas en el tiempo y los préstamos o aportaciones patrimoniales que el Estado concede a terceros para operaciones de capital o adquisición de activos de capital.
Por otra parte, en el programa presupuestario 000X «Transferencias y libramientos internos» se consignarán las dotaciones para financiar los gastos que se realicen con cargo a los artículos 40 a 43 del capítulo 4 «Transferencias corrientes», artículos 70 a 73 del capítulo 7 «Transferencias de capital», además de los subconceptos 00 a 03 del concepto 820 «Préstamos a corto plazo», del concepto 821 «Préstamos a largo plazo», del concepto 829 «Concesión de préstamos al Sector Público. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia», del concepto 910 «Amortización de préstamos a corto plazo de entidades del sector público» y del concepto 911 «Amortización de préstamos a largo plazo de entidades del sector público», correspondiendo el subconcepto 00 al Estado, el subconcepto 01 a organismos autónomos, el subconcepto 02 a Seguridad Social y el subconcepto 03 a las entidades referidas en el apartado 4.º de la letra a) del punto 2 del artículo 2 de la presente Orden.
1.1.2 Estructura de programas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Dentro del servicio 50 «Mecanismo de Recuperación y Resiliencia» de cada Ministerio, así como el resto de los créditos vinculados al Mecanismo consignados en los estados de gastos de las entidades referidas en los apartados 2.º, 3.º, y 4.º de la letra a) del punto 2 del artículo 2 de la presente Orden, la asignación de los créditos se hará de forma que cada grupo de programas de gasto se identificará con un solo componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y asimismo cada programa con una inversión/reforma de un componente, con los criterios que se establezcan en el anexo I de la presente Orden.
1.2 Estructura orgánica. Las dotaciones consignadas en los programas de gasto se distribuirán por centros gestores, que son aquellas unidades orgánicas con diferenciación presupuestaria y responsabilidad en la gestión de los mismos.
La clasificación orgánica de los créditos y dotaciones se realizará en función de los subsectores que se indican a continuación:
a) El Estado, que se dividirá en secciones y éstas a su vez en servicios.
b) Los organismos autónomos.
c) La Seguridad Social.
d) Las agencias estatales y resto de entidades del sector público administrativo estatal con presupuesto limitativo.
Los organismos y entidades mencionadas en los apartados b) y d) anteriores se agruparán según el Ministerio al que estén adscritos.
En el Presupuesto del Estado, los Ministerios recogerán los créditos destinados a financiar las actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en el servicio 50 «Mecanismo de Recuperación y Resiliencia».
1.3 Estructura económica.
1.3.1 Estructura económica general. Los créditos incluidos en los estados de gastos del presupuesto se ordenarán según su naturaleza económica, con arreglo a la clasificación por capítulos, artículos, conceptos y subconceptos que se detalla en el anexo II de la presente Orden, y se agruparán separando las operaciones corrientes, las de capital, las financieras y el fondo de contingencia de ejecución presupuestaria.
La creación de conceptos y subconceptos en los capítulos correspondientes a gastos de personal, gastos corrientes en bienes y servicios, gastos financieros e inversiones reales, que no figuren tipificados en el anexo II de la presente Orden, será aprobada por la Dirección General de Presupuestos a propuesta, en su caso, de los centros gestores interesados, y tendrán la consideración de no tipificados.
1.3.2 Estructura económica del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Dentro del servicio 50 «Mecanismo de Recuperación y Resiliencia» de cada Ministerio, así como el resto de los créditos vinculados al Mecanismo consignados en los estados de gastos de las entidades referidas en los apartados 2.º, 3.º, y 4.º de la letra a) del punto 2 del artículo 2 de la presente Orden, la asignación económica de los créditos seguirá las siguientes especialidades:
1. En el capítulo 1 de gastos de personal, los créditos se recogerán en el artículo 19.
2. En el capítulo 2 de gastos corrientes en bienes y servicios, los créditos se recogerán en el artículo 29.
3. En el capítulo 6 de inversiones reales, los créditos se consignarán en el artículo 69.
4. En el capítulo 8 de activos financieros, los créditos se consignarán en los conceptos específicos que se recogen en el anexo II.
1.4 Estructura territorial. Los proyectos de inversión se detallarán en el anexo al Presupuesto, con su clasificación territorial por comunidades autónomas, ciudades con Estatuto de Autonomía propio y provincias, y la indicación del año en que se inicia el proyecto, en consonancia con lo dispuesto en el artículo 37 apartado 2 letra f) de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
2. Estructura general del presupuesto de ingresos de las entidades integrantes del sector público administrativo estatal con presupuesto limitativo. El presupuesto de ingresos de las entidades a que se refiere el artículo 2.2.a) de la presente orden, se estructura siguiendo las clasificaciones orgánica y económica.
2.1 Estructura orgánica. La clasificación orgánica distinguirá los ingresos correspondientes al Estado, a la Seguridad Social y a cada uno de los organismos autónomos y restantes entidades del sector público administrativo estatal cuya normativa confiere carácter limitativo a los créditos de su presupuesto de gastos.
2.2 Estructura económica. Los recursos incluidos en los estados de ingresos del presupuesto se ordenarán, según su naturaleza económica, con arreglo a la clasificación por capítulos, artículos, conceptos y subconceptos, que se adjunta como anexo III a la presente orden, y se agruparán separando las operaciones corrientes, las de capital y las financieras.
3. Estructuras específicas.
3.1 De la Seguridad Social. La Seguridad Social presentará su presupuesto en el marco del procedimiento previsto en el artículo 36 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, con arreglo a su estructura orgánica y acompañado, a efectos de su presentación integrada, de un documento de equivalencias entre la estructura por programas de su presupuesto y la definida con carácter general en el apartado 1.1 anterior, que quedará recogido en la Sección 60 de los Presupuestos Generales del Estado.
3.2 De las entidades públicas empresariales, las sociedades mercantiles estatales, las fundaciones del sector público estatal y del resto de entidades del artículo 2.2.b).1.º de la presente orden.
Los presupuestos de carácter estimativo de las entidades públicas empresariales, sociedades mercantiles estatales y fundaciones del sector público estatal comprenderán los presupuestos de explotación y de capital, elaborados de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, en los términos que establezca la Dirección General de Presupuestos.
El resto de entidades comprendidas en el artículo 2.2.b).1.º de la presente Orden, cuyo presupuesto de gastos tiene carácter estimativo, elaborarán presupuestos de explotación y de capital en los términos que establezca la Dirección General de Presupuestos.
3.3 De los consorcios, las universidades públicas no transferidas, los fondos sin personalidad jurídica y de las restantes entidades de derecho público del sector público administrativo estatal con presupuesto estimativo del artículo 2.2.b).2.º de la presente Orden.
Los presupuestos de carácter estimativo de las entidades del artículo 2.2.b).2.º de la presente Orden, comprenderán los presupuestos de explotación y de capital elaborados en los términos que establezca la Dirección General de Presupuestos.
Artículo 7. Documentación y plazos para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado.
1. Estado, organismos autónomos, agencias estatales y resto de entidades del sector público administrativo con presupuesto limitativo. Los centros gestores incluidos en los subsectores a que se refiere el artículo 6 apartado 1.2 letras a), b), y d) de esta orden, utilizarán para la justificación de sus propuestas la documentación que se detalle en la resolución que al efecto establezca la Dirección General de Presupuestos.
Asimismo, los centros gestores incluidos en el subsector a que refiere el artículo 6 apartado 1.2 letra a) de esta orden remitirán las previsiones de los grandes epígrafes de gasto para 2025 y 2026, de acuerdo con la documentación que se detalle en la resolución que al efecto establezca la Dirección General de Presupuestos.
Todos los documentos a cumplimentar por los centros gestores deberán ser remitidos a la Dirección General de Presupuestos a través de las oficinas presupuestarias. Dichas oficinas, durante todo el proceso, coordinarán y tramitarán la información elaborada por los mencionados centros, así como la que se reciba del Ministerio de Hacienda y Función Pública y que afecte a los mismos.
Las propuestas de los centros gestores se remitirán a la Dirección General de Presupuestos antes del 11 de diciembre de 2023.
Los centros gestores remitirán a la Secretaría General de Fondos Europeos, antes del 11 de diciembre de 2023, una relación de los proyectos de inversión y otras partidas de gasto que sean susceptibles de ser financiados con fondos de la Unión Europea.
Los documentos contenidos en el anexo IV de la presente orden relativos a los Fondos de Compensación Interterritorial, que cumplimenten las distintas comunidades autónomas y ciudades con Estatuto de Autonomía propio afectadas, se remitirán por éstas a la Secretaría General de Fondos Europeos antes del 11 de diciembre de 2023.
Dada la configuración plurianual del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y con la finalidad de dotar en el Presupuesto las asignaciones para los programas presupuestarios vinculados con el PRTR en las entidades decisoras (departamentos ministeriales responsables de un componente e inversión/reforma), desde la Dirección General de Presupuestos se podrá dictar instrucciones con el fin de solicitar información sobre la ejecución presupuestaria de dicho Plan, con antelación a la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado por dicho Centro.
2. Seguridad Social. El Ministerio de Sanidad y el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 remitirán a la Dirección General de Presupuestos las propuestas de presupuestos del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, respectivamente, de acuerdo con la documentación que a tal efecto se establezca por dicha Dirección General, antes del 11 de diciembre de 2023.
Por su parte, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones remitirá, por los medios electrónicos y los sistemas informáticos mencionados en la disposición final segunda, al Ministerio de Hacienda y Función Pública las cifras del anteproyecto de presupuesto de la Seguridad Social con la estructura de programas del presupuesto del Estado, que constituyen el documento de equivalencias a que se refiere el apartado 3.1 del artículo 6 de la presente orden, a través de la Sección 60, antes del 11 de diciembre de 2023.
Por otro lado, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones remitirá las previsiones de los grandes epígrafes de gasto para 2025 y 2026 en el ámbito de la Seguridad Social, de acuerdo con la documentación que se detalle en la resolución que al efecto establezca la Dirección General de Presupuestos, antes del 11 de diciembre de 2023.
Asimismo, remitirá en términos de la Sección 60 el anexo de inversiones a que se refiere el artículo 37, apartado 2, letra f), de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
Todo ello en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3. Entidades públicas empresariales, sociedades mercantiles estatales, fundaciones del sector público estatal y resto de entidades del artículo 2.2.b).1.º de la presente orden. Las entidades del artículo 2.2.b).1.º de la presente orden, cumplimentarán y remitirán a la Dirección General de Presupuestos, a través de la oficina presupuestaria del departamento ministerial del que dependan o en su caso, al que estén adscritas, antes del 11 de diciembre de 2023, sus propuestas de presupuestos de explotación y de capital, acompañados de la memoria explicativa de sus contenidos, la ejecución de los presupuestos del año anterior y la previsión de la ejecución de los del ejercicio corriente.
Adicionalmente, estas entidades remitirán una descripción de las inversiones que vayan a realizar en el ejercicio, con expresión de los objetivos que se pretenden conseguir, así como un anexo de sus proyectos de inversión territorializados por provincias, con indicación del año en que se inicia el proyecto.
La codificación de los proyectos susceptibles de ser financiados con cargo a los fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia comenzará por los dígitos 68. Dado que el campo de codificación de los proyectos presenta 4 dígitos (de los que 2 van a ser utilizados para identificar los citados proyectos), en caso de ser necesario se habilitarán los dígitos 69, 70 y así sucesivamente hasta el 77, como identificadores.
Las entidades comprendidas en este apartado que deban elaborar programa de actuación plurianual conforme al artículo 65 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, los remitirán conjuntamente con sus presupuestos de explotación y de capital. Estos programas reflejarán los datos económico-financieros provisionales correspondientes los ejercicios 2024, 2025 y 2026, según las líneas estratégicas y objetivos definidos para cada entidad.
Esta documentación, junto con los estados financieros complementarios, se ajustará a los formatos que se detallen en la Resolución que al efecto establezca la Dirección General de Presupuestos.
Asimismo, las entidades incluidas en el presente apartado remitirán a la Secretaría General de Fondos Europeos, antes del 11 de diciembre de 2023, una relación de los proyectos de inversión y otras partidas de gasto que sean susceptibles de ser financiados con fondos de la Unión Europea.
4. Consorcios, universidades públicas no transferidas, fondos sin personalidad jurídica y restantes entidades de derecho público del sector público administrativo estatal con presupuesto estimativo del artículo 2.2.b).2.º de la presente Orden. Las entidades del artículo 2.2.b).2.º de la presente Orden, cumplimentarán y remitirán a la Dirección General de Presupuestos, a través de la oficina presupuestaria del departamento ministerial del que dependan y antes del 11 de diciembre de 2023, sus propuestas de presupuestos de explotación y de capital, que se incorporarán al anteproyecto de Presupuestos Generales del Estado, así como una memoria explicativa de sus contenidos, la ejecución de los presupuestos del ejercicio anterior y la previsión de la ejecución de los del ejercicio corriente.
Adicionalmente, remitirán una descripción de las inversiones que vayan a realizar en el ejercicio, con expresión de los objetivos que se pretenden conseguir, así como un anexo de sus proyectos de inversión territorializados por provincias, con indicación del año de inicio del proyecto.
La codificación de los proyectos susceptibles de ser financiados con cargo a los fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia comenzará por los dígitos 68. Dado que el campo de codificación de los proyectos presenta 4 dígitos (de los que 2 van a ser utilizados para identificar los citados proyectos), en caso de ser necesario se habilitarán los dígitos 69, 70 y así sucesivamente hasta el 77, como identificadores.
Los presupuestos de explotación y capital de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) aprobados por el Consejo Social, o en su defecto el proyecto aprobado por su Consejo de Gobierno, se unirán a los presupuestos de aquellos centros asociados a los que resulte de aplicación la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública aprobada por la Intervención General de la Administración del Estado mediante Resolución de 10 de octubre de 2018, al objeto de su incorporación de forma agregada o consolidada en los Presupuestos Generales del Estado. Adicionalmente la UNED presentará sus presupuestos de forma individualizada.
Toda la documentación anteriormente referida, junto con los estados financieros complementarios, se ajustará a los formatos que se detallen en la Resolución que al efecto establezca la Dirección General de Presupuestos.
Asimismo, las entidades incluidas en el presente apartado, remitirán a la Secretaría General de Fondos Europeos, antes del 11 de diciembre de 2023, una relación de los proyectos de inversión y otras partidas de gasto que sean susceptibles de ser financiados con fondos de la Unión Europea.
5. Articulado del anteproyecto de Ley. Los Ministerios deberán remitir a la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, antes del 11 de diciembre de 2023, exclusivamente por medios electrónicos, las propuestas de normas de contenido presupuestario cuya inclusión en el articulado del anteproyecto de la Ley de Presupuestos consideren procedente, acompañadas de una memoria explicativa de la conexión del articulado propuesto con las habilitaciones de gasto, las previsiones de ingreso o la política económica del Gobierno, cuantificando, en su caso, el efecto de la norma propuesta sobre las cifras de ingresos o gastos que se han de presupuestar.
6. Informe de impacto de género. El Informe de Impacto de Género estará constituido por tres capítulos principales referidos a la Realidad, Representación y Recursos-Resultados.
El apartado de Realidad se realizará en colaboración con el Instituto Nacional de Estadística, trabajando en los indicadores más relevantes con el propósito de realizar un diagnóstico de la realidad de género en la sociedad española. El segundo apartado, relativo a la Representación, analizará la situación y representación de mujeres y hombres en la Administración General del Estado. Por último, el apartado de Recursos-Resultados estará constituido por los informes que los departamentos ministeriales remitan a la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos antes del 11 de diciembre de 2023 analizando el impacto de género de sus programas de gasto, en los términos que se establezcan al efecto por la citada Secretaría de Estado.
Se constituirá un grupo de trabajo integrado por representantes del Ministerio de Igualdad, de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, de la Dirección General de Presupuestos y de la Dirección General de Costes de Personal para conformar la redacción final del Informe del Impacto de Género, que acompañará al anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado.
7. Informe del impacto en la infancia, la adolescencia y la familia. Los Departamentos ministeriales que se establezcan al efecto remitirán a la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos antes del 11 de diciembre de 2023 un informe analizando el impacto de sus programas de gasto en la infancia, la adolescencia y la familia, en los términos que se establezcan por la citada Secretaría de Estado.
Dichos informes constituirán la base para la formulación por parte de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos del Informe del impacto en la infancia, la adolescencia y la familia que acompañará al anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado, a cuyos efectos se constituirá un grupo de trabajo integrado por representantes del Ministerio de Juventud e Infancia, de cualquier otro departamento ministerial que por las competencias en la materia establezca el Ministerio de Hacienda y Función Pública, de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos y de la Dirección General de Presupuestos.
8. Informe de alineamiento de los Presupuestos Generales del Estado con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030. Los departamentos ministeriales remitirán a la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos antes del 11 de diciembre de 2023 un informe analizando la contribución de los programas de gasto a los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en los términos que se establezcan al efecto por la citada Secretaría de Estado.
Dichos informes constituirán la base para la formulación por parte de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos del Informe de alineamiento de los Presupuestos Generales del Estado con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, que acompañará al anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado, a cuyos efectos se constituirá un grupo de trabajo integrado por representantes del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos y de la Dirección General de Presupuestos.
9. Informe de alineamiento de los Presupuestos Generales del Estado con la transición ecológica (en sus dimensiones verde y marrón). Los departamentos ministeriales remitirán a la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos antes del 11 de diciembre de 2023 un informe en el que se incluirá una relación de los gastos consignados en los Presupuestos Generales del Estado que contribuyan al logro de los objetivos medioambientales (dimensión verde), así como de aquellos que afecten negativamente al cumplimiento de los mismos (dimensión marrón), en los términos que se establezcan al efecto por la citada Secretaria de Estado.
Dichos informes constituirán la base para la formulación por parte de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos del Informe de alineamiento de los Presupuestos Generales del Estado con la transición ecológica, a cuyos efectos se constituirá un grupo de trabajo integrado por representantes del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos y de la Dirección General de Presupuestos.
10. Información presupuestaria de juventud. Los departamentos ministeriales que se establezcan al efecto remitirán a la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos antes del 11 de diciembre de 2023 un informe analizando el impacto de sus programas de gasto en la juventud, en los términos que se establezcan por la citada Secretaría de Estado.
Dichos informes constituirán la base para la formulación por parte de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos de la información presupuestaria sobre juventud.
11. Información presupuestaria sobre el Plan de Reto Demográfico. El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico remitirá a la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos antes del 11 de diciembre de 2023 un informe analizando el impacto de los programas de los distintos departamentos ministeriales sobre el Plan de 130 medidas frente al Reto Demográfico aprobado por el Gobierno.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas la Orden HFP/535/2022, de 9 de junio, por la que se dictan las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para 2023, y cuantas normas de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente orden.
Disposición final primera. Funcionamiento de las Comisiones de Análisis de Programas.
Se autoriza a la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos para adaptar el funcionamiento de las Comisiones de Análisis de Programas a que se refiere el artículo 4 apartado 2 de esta Orden a las necesidades del proceso presupuestario.
Disposición final segunda. Tratamiento de la información.
En el ejercicio de su función de coordinación en la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado, la Dirección General de Presupuestos llevará a cabo el tratamiento de toda la información necesaria para la obtención del documento final del proyecto de Presupuestos Generales del Estado.
La Intervención General de la Administración del Estado, de acuerdo con las directrices funcionales de la Dirección General de Presupuestos, asumirá el soporte informático de los Presupuestos Generales del Estado mediante el mantenimiento, desarrollo y explotación de los sistemas informáticos que sean necesarios.
Disposición final tercera. Remisión de las cuentas anuales e informes de auditoría correspondientes al ejercicio 2022.
Las entidades a que se hace referencia en el artículo 2.2.b) de esta Orden remitirán a la Dirección General de Presupuestos en el plazo de un mes desde su aprobación por el órgano correspondiente, y por los medios electrónicos mencionados en la disposición final segunda, copia de las cuentas anuales y del informe de auditoría correspondientes al ejercicio 2022. Igual obligación incumbe a las entidades gestoras de los fondos sin personalidad jurídica del sector público estatal.
Disposición final cuarta. Autorizaciones a la Dirección General de Presupuestos.
Se autoriza a la Dirección General de Presupuestos para:
a) Dictar las normas y realizar las modificaciones que procedan en lo referente a las estructuras por programas y económica, así como a los criterios de imputación de gastos e ingresos, incluyendo aquellas que sean necesarias para recoger las actuaciones que constituyen el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
b) Recabar los informes y estados justificativos necesarios para determinar con exactitud la realidad económico-financiera de los centros gestores incluidos en el Presupuesto, así como para elaborar los informes y memorias que permitan reflejar la contribución del proyecto de ley a las prioridades que se reflejan en los criterios generales de presupuestación recogidos en el artículo 1 de esta Orden.
c) Establecer los soportes de recogida de información y el formato de la documentación a que se hace referencia en el artículo 7 de la presente Orden.
d) Desarrollar la metodología sobre alineamiento de programas de gasto con los objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 2030.
e) Desarrollar la metodología sobre alineamiento de los gastos consignados en los Presupuestos Generales del Estado con la transición ecológica, en sus dimensiones verde y marrón.
f) Recabar de los diferentes centros gestores la información que sea necesaria para el seguimiento de las recomendaciones efectuadas en los procesos de revisión y evaluación del gasto público.
Disposición final quinta. Entrada en vigor.
La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 22 de noviembre de 2023.–La Vicepresidenta Cuarta del Gobierno y Ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero Cuadrado.
ANEXO I
Clasificación por programas de gasto
1. Clasificación por programas de gasto general
De acuerdo con el artículo 6, apartado 1.1.1, de la presente orden, la estructura de programas diferenciará los programas de carácter finalista de los programas instrumentales y de gestión. Esta diferenciación se establece con el cuarto carácter del código de programas: Las letras «A» a «L» identifican a los programas finalistas y las letras «M» a «Z» a los instrumentales y de gestión.
Área de gasto 1. Servicios públicos básicos
11 Justicia.
111 Administración General de Justicia.
111 M Gobierno del Poder Judicial.
111 N Dirección y Servicios Generales de Justicia.
111 O Selección y formación de jueces.
111 P Documentación y publicaciones judiciales.
111 Q Formación del Personal de la Administración de Justicia.
111 R Formación de la Carrera Fiscal.
111 S Protección al informante sobre infracciones y Lucha contra la Corrupción.
112 Administración de Justicia.
112 A Tribunales de Justicia y Ministerio Fiscal.
113 Registros.
113 M Registros vinculados con la Fe Pública.
12 Defensa.
121 Administración General de Defensa.
121 M Administración y Servicios Generales de Defensa.
121 N Formación del Personal de las Fuerzas Armadas.
121 O Personal en reserva.
122 Fuerzas Armadas.
122 A Modernización de las Fuerzas Armadas.
122 B Programas especiales de modernización.
122 M Gastos Operativos de las Fuerzas Armadas.
122 N Apoyo Logístico.
13 Seguridad Ciudadana e Instituciones Penitenciarias.
131 Administración General de Seguridad y Protección Civil.
131 M Dirección y Servicios Generales de Seguridad y Protección Civil.
131 N Formación de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
131 O Fuerzas y Cuerpos en reserva.
131 P Derecho de asilo y apátridas.
132 Seguridad y Orden Público.
132 A Seguridad ciudadana.
132 B Seguridad vial.
132 C Actuaciones policiales en materia de droga.
133 Instituciones Penitenciarias.
133 A Centros e Instituciones Penitenciarias.
134 Protección Civil.
134 M Protección Civil.
135 Protección de datos.
135 M Protección de datos de carácter personal.
14 Política Exterior y de Cooperación para el Desarrollo.
141 Administración General de Relaciones Exteriores.
141 M Dirección y Servicios Generales de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
142 Acción Diplomática y Consular.
142 A Acción del Estado en el Exterior.
142 B Acción Diplomática ante la Unión Europea.
143 Cooperación para el Desarrollo.
143 A Cooperación para el Desarrollo.
144 Cooperación, Promoción y Difusión Cultural y Educativa en el Exterior.
144 A Cooperación, promoción y difusión cultural en el exterior.
144 B Cooperación, promoción y difusión educativa en el exterior.
Área de gasto 2. Actuaciones de protección y promoción social
21 Pensiones.
211 Pensiones contributivas.
211 A Pensiones contributivas de la Seguridad Social.
211 B Pensiones de Clases Pasivas.
211 C Otras pensiones y prestaciones de Clases Pasivas.
212 Pensiones no contributivas y complementos por mínimos.
212 A Pensiones no contributivas y prestaciones asistenciales.
212 B Pensiones de guerra.
212 C Complementos por mínimos de las pensiones contributivas.
219 Gestión de pensiones.
219 M Gestión de las prestaciones económicas de Seguridad Social.
219 N Gestión de pensiones de Clases Pasivas.
22 Otras prestaciones económicas.
221 Prestaciones económicas de la Seguridad Social.
221 A Ingreso mínimo vital y prestaciones familiares.
221 B Subsidios de incapacidad temporal y otras prestaciones económicas de la Seguridad Social.
222 Prestaciones económicas del Mutualismo Administrativo.
222 M Prestaciones económicas del Mutualismo Administrativo.
223 Prestaciones de garantía salarial.
223 A Prestaciones de garantía salarial.
224 Otras prestaciones económicas.
224 A Prestaciones económicas por cese de actividad.
23 Servicios Sociales y Promoción Social.
231 Acción social.
231 A Plan Nacional sobre Drogas.
231 B Acciones en favor de los emigrantes.
231 C Servicios Sociales de la Seguridad Social a personas con discapacidad.
231 D Servicios Sociales de la Seguridad Social a personas mayores.
231 E Otros servicios sociales de la Seguridad Social.
231 F Otros servicios sociales del Estado.
231 G Atención a la infancia y a las familias.
231 H Acciones en favor de los inmigrantes.
231 I Autonomía personal y Atención a la Dependencia.
232 Promoción social.
232 A Promoción y servicios a la juventud.
232 B Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
232 C Actuaciones para la prevención integral de la violencia de género.
232 D Igualdad de trato y diversidad.
232 E Análisis y definición de objetivos y políticas de inclusión.
232 F Derechos de los animales.
232 M Dirección y Servicios Generales de Igualdad.
232 N Dirección y Servicios Generales de Juventud e Infancia.
239 Gestión de servicios sociales y promoción social.
239 M Gestión de los servicios sociales de la Seguridad Social.
239 N Dirección y Servicios Generales de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.
24 Fomento del Empleo.
241 Promoción del empleo y de la inserción laboral.
241 A Fomento de la inserción y estabilidad laboral.
241 B Formación Profesional para el Empleo.
241 N Desarrollo del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas.
25 Desempleo.
251 Asistencia al desempleo.
251 M Prestaciones a los desempleados.
26 Acceso a la vivienda y fomento de la edificación.
261 Acceso a la vivienda y fomento de la edificación.
261 M Dirección y Servicios Generales de Vivienda y Agenda Urbana.
261 N Promoción, administración y ayudas para rehabilitación y acceso a vivienda.
261 O Ordenación y fomento de la edificación.
261 P Urbanismo y política del suelo.
28 Gestión y administración de Trabajo y Economía Social.
281 Administración General de Trabajo y Economía Social.
281 M Dirección y Servicios Generales de Trabajo y Economía Social.
29 Gestión y administración de la Inclusión, de la Seguridad Social y de la Migración.
291 Administración General de la Inclusión, de la Seguridad Social y de la Migración.
291 A Inspección y control de Seguridad y Protección Social.
291 M Dirección y Servicios Generales de la Inclusión, de la Seguridad Social y de la Migración.
Área de gasto 3. Producción de bienes públicos de carácter preferente
31 Sanidad.
310 Sanidad. Fondos de recuperación procedentes de la UE.
310 B Sanidad. Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa (REACT-EU).
311 Administración General de Sanidad.
311 M Dirección y Servicios Generales de Sanidad.
311 O Políticas de Salud y Ordenación Profesional.
312 Hospitales, servicios asistenciales y centros de salud.
312 A Asistencia hospitalaria en las Fuerzas Armadas.
312 B Atención primaria de salud. Instituto Nacional de Gestión Sanitaria.
312 C Atención especializada de salud. Instituto Nacional de Gestión Sanitaria.
312 D Medicina marítima.
312 E Asistencia sanitaria del Mutualismo Administrativo.
312 F Atención primaria de salud de Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social e Instituto Social de la Marina.
312 G Atención especializada de salud de Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social e Instituto Social de la Marina.
313 Acciones públicas relativas a la salud.
313 A Prestaciones sanitarias y farmacia.
313 B Salud pública, sanidad exterior y calidad.
313 C Seguridad alimentaria y nutrición.
313 D Donación y trasplante de órganos, tejidos y células.
313 E Salud Digital, Información e Innovación del Sistema Nacional de Salud.
32 Educación.
321 Administración General de Educación, Formación Profesional y Deportes.
321 M Dirección y Servicios Generales de Educación, Formación Profesional y Deportes.
321 N Formación permanente del profesorado de Educación.
322 Enseñanza.
322 A Educación Infantil y Primaria.
322 B Educación Secundaria, Formación Profesional y Escuelas Oficiales de Idiomas.
322 C Enseñanzas universitarias.
322 E Enseñanzas artísticas.
322 F Educación en el exterior.
322 G Educación compensatoria.
322 I Enseñanzas especiales.
322 L Inversiones en centros educativos y otras actividades educativas.
323 Promoción educativa.
323 M Becas y ayudas a estudiantes.
33 Cultura.
331 Administración General de Cultura.
331 M Dirección y Servicios Generales de Cultura.
332 Bibliotecas y archivos.
332 A Archivos.
332 B Bibliotecas.
333 Museos y artes plásticas.
333 A Museos.
333 B Exposiciones.
334 Promoción cultural.
334 A Promoción y cooperación cultural.
334 B Promoción del libro y publicaciones culturales.
334 C Fomento de las industrias culturales.
335 Artes escénicas.
335 A Música y danza.
335 B Teatro.
335 C Cinematografía.
336 Deportes y educación física.
336 A Fomento y apoyo de las actividades deportivas.
337 Arqueología y protección del Patrimonio Histórico-Artístico.
337 A Administración del Patrimonio Histórico-Nacional.
337 B Conservación y restauración de bienes culturales.
337 C Protección del Patrimonio Histórico.
337 D Administración de los Reales Patronatos.
Área de gasto 4. Actuaciones de carácter económico
41 Agricultura, Pesca y Alimentación.
411 Administración General de Agricultura, Pesca y Alimentación.
411 M Dirección y Servicios Generales de Agricultura, Pesca y Alimentación.
412 Mejoras de las estructuras agrarias y de los sistemas productivos.
412 C Competitividad y calidad de la producción y los mercados agrarios.
412 D Competitividad y calidad de la sanidad agraria.
412 M Regulación de los mercados agrarios.
413 Competitividad industrial agroalimentaria y calidad alimentaria.
413 A Competitividad industria agroalimentaria y calidad alimentaria.
414 Desarrollo rural.
414 A Gestión de recursos hídricos para el regadío, caminos naturales y otras infraestructuras rurales.
414 B Desarrollo del medio rural.
415 Protección y desarrollo de recursos pesqueros y mejora de estructuras.
415 A Protección de los recursos pesqueros y desarrollo sostenible.
415 B Mejora de estructuras y mercados pesqueros.
416 Previsión de riesgos en las producciones agraria y pesquera.
416 A Previsión de riesgos en las producciones agrarias y pesqueras.
42 Industria y Energía.
421 Actuaciones administrativas sobre la Industria y la Energía.
421 M Dirección y Servicios Generales de Industria y Turismo.
421 N Regulación y protección de la propiedad industrial.
421 O Calidad y seguridad industrial.
422 Reconversión y desarrollo industrial.
422 A Incentivos regionales a la localización industrial.
422 B Desarrollo industrial.
422 M Reconversión y reindustrialización.
423 Fomento de la minería y de las comarcas mineras.
423 M Desarrollo alternativo de las comarcas mineras del carbón.
423 N Explotación minera.
423 O Desarrollo económico de las comarcas mineras del carbón.
424 Protección y Seguridad Nuclear.
424 M Seguridad nuclear y protección radiológica.
425 Ordenación y eficiencia energética.
425 A Normativa y desarrollo energético.
43 Comercio, Turismo y PYMES.
431 Comercio.
431 A Promoción comercial e internacionalización de la empresa.
431 N Ordenación del comercio exterior.
431 O Ordenación y modernización de las estructuras comerciales.
432 Ordenación y promoción turística.
432 A Coordinación y promoción del turismo.
433 Desarrollo empresarial.
433 M Apoyo a la pequeña y mediana empresa.
44 Subvenciones al transporte.
441 Subvenciones al transporte.
441 M Subvenciones y apoyo al transporte terrestre.
441 N Subvenciones y apoyo al transporte marítimo.
441 O Subvenciones y apoyo al transporte aéreo.
441 P Subvenciones al transporte extrapeninsular de mercancías.
45 Infraestructuras y Ecosistemas resilientes.
451 Administración general de Infraestructuras.
451 M Estudios y servicios de asistencia técnica en Obras Públicas y Urbanismo.
451 N Dirección y Servicios Generales de Transportes, Movilidad Sostenible.
451 O Dirección y Servicios Generales para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
452 Recursos hidráulicos.
452 A Gestión e infraestructuras del agua.
452 M Normativa y ordenación territorial de los recursos hídricos.
453 Infraestructuras del transporte terrestre.
453 A Infraestructura del transporte ferroviario.
453 B Creación de infraestructura de carreteras.
453 C Conservación y explotación de carreteras.
453 M Ordenación e inspección del transporte terrestre.
453 N Regulación y supervisión de la seguridad ferroviaria.
453 O Comisión de investigación de accidentes ferroviarios.
454 Infraestructuras del transporte marítimo.
454 M Regulación y seguridad del tráfico marítimo.
454 O Comisión de investigación de accidentes e incidentes marítimos.
455 Infraestructuras del transporte aéreo.
455 M Regulación y supervisión de la aviación civil.
455 O Comisión de investigación de accidentes e incidentes de aviación civil.
456 Actuaciones medioambientales.
456 A Calidad del agua.
456 B Protección y mejora del medio ambiente.
456 C Protección y mejora del medio natural.
456 D Actuación en la costa.
456 E Reto demográfico y lucha contra la despoblación.
456 M Actuaciones para la prevención de la contaminación y el cambio climático.
456 N Transición justa.
457 Actuaciones en comarcas mineras del carbón.
457 M Infraestructuras en comarcas mineras del carbón.
46 Investigación, desarrollo, innovación y digitalización.
461 Administración General de Ciencia, Innovación, Universidades y Transformación Digital.
461 M Dirección y Servicios Generales de Ciencia, Innovación y Universidades.
461 N Dirección y Servicios Generales de Transformación Digital.
462 Investigación y estudios relacionados con los servicios públicos generales.
462 M Investigación y estudios sociológicos y constitucionales.
462 N Investigación y estudios estadísticos y económicos.
463 Investigación básica.
463 A Investigación científica.
463 B Fomento y coordinación de la investigación científica y técnica.
464 Investigación y desarrollo relacionados con la defensa.
464 A Investigación y estudios de las Fuerzas Armadas.
464 B Apoyo a la innovación tecnológica en el sector de la defensa.
465 Investigación y desarrollo relacionados con la salud.
465 A Investigación sanitaria.
467 Investigación y desarrollo en otros sectores.
467 B Investigación, desarrollo y experimentación en transporte e infraestructuras.
467 C Investigación y desarrollo tecnológico-industrial.
467 D Investigación y experimentación agraria.
467 E Investigación oceanográfica y pesquera.
467 F Investigación geológico-minera y medioambiental.
467 G Investigación y desarrollo de la Sociedad de la Información.
467 H Investigación energética, medioambiental y tecnológica.
467 I Innovación tecnológica de las telecomunicaciones.
49 Otras actuaciones de carácter económico.
491 Comunicaciones.
491 M Ordenación y promoción de las telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información.
491 N Servicio postal universal.
492 Defensa de la competencia.
492 M Defensa de la competencia en los mercados y regulación de sectores productivos.
492 N Regulación y vigilancia de la competencia en el Mercado de Tabacos.
492 O Protección y promoción de los derechos de los consumidores y usuarios.
493 Ordenación del sector financiero.
493 M Dirección, control y gestión de seguros.
493 O Regulación contable y de auditorías.
494 Relaciones laborales.
494 M Administración de las relaciones laborales y condiciones de trabajo.
495 Cartografía, meteorología y metrología.
495 A Desarrollo y aplicación de la información geográfica española.
495 B Meteorología.
495 C Metrología.
496 Ordenación del sector del juego.
496 M Regulación del juego.
497 Servicios Marítimos.
497 M Salvamento y lucha contra la contaminación en la mar.
Área de gasto 9. Actuaciones de carácter general
91 Órganos constitucionales, Gobierno y otros.
911 Alta Dirección del Estado.
911 M Jefatura del Estado.
911 N Actividad legislativa.
911 O Control externo del Sector Público.
911 P Control Constitucional.
911 Q Apoyo a la gestión administrativa de la Jefatura del Estado.
912 Alta Dirección del Gobierno.
912 M Presidencia del Gobierno.
912 N Alto asesoramiento del Estado.
912 O Relaciones con las Cortes Generales, Secretariado del Gobierno y apoyo a la Alta Dirección.
912 P Asesoramiento del Gobierno en materia social, económica y laboral.
912 Q Asesoramiento para la protección de los intereses nacionales.
92 Servicios de carácter general.
921 Administración General.
921 M Dirección y Servicios Generales de Política Territorial y Memoria Democrática.
921 N Dirección y organización de la Administración Pública.
921 O Formación del personal de las Administraciones Públicas.
921 P Administración General del Estado en el Territorio.
921 Q Cobertura informativa.
921 R Publicidad de las normas legales.
921 S Asesoramiento y defensa de los intereses del Estado.
921 T Servicios de transportes de Ministerios.
921 U Publicaciones.
921 X Evaluación de la transparencia de la actividad pública.
921 Y Agenda 2030.
922 Coordinación y organización territorial del Estado.
922 M Organización territorial del Estado y desarrollo de sus sistemas de colaboración.
922 N Coordinación y relaciones financieras con los Entes Territoriales.
923 Administración General de Economía y Hacienda.
923 A Gestión del Patrimonio del Estado.
923 C Elaboración y difusión estadística.
923 M Dirección y Servicios Generales de Hacienda y Función Pública.
923 N Formación del personal de Economía y Hacienda.
923 O Gestión de la Deuda y de la Tesorería del Estado.
923 P Relaciones con Instituciones Financieras Multilaterales.
923 Q Dirección y Servicios Generales de Economía, Comercio y Empresa.
923 R Contratación Centralizada.
923 S Aportaciones al Mutualismo Administrativo.
924 Participación ciudadana.
924 M Elecciones y Partidos Políticos.
925 Memoria Democrática.
925 M Memoria Democrática.
929 Imprevistos, situaciones transitorias y contingencias de ejecución.
929 N Fondo de contingencia de ejecución presupuestaria.
93 Administración financiera y tributaria.
931 Política Económica y Fiscal.
931 M Previsión y política económica.
931 N Política presupuestaria.
931 O Política tributaria.
931 P Control interno y Contabilidad Pública.
931 Q Control y Supervisión de la Política Fiscal.
932 Gestión del Sistema Tributario.
932 A Aplicación del sistema tributario estatal.
932 M Gestión del catastro inmobiliario.
932 N Resolución de reclamaciones económico-administrativas.
94 Transferencias a otras administraciones públicas.
941 Transferencias a Comunidades Autónomas.
941 M Transferencias a Comunidades Autónomas por participación en los ingresos del Estado.
941 N Transferencias a Comunidades Autónomas por los Fondos de Compensación Interterritorial.
941 O Otras transferencias a Comunidades Autónomas.
942 Transferencias a Entidades Locales.
942 A Cooperación económica local del Estado.
942 M Transferencias a Entidades Locales por participación en los ingresos del Estado.
942 N Otras transferencias a Entidades Locales.
943 Relaciones financieras con la Unión Europea.
943 M Transferencias al Presupuesto General de la Unión Europea.
943 N Cooperación a través del Fondo Europeo de Desarrollo y del Fondo Europeo de Apoyo a la Paz.
95 Deuda pública.
951 Deuda pública.
951 M Amortización y gastos financieros de la deuda pública en euros.
951 N Amortización y gastos financieros de la deuda pública en moneda extranjera.
2. Clasificación por programas de gasto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
De acuerdo con el artículo 6, apartado 1.1.2, de la presente orden, la estructura de programas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia se elaborará de acuerdo a las siguientes normas:
1. Los programas se estructurarán en áreas de gasto y políticas de gasto (primer y segundo carácter) de acuerdo con la clasificación que se recoge en el apartado 1. Clasificación por programas de gasto general del presente anexo.
2. Los créditos identificarán el grupo de programas (tercer carácter) con un componente del plan con el siguiente criterio:
i. Componente 1: letra A.
ii. Componente 2: letra B.
iii. Componente 3: letra C.
iv. Componente 4: letra D.
v. Componente 5: letra E.
vi. Componente 6: letra F.
vii. Componente 7: letra G.
viii. Componente 8: letra H.
ix. Componente 9: letra I.
x. Componente 10: letra J.
xi. Componente 11: letra K.
xii. Componente 12: letra L.
xiii. Componente 13: letra M.
xiv. Componente 14: letra N.
xv. Componente 15: letra O.
xvi. Componente 16: letra P.
xvii. Componente 17: letra Q.
xviii. Componente 18: letra R.
xix. Componente 19: letra S.
xx. Componente 20: letra T.
xxi. Componente 21: letra U.
xxii. Componente 22: letra V.
xxiii. Componente 23: letra W.
xxiv. Componente 24: letra X.
xxv. Componente 25: letra Y.
xxvi. Componente 26: letra Z.
xxvii. Componente 31: letra Ñ.
3. Los programas (cuarto carácter) se asignarán con una inversión o reforma del plan con el siguiente criterio:
i. Inversión 1: letra A.
ii. Inversión 2: letra B.
iii. Inversión 3: letra C.
iv. Inversión 4: letra D.
v. Inversión 5: letra E.
vi. Inversión 6: letra F.
vii. Inversión 7: letra G.
viii. Inversión 8: letra H.
ix. Inversión 9: letra I.
x. Inversión 10: letra J.
xi. Inversión 11: letra K.
xii. Reforma 1: letra R.
xiii. Reforma 2: letra S.
xiv. Reforma 3: letra T.
xv. Reforma 4: letra U.
xvi. Reforma 5: letra V.
xvii. Reforma 6: letra W.
xviii. Reforma 7: letra X.
xix. Reforma 8: letra Y.
xx. Reforma 9: letra Z.
4. En el literal del programa deberá aparecer una referencia al código del componente y la inversión o reforma.
5. Las inversiones o reformas de cada componente estarán asignadas a la política que lidere la entidad decisora responsable de la planificación y seguimiento de las inversiones o reformas y del cumplimiento de los hitos y objetivos de las mismas.
Área de gasto 1. Servicios públicos básicos
11 Justicia.
11K Modernización de las Administraciones Públicas. Justicia.
11KB C11.I02 Proyectos tractores de digitalización de la Administración General del Estado. Justicia.
12 Defensa.
12K Modernización de las Administraciones Públicas. Defensa.
12KB C11.I02 Proyectos tractores de digitalización de la Administración General del Estado. Defensa.
12KF C11.I06 Instrumento de resiliencia y seguridad. Defensa.
12S Plan Nacional de Competencias Digitales (digital skills). Defensa.
12SC C19.I03 Competencias digitales para el empleo. Defensa.
13 Seguridad Ciudadana e Instituciones Penitenciarias.
13K Modernización de las Administraciones Públicas. Seguridad Ciudadana e Instituciones Penitenciarias.
13KB C11.I02 Proyectos tractores de digitalización de la Administración General del Estado. Seguridad Ciudadana e Instituciones Penitenciarias.
13S Plan Nacional de Competencias Digitales (digital skills). Seguridad Ciudadana e Instituciones Penitenciarias.
13SC C19.I03 Competencias digitales para el empleo. Seguridad Ciudadana e Instituciones Penitenciarias.
14 Política Exterior y de Cooperación para el Desarrollo.
14K Modernización de las Administraciones Públicas. Política Exterior.
14KB C11.I02 Proyectos tractores de digitalización de la Administración General del Estado. Política exterior.
14S Plan Nacional de Competencias Digitales (digital skills). Política Exterior.
14SA C19.I01 Competencias digitales transversales. Política Exterior.
14SB C19.I02 Transformación Digital de la Educación. Política Exterior.
14X Revalorización de la Industria Cultural. Política Exterior.
14XA C24.I01 Impulso de la competitividad de las industrias culturales. Política Exterior.
14XC C24.I03 Digitalización e impulso de los grandes servicios culturales. Política Exterior.
14Y España hub audiovisual de Europa (Spain AVS Hub). Política Exterior.
14YA C25.I01 Programa de fomento, modernización y digitalización del sector audiovisual. Política Exterior.
Área de gasto 2. Actuaciones de protección y promoción social
22 Otras prestaciones económicas.
22K Modernización de las Administraciones Públicas. Otras Prestaciones Económicas.
22KB C11.I02 Proyectos tractores de digitalización de la Administración General del Estado. Otras Prestaciones Económicas.
23 Servicios Sociales y Promoción Social.
23K Modernización de las Administraciones Públicas. Servicios Sociales y Promoción Social.
23KB C11.I02 Proyectos tractores de digitalización de la Administración General del Estado. Servicios Sociales y Promoción Social.
23R Renovación y Ampliación de las Capacidades del Sistema Nacional de Salud. Servicios Sociales y Promoción Social.
23RB C18.I02 Acciones para reforzar la prevención y promoción de la Salud. Servicios Sociales y Promoción Social.
23V Plan de choque para la economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de inclusión. Servicios Sociales y Promoción Social.
23VA C22.I01 Plan de apoyos y cuidados de larga duración: Desinstitucionalización, equipamientos y tecnología.
23VB C22.I02 Plan de Modernización de los Servicios Sociales: Transformación tecnológica, innovación, formación y refuerzo de la atención a la infancia.
23VC C22.I03 Plan España País Accesible.
23VD C22.I04 Plan España te protege contra la violencia machista.
23VE C22.I05 Incremento de la capacidad y eficiencia del sistema de acogida de solicitantes de asilo.
23VV C22.R05 Mejorar el sistema de prestaciones económicas no contributivas de la Administración General del Estado.
23W Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo. Servicios Sociales y Promoción Social.
23WG C23.I07 Fomento del crecimiento inclusivo mediante la vinculación de las políticas de inclusión social al Ingreso Mínimo Vital.
24 Fomento del Empleo.
24K Modernización de las Administraciones Públicas. Fomento del Empleo.
24KB C11.I02 Proyectos tractores de digitalización de la Administración General del Estado. Fomento del Empleo.
24S Plan Nacional de Competencias Digitales (digital skills). Fomento del Empleo.
24SC C19.I03 Competencias digitales para el empleo. Fomento del Empleo.
24T Plan estratégico de impulso de la Formación Profesional. Fomento del Empleo.
24TA C20.I01 Reskilling y upskilling de la población activa ligado a cualificaciones profesionales. Fomento del Empleo.
24W Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo. Fomento del Empleo.
24WA C23.I01 Empleo Joven.
24WB C23.I02 Empleo Mujer y transversalidad de género en las políticas públicas de apoyo a la activación para el empleo.
24WC C23.I03 Adquisición de nuevas competencias para la transformación digital, verde y productiva.
24WD C23.I04 Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad.
24WE C23.I05 Gobernanza e impulso a las políticas de apoyo a la activación para el empleo.
26 Acceso a la vivienda y fomento de la edificación.
26B Plan de rehabilitación de vivienda y regeneración urbana. Acceso a la vivienda y fomento de la edificación.
26BA C02.I01 Programa de rehabilitación para la recuperación económica y social en entornos residenciales.
26BB C02.I02 Programa de construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes.
26BE C02.I05 Programa de rehabilitación sostenible y digital de edificios públicos.
26BF C02.I06 Programa de ayudas para la elaboración de proyectos piloto de planes de acción local de la Agenda Urbana Española.
26BG C02.I07 Mecanismo de Préstamos ICO para la promoción de vivienda social.
28 Gestión y Administración de Trabajo y Economía Social.
28K Modernización de las Administraciones Públicas. Gestión y Administración de Trabajo y Economía Social.
28KB C11.I02 Proyectos tractores de digitalización de la Administración General del Estado. Gestión y Administración de Trabajo y Economía Social.
28W Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo. Gestión y Administración de Trabajo y Economía Social.
28WF C23.I06 Plan integral de impulso a la Economía Social para la generación de un tejido económico inclusivo y sostenible.
29 Gestión y Administración de la Inclusión, de la Seguridad Social y de la Migración.
29K Modernización de las Administraciones Públicas. Gestión y Administración de la Inclusión, de la Seguridad Social y de la Migración.
29KB C11.I02 Proyectos tractores de digitalización de la Administración General del Estado. Gestión y Administración de la Inclusión, de la Seguridad Social y de la Migración.
29S Plan Nacional de Competencias Digitales (digital skills). Gestión y Administración de la Inclusión, de la Seguridad Social y de la Migración.
29SC C19.I03 Competencias digitales para el empleo. Gestión y Administración de la Inclusión, de la Seguridad Social y de la Migración.
Área de gasto 3. Producción de bienes públicos de carácter preferente
31 Sanidad.
31K Modernización de las Administraciones Públicas. Sanidad.
31KB C11.I02 Proyectos tractores de digitalización de la Administración General del Estado. Sanidad.
31KC C11.I03 Transformación Digital y Modernización de la AGE, CCAA y EELL. Sanidad.
31R Renovación y ampliación de las capacidades del Sistema Nacional de Salud. Sanidad.
31RA C18.I01 Plan de inversión en equipos de alta tecnología en el Sistema Nacional de Salud. Sanidad.
31RB C18.I02 Acciones para reforzar la prevención y promoción de la Salud. Sanidad.
31RC C18.I03 Aumento de capacidades de respuesta ante crisis sanitarias. Sanidad.
31RD C18.I04 Formación de profesionales sanitarios y recursos para compartir conocimiento.
31RE C18.I05 Plan para la racionalización del consumo de productos farmacéuticos y fomento de la sostenibilidad.
31S Plan Nacional de Competencias Digitales (digital skills). Sanidad.
31SC C19.I03 Competencias digitales para el empleo. Sanidad.
32 Educación.
32S Plan Nacional de Competencias Digitales (digital skills). Educación.
32SA C19.I01 Competencias digitales transversales. Educación.
32SB C19.I02 Transformación Digital de la Educación. Educación.
32T Plan estratégico de impulso de la Formación Profesional. Educación.
32TA C20.I01 Reskilling y upskilling de la población activa ligado a cualificaciones profesionales. Educación.
32TB C20.I02 Transformación Digital de la Formación Profesional.
32TC C20.I03 Innovación e internacionalización de la formación profesional.
32TR C20.R01 Plan de modernización de la Formación Profesional.
32U Modernización y digitalización del sistema educativo, incluida la educación temprana de 0 a 3 años. Educación.
32UA C21.I01 Creación de plazas del Primer Ciclo de Educación Infantil de titularidad pública (prioritariamente de 1 y 2 años): Reforma/rehabilitación y equipamiento para nuevas unidades; nueva construcción y equipamiento; y, gastos de personal y otros gastos.
32UB C21.I02 Programa de Orientación, Avance y Enriquecimiento Educativo en centros de especial complejidad educativa (Programa #PROA+).
32UC C21.I03 Creación de Unidades de Acompañamiento y Orientación Personal y Familiar del alumnado educativamente vulnerable, en los servicios educativos o psicopedagógicos situados en zonas y distritos escolares.
32UF C21.I06 Plan para el desarrollo de microcredenciales universitarias.
32US C21.R02 Diseño y aplicación de nuevo modelo curricular por competencias clave, priorizando aprendizajes fundamentales, y regulación de una ordenación académica inclusiva.
33 Cultura.
33S Plan Nacional de Competencias Digitales (digital skills). Cultura.
33SC C19.I03 Competencias digitales para el empleo. Cultura.
33X Revalorización de la industria cultural. Cultura.
33XA C24.I01 Impulso de la competitividad de las industrias culturales. Cultura.
33XB C24.I02 Dinamización de la cultura a lo largo del territorio.
33XC C24.I03 Digitalización e impulso de los grandes servicios culturales. Cultura.
33Y España hub audiovisual de Europa (Spain AVS Hub). Cultura.
33YA C25.I01 Programa de fomento, modernización y digitalización del sector audiovisual. Cultura.
33Z Plan de fomento del sector del deporte. Cultura.
33ZA C26.I01 Plan de Digitalización del Sector Deporte.
33ZB C26.I02 Plan de Transición Ecológica de Instalaciones Deportivas.
33ZC C26.I03 Plan Social del Sector Deporte.
Área de gasto 4. Actuaciones de carácter económico
41 Agricultura, Pesca y Alimentación.
41C Transformación ambiental y digital del sistema agroalimentario y pesquero. Agricultura, Pesca y Alimentación.
41CA C03.I01 Plan para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos.
41CB C03.I02 Plan de Impulso de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería (I): Modernizar los laboratorios de sanidad animal y vegetal.
41CC C03.I03 Plan de Impulso de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería (II): Reforzar sistemas de capacitación y bioseguridad en viveros y explotaciones ganaderas.
41CD C03.I04 Plan de Impulso de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería (III): Inversiones en agricultura de precisión, eficiencia energética y economía circular.
41CE C03.I05 Estrategia de Digitalización del sector Agroalimentario y Forestal y del Medio Rural: Desarrollo de actuaciones para dar apoyo a la digitalización y el emprendimiento del sector agroalimentario y forestal y del medio rural.
41CF C03.I06 Plan de impulso a la sostenibilidad, investigación, innovación y digitalización del sector pesquero (I): Modernización de la Red de Reservas Marinas de Interés Pesquero.
41CG C03.I07 Plan de impulso a la sostenibilidad, investigación, innovación y digitalización del sector pesquero (II): Impulso de la investigación pesquera y acuícola y apoyo a la formación.
41CH C03.I08 Plan de impulso a la sostenibilidad, investigación, innovación y digitalización del sector pesquero (III): Desarrollo tecnológico e innovación en el sector pesquero y acuícola.
41CI C03.I09 Plan de impulso a la sostenibilidad, investigación, innovación y digitalización del sector pesquero (IV): Digitalización y uso de TICs en el sector pesquero.
41CJ C03.I10 Plan de impulso a la sostenibilidad, investigación, innovación y digitalización del sector pesquero (V): Apoyo a la lucha contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada.
41CK C03.I11 Plan de impulso a la sostenibilidad, investigación, innovación y digitalización del sector pesquero (VI): Apoyo a la financiación del Sector Pesquero.
41CL C03.I12 Plan para la mejora de la eficiencia y sostenibilidad e regadíos.
41K Modernización de las Administraciones Públicas. Agricultura y Alimentación.
41KB C11.I02 Proyectos tractores de digitalización de la Administración General del Estado. Agricultura y Alimentación.
42 Industria y Energía.
42A Plan de choque de movilidad sostenible, segura y conectada en entornos urbanos y metropolitanos. Industria y Energía.
42AB C01.I02 Plan de incentivos a la instalación de puntos de recarga, a la adquisición de vehículos eléctricos y de pila de combustible y a la innovación en electromovilidad, recarga e hidrógeno verde.
42B Plan de rehabilitación de vivienda y regeneración urbana. Industria y Energía.
42BC C02.I03 Programa de rehabilitación energética de edificios (PREE).
42BD C02.I04 Programa de regeneración y reto demográfico.
42G Despliegue masivo del parque de generación renovable. Industria y Energía.
42GA C07.I01 Desarrollo de energías renovables innovadoras, integradas en la edificación y en los procesos productivos.
42GB C07.I02 Energía sostenible en las islas.
42GT C07.R03 Desarrollo de las comunidades energéticas.
42H Infraestructuras eléctricas, promoción de redes inteligentes y despliegue de la flexibilidad y el almacenamiento. Industria y Energía.
42HA C08.I01 Despliegue del almacenamiento energético.
42HB C08.I02 Digitalización de las redes.
42HC C08.I03 Nuevos modelos de negocio en la transición energética.
42I Hoja de ruta del hidrógeno renovable y su integración sectorial. Industria y Energía.
42IA C09.I01 Hidrógeno renovable: un proyecto país.
42J Estrategia de Transición Justa. Industria y Energía.
42JA C10.I01 Inversiones en transición justa.
42K Modernización de las Administraciones Públicas. Industria y Energía.
42KD C11.I04 Plan de Transición Energética en la Administración General del Estado.
42L Política Industrial España 2030. Industria y Energía.
42LB C12.I02 Programa de impulso de la Competitividad y Sostenibilidad Industrial e I+D+i.
42M Impulso a la PYME. Industria y Energía.
42MA C13.I01 Emprendimiento. Industria.
42MB C13.I02 Crecimiento. Industria.
42ME C13.I05 Internacionalización. Industria.
42Ñ Capítulo Repower UE. Industria y Energía.
42ÑA C31.I01 Autoconsumo renovable, almacenamiento detrás del contador y comunidades energéticas.
42ÑB C31.I02 Esquema para apoyar la producción y consumo de hidrógeno renovable.
42ÑC C31.I03 Esquema para apoyar la cadena de valor de las energías renovables y el almacenamiento.
42ÑD C31.I04 Infraestructuras eléctricas.
43 Comercio, Turismo y PYMES.
43L Política Industrial España 2030. Comercio, Turismo y PYMES.
43LB C12.I02 Programa de impulso de la Competitividad y Sostenibilidad Industrial. Comercio, Turismo y PYMES.
43M Impulso a la PYME. Comercio, Turismo y PYMES.
43MA C13.I01 Emprendimiento. PYMES.
43MB C13.I02 Crecimiento. PYMES.
43MC C13.I03 Digitalización e Innovación I. PYMES.
43MD C13.I04 Apoyo al Comercio.
43ME C13.I05 Internacionalización. PYMES.
43MH C13.I08 Fondo de Coinversión (FOCO).
43MK C13.I11 Instrumento de Garantía SGR-CERSA.
43ML C13.I12 Fondo de Emprendimiento y de la Pequeña y Mediana Empresa.
43N Plan de modernización y competitividad del sector turístico. Comercio, Turismo y PYMES.
43NA C14.I01 Transformación del modelo turístico hacia la sostenibilidad.
43NB C14.I02 Programa de digitalización e inteligencia para destinos y sector turístico. Comercio, Turismo y PYMES.
43NC C14.I03 Estrategias de resiliencia turística para territorios extrapeninsulares.
43ND C14.I04 Actuaciones especiales en el ámbito de la competitividad.
45 Infraestructuras y Ecosistemas resilientes.
45A Plan de choque de movilidad sostenible, segura y conectada en entornos urbanos y metropolitanos. Infraestructuras y Ecosistemas Resilientes.
45AA C01.I01 Zonas de bajas emisiones y transformación del transporte urbano y metropolitano. Infraestructuras y Ecosistemas Resilientes.
45AC C01.I03 Actuaciones de mejora de la calidad y fiabilidad en el servicio de Cercanías.
45D Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad. Infraestructuras y Ecosistemas Resilientes.
45DA C04.I01 Digitalización y conocimientos del patrimonio natural.
45DB C04.I02 Conservación de la biodiversidad terrestre marina.
45DC C04.I03 Restauración de ecosistemas e infraestructura verde.
45DD C04.I04 Gestión forestal sostenible.
45E Preservación del espacio litoral y los recursos hídricos. Infraestructuras y Ecosistemas Resilientes.
45EA C05.I01 Materialización de actuaciones de depuración, saneamiento, eficiencia, ahorro, reutilización y seguridad de infraestructuras (DSEAR).
45EB C05.I02 Seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales, recuperación de acuíferos y mitigación del riesgo de inundación.
45EC C05.I03 Transición digital en el sector del agua. Infraestructuras y Ecosistemas Resilientes.
45ED C05.I04 Adaptación de la costa al cambio climático e implementación de las Estrategias Marinas y de los planes de ordenación del espacio marítimo.
45EE C05.I05 Recuperación de acuíferos con recursos alternativos.
45EF C05.I06 Digitalizacións usos del agua.
45F Movilidad sostenible, segura y conectada. Infraestructuras y Ecosistemas Resilientes.
45FA C06.I01 Red nacional de transporte: Corredores europeos.
45FB C06.I02 Red Transeuropea de Transporte. Otras actuaciones. Infraestructuras y Ecosistemas Resilientes.
45FC C06.I03 Intermodalidad y logística.
45FD C06.I04 Programa de apoyo para un transporte sostenible y digital.
45L Política Industrial España 2030. Infraestructuras y Ecosistemas Resilientes.
45LC C12.I03 Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos y al fomento de la economía circular.
45LE C12.I05 Esquema de ayudas para sectores clave de la Economía Circular.
45S Plan Nacional de Competencias Digitales (digital skills). Transportes y Movilidad.
45SA C19.I01 Competencias digitales transversales. Transición Ecológica.
45SC C19.I03 Competencias digitales para el empleo. Transportes y Movilidad.
46 Investigación, desarrollo, innovación y digitalización.
46A Plan de Choque de Movilidad Sostenible, Segura y Conectada en Entornos Urbanos y Metropolitanos. I+D+i+Digitalización.
46AA C01.I01 Zonas de bajas emisiones y transformación del transporte urbano y metropolitano. I+D+i+Digitalización.
46F Movilidad Sostenible, Segura y Conectada. I+D+i+Digitalización.
46FB C06.I02 Red Transeuropea de Transporte. Otras actuaciones. I+D+i+Digitalización.
46K Modernización de las Administraciones Públicas. I+D+i+Digitalización.
46KA C11.I01 Modernización de la Administración General del Estado. I+D+i+Digitalización.
46KF C11.I06 Instrumento de resiliencia y seguridad. I+D+i+Digitalización.
46L Política Industrial España 2030. I+D+i+Digitalización.
46LA C12.I01 Espacios de datos sectoriales (contribución a proyectos tractores de digitalización de los sectores productivos estratégicos).
46LB C12.I02 Programa de impulso de la Competitividad y Sostenibilidad Industrial. I+D+i+Digitalización.
46LD C12.I04 PERTE CHIP: Fortalecimiento de la cadena de valor de la industria de los semiconductores.
46LF C12.I06 Régimen de subvenciones para respaldar los proyectos estratégicos en la cadena de valor de los vehículos eléctricos (ayudas).
46LG C12.I07 Régimen de subvenciones para respaldar los proyectos estratégicos en la cadena de valor de los vehículos eléctricos y del sector agroalimentario (préstamos).
46M Impulso a la PYME. I+D+i+Digitalización.
46MA C13.I01 Emprendimiento. I+D+i+Digitalización.
46MC C13.I03 Digitalización e Innovación I. I+D+i+Digitalización.
46ME C13.I05 Internacionalización. I+D+i+Digitalización.
46MF C13.I06 Fondos ICO de apoyo a empresas.
46MG C13.I07 Fondo para escalar startups tecnológicas: Next Tech.
46MM C13.I13 Fondo de Resiliencia Autónomica.
46N Plan de modernización y competitividad del sector turístico. I+D+i+Digitalización.
46NB C14.I02 Programa de digitalización e inteligencia para destinos y sector turístico. I+D+i+Digitalización.
46O Conectividad Digital, impulso de la ciberseguridad y despliegue del 5G. I+D+i+Digitalización.
46OA C15.I01 Favorecer la vertebración territorial mediante despliegue de redes: Extensión de la banda ancha ultrarrápida y cobertura en movilidad de 30 Mbps.
46OB C15.I02 Refuerzo de conectividad en centros de referencia, motores socioeconómicos y proyectos tractores de digitalización sectorial.
46OC C15.I03 Bonos de conectividad para PYMES y colectivos vulnerables.
46OD C15.I04 Renovación y sostenibilidad de infraestructuras.
46OE C15.I05 Despliegue de infraestructuras digitales transfronterizas. I+D+i+Digitalización.
46OG C15.I07 Ciberseguridad: Fortalecimiento de las capacidades de ciudadanos, PYMES y profesionales; e Impulso del ecosistema del sector.
46OH C15.I08 Fortalecimiento del ecosistema científico y tecnológico. Incremento de las capacidades de diseño. PERTE CHIP.
46P Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial. I+D+i+Digitalización.
46PR C16.R01 Estrategia Nacional de IA.
46Q Reforma institucional y fortalecimiento de las capacidades del sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación. I+D+i+Digitalización.
46QA C17.I0 Planes Complementarios con CC.AA.
46QB C17.I02 Fortalecimiento de las capacidades, infraestructuras y equipamientos de los agentes del SECTI.
46QC C17.I03 Nuevos proyectos I+D+I Público Privados, Interdisciplinares, Pruebas de concepto y concesión de ayudas consecuencia de convocatorias competitivas internacionales. I+D de vanguardia orientada a retos de la sociedad. Compra pública pre-comercial.
46QD C17.I04 Nueva carrera científica.
46QE C17.I05 Reforma de capacidades del sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación: Transferencia de conocimiento.
46QF C17.I06 Reforma de capacidades del sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación: Salud.
46QG C17.I07 Reforma de capacidades del sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación: Medioambiente, cambio climático y energía.
46QH C17.I08 I+D+I en automoción sostenible (PTAS).
46QI C17.I09 Reforma de capacidades del sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación: Sector aeroespacial.
46QJ C17.I10 Préstamos PERTE Salud de Vanguardia y Aeroespacial.
46R Renovación y ampliación de las capacidades del Sistema Nacional de Salud. I+D+i+Digitalización.
46RA C18.I01 Plan de inversión en equipos de alta tecnología en el Sistema Nacional de Salud. I+D+I+Digitalización.
46RF C18.I06 Data lake Sanitario.
46S Plan Nacional de Competencias Digitales (digital skills). I+D+i+Digitalización.
46SA C19.I01 Competencias digitales transversales. I+D+i+Digitalización.
46SB C19.I02 Transformación Digital de la Educación. I+D+i+Digitalización.
46SC C19.I03 Competencias digitales para el empleo. I+D+i+Digitalización.
46SD C19.I04 Profesionales digitales.
46U Modernización y digitalización del sistema educativo, incluida la educación temprana de cero a tres años. I+D+i+Digitalización.
46UD C21.I04 Formación y capacitación del personal docente e investigador.
46UE C21.I05 Mejora de infraestructuras digitales, el equipamiento, las tecnologías, la docencia y la evaluación digitales universitarios.
46Y España hub audiovisual de Europa (Spain AVS Hub). I+D+i+Digitalización.
46YB C25.I02 Información en español y lenguas cooficiales. PERTE Nueva Economía de la Lengua. Préstamos.
46YC C25.I03 Fondo Spain Audiovisual Hub. PERTE Nueva Economía de la Lengua.
46Ñ Capítulo REPowerEU. I+D+i+Digitalización.
46ÑE C31.I05 Ayudas del Programa de impulso a la competitividad y sostenibilidad industrial (en forma de subvención).
46ÑF C31.I06 Préstamos del Programa de impulso a la competitividad y sostenibilidad industrial.
46ÑG C31.I07 Inversión para subvencionar la descarbonización industrial (préstamos).
46ÑH C31.I08 Régimen de subvenciones para los proyectos de descarbonización (préstamos).
49 Otras actuaciones de carácter económico.
49E Preservación del Espacio Litoral y los Recursos Hídricos. Otras actuaciones de carácter económico.
49EC C05.I03 Transición digital en el sector del agua. Otras actuaciones de carácter económico.
49K Modernización de las Administraciones Públicas. Otras actuaciones de carácter económico.
49KB C11.I02 Proyectos tractores de digitalización de la Administración General del Estado. Otras actuaciones de carácter económico.
49L Política Industrial España 2030. Otras actuaciones de carácter económico.
49LB C12.I02 Programa de impulso de la Competitividad y Sostenibilidad Industrial. Otras actuaciones de carácter económico.
49M Impulso a la PYME. Otras Actuaciones de Carácter Económico.
49MD C13.I04 Apoyo al comercio. Otras Actuaciones de Carácter Económico.
49O Conectividad Digital, Impulso de la Ciberseguridad y Despliegue del 5G. Otras actuaciones de carácter económico.
49OE C15.I05 Despliegue de infraestructuras digitales transfronterizas. Otras actuaciones de carácter económico.
49OF C15.I06 Despliegue del 5G: redes, cambio tecnológico e innovación.
49OI C15.I09 Incremento de las capacidades de la industria fabless y de fabricación. PERTE CHIP. Préstamos.
49OR C15.R01 Reforma del marco normativo de telecomunicaciones: Ley General, instrumentos regulatorios e Instrumentos de aplicación.
49OS C15.R02 Hoja de ruta 5G: Gestión y asignación del espectro, reducción de cargas al despliegue, Ley de Ciberseguridad 5G y Apoyo a entidades locales.
49R Renovación y Ampliación de las Capacidades del Sistema Nacional de Salud. Otras actuaciones de carácter económico.
49RC C18.I03 Aumento de capacidades de respuesta ante crisis sanitarias. Otras actuaciones de carácter económico.
49Y España Hub Audiovisual de Europa (Spain AVS HUB). Otras actuaciones de carácter económico.
49YA C25.I01 Programa de fomento, modernización y digitalización del sector audiovisual. Otras actuaciones de carácter económico.
92 Servicios de carácter general.
92K Modernización de las Administraciones Públicas. Servicios de carácter general.
92KA C11.I01 Modernización de la Administración General del Estado. Servicios de carácter general.
92KC C11.I03 Transformación Digital y Modernización de la AGE. Servicios de carácter general.
92KV C11.R05 Refuerzo de las capacidades administrativas.
92S Plan Nacional de Competencias Digitales (digital skills). Servicios de carácter general.
92SA C19.I01 Competencias digitales transversales. Servicios de carácter general.
92SC C19.I03 Competencias digitales para el empleo. Servicios de carácter general.
93 Administración Financiera y Tributaria.
93K Modernización de las Administraciones Públicas. Administración Financiera y Tributaria.
93KE C11.I05 Transformación de la Administración para la Ejecución del PRTR. Administración Financiera y Tributaria.
94 Transferencias a otras Administración Públicas.
94K Modernización de las Administraciones Públicas. Transferencias a otras AA.PP.
94KC C11.I03 Transformación Digital y Modernización de las CC.AA. y EE.LL. Transferencias a otras AA.PP.
ANEXO II
Clasificación económica del gasto
En aquellos supuestos en que se prevé el desarrollo por sectores de un concepto en subconceptos, éstos quedarán identificados por los siguientes dígitos.
00. Administración del Estado.
01. Organismos Autónomos.
02. Seguridad Social.
03. Otras entidades del Sector Público Administrativo Estatal con presupuesto limitativo.
04. Sociedades, entidades públicas empresariales, fundaciones y resto de entidades del Sector Público Estatal.
05. Comunidades Autónomas.
06. Corporaciones Locales.
07. Empresas privadas.
08. Familias e instituciones sin fines de lucro.
09. Exterior.
1. Clasificación económica del presupuesto de gastos general
1. Gastos de personal.
10. Altos cargos.
100. Retribuciones básicas y otras remuneraciones.
00. Retribuciones básicas.
01. Retribuciones complementarias.
107. Contribuciones a planes de pensiones.
11. Personal eventual.
110. Retribuciones básicas y otras remuneraciones.
00. Retribuciones básicas.
01. Retribuciones complementarias.
02. Otras remuneraciones.
117. Contribuciones a planes de pensiones.
12. Funcionarios.
120. Retribuciones básicas.
00. Sueldos del grupo A1 y grupo A.
01. Sueldos del grupo A2 y grupo B.
02. Sueldos del grupo C1 y grupo C.
03. Sueldos del grupo C2 y grupo D.
04. Sueldos personal de agrupaciones profesionales y grupo E.
05. Trienios.
06. Pagas extraordinarias.
07. Otras retribuciones básicas.
10. Sueldos de tropa y marinería profesional permanente.
11. Sueldos de tropa y marinería profesional no permanente.
121. Retribuciones complementarias.
00. Complemento de destino.
01. Complemento específico.
02. Indemnización por residencia.
03. Otros complementos.
09. Complemento de destino de tropa y marinería profesional.
10. Complemento específico de tropa y marinería profesional.
11. Incentivos por años de servicio de tropa y marinería profesional.
12. Indemnización reservistas voluntarios.
122. Retribuciones en especie.
00. Casa vivienda.
01. Vestuario.
02. Bonificaciones.
09. Otras.
123. Indemnizaciones percibidas por destino en el extranjero.
00. Indemnización por destino en el extranjero.
01. Indemnización por educación.
124. Retribuciones de funcionarios en prácticas.
00. Sueldos del grupo A1 y grupo A.
01. Sueldos del grupo A2 y grupo B.
02. Sueldos del grupo C1 y grupo C.
03. Sueldos del grupo C2 y grupo D.
04. Sueldos personal de agrupaciones profesionales y grupo E.
05. Trienios.
06. Pagas extraordinarias.
07. Retribuciones complementarias.
127. Contribuciones a planes de pensiones.
13. Laborales.
130. Laboral fijo.
00. Retribuciones básicas.
01. Otras remuneraciones.
131. Laboral eventual.
132. Retribuciones en especie.
00. Casa vivienda.
01. Vestuario.
02. Bonificaciones.
09. Otras.
137. Contribuciones a planes de pensiones.
14. Otro personal.
143. Otro personal.
147. Contribuciones a planes de pensiones.
15. Incentivos al rendimiento.
150. Productividad.
151. Gratificaciones.
153. Complemento de dedicación especial.
16. Cuotas, prestaciones y gastos sociales a cargo del empleador.
160. Cuotas sociales.
00. Seguridad Social.
01. MUFACE.
02. ISFAS.
03. MUGEJU.
09. Otras.
162. Gastos sociales del personal.
00. Formación y perfeccionamiento del personal.
01. Economatos y comedores.
02. Transporte de personal.
04. Acción social.
05. Seguros.
09. Otros.
2. Gastos corrientes en bienes y servicios.
20. Arrendamientos y cánones.
200. Arrendamientos de terrenos y bienes naturales.
202. Arrendamientos de edificios y otras construcciones.
203. Arrendamientos de maquinaria, instalaciones y utillaje.
204. Arrendamientos de medios de transporte.
205. Arrendamientos de mobiliario y enseres.
206. Arrendamientos de equipos para procesos de información.
208. Arrendamientos de otro inmovilizado material.
209. Cánones.
21. Reparaciones, mantenimiento y conservación.
210. Infraestructura y bienes naturales.
212. Edificios y otras construcciones.
213. Maquinaria, instalaciones y utillaje.
214. Elementos de transporte.
215. Mobiliario y enseres.
216. Equipos para procesos de la información.
218. Bienes situados en el exterior.
219. Otro inmovilizado material.
22. Material, suministros y otros.
220. Material de oficina.
00. Ordinario no inventariable.
01. Prensa, revistas, libros y otras publicaciones.
02. Material informático no inventariable.
15. Material de oficina en el exterior.
221. Suministros.
00. Energía eléctrica.
01. Agua.
02. Gas.
03. Combustible.
04. Vestuario.
05. Alimentación.
06. Productos farmacéuticos y material sanitario.
07. Suministros de carácter militar y policial.
08. Suministros de material deportivo, didáctico y cultural.
09. Labores Fábrica Nacional Moneda y Timbre.
11. Suministros de repuestos de maquinaria, utillaje y elementos de transporte.
12. Suministros de material electrónico, eléctrico y de comunicaciones.
15. Suministros en el exterior.
99. Otros suministros.
222. Comunicaciones.
00. Servicios de Telecomunicaciones.
01. Postales y mensajería.
15. Comunicaciones en el exterior.
99. Otras.
223. Transportes.
224. Primas de seguros.
225. Tributos.
00. Estatales.
01. Autonómicos.
02. Locales.
15. Tributos en el exterior.
226. Gastos diversos.
01. Atenciones protocolarias y representativas.
02. Publicidad y propaganda.
03. Jurídicos, contenciosos.
06. Reuniones, conferencias y cursos.
07. Oposiciones y pruebas selectivas.
08. Gastos reservados.
09. Actividades culturales y deportivas.
15. Gastos diversos en el exterior.
99. Otros.
227. Trabajos realizados por otras empresas y profesionales.
00. Limpieza y aseo.
01. Seguridad.
02. Valoraciones y peritajes.
04. Custodia, depósito y almacenaje.
05. Procesos electorales y consultas populares.
06. Estudios y trabajos técnicos.
07. Para la contratación del servicio de cobertura informativa nacional e internacional de interés público.
15. Trabajos realizados por otras empresas y profesionales en el exterior.
99. Otros.
23. Indemnizaciones por razón del servicio.
230. Dietas.
231. Locomoción.
232. Traslado.
233. Otras indemnizaciones.
24. Gastos de publicaciones.
240. Gastos de edición y distribución.
25. Conciertos de asistencia sanitaria.
250. Con la Seguridad Social.
251. Con entidades de seguro libre.
259. Otros conciertos de asistencia sanitaria.
27. Compras, suministros y otros gastos relacionados con la actividad.
3. Gastos financieros.
30. De deuda pública en euros.
300. Intereses.
301. Gastos de emisión, modificación y cancelación.
303. Rendimientos implícitos.
309. Otros gastos financieros.
31. De préstamos en euros.
310. Intereses.
311. Gastos de emisión, modificación y cancelación.
313. Rendimientos implícitos.
319. Otros gastos financieros.
32. De deuda pública en moneda extranjera.
320. Intereses.
321. Gastos de emisión, modificación y cancelación.
322. Diferencias de cambio.
323. Rendimientos implícitos.
329. Otros gastos financieros.
33. De préstamos en moneda extranjera.
330. Intereses.
331. Gastos de emisión, modificación y cancelación.
332. Diferencias de cambio.
333. Rendimientos implícitos.
339. Otros gastos financieros.
34. De depósitos y fianzas.
340. Intereses de depósitos.
341. Intereses de fianzas.
35. Intereses de demora y otros gastos financieros.
352. Intereses de demora.
359. Otros gastos financieros.
4. Transferencias corrientes.
40. A la Administración del Estado.
402. Al Estado, para compensar gastos de gestión centralizada.
41. A organismos autónomos.
42. A la Seguridad Social.
43. A otras entidades del Sector Público Administrativo Estatal con presupuesto limitativo.
44. A sociedades, entidades públicas empresariales, fundaciones y resto de entidades del Sector Público Estatal.
45. A Comunidades Autónomas.
46. A Entidades Locales.
47. A empresas privadas.
48. A familias e instituciones sin fines de lucro.
49. Al exterior
5. Fondo de contingencia y otros imprevistos.
50. Dotación al Fondo de Contingencia de ejecución presupuestarias.
500. Fondo de Contingencia de Ejecución Presupuestaria. Artículo 50 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
51. Otros imprevistos.
510. Imprevistos.
6. Inversiones reales.
60. Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general.
600. Inversiones en terrenos.
601. Otras.
61. Inversión de reposición en infraestructura y bienes destinados al uso general.
610. Inversiones en terrenos.
611. Otras.
62. Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios.
620. Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios.
63. Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios.
630. Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios.
64. Gastos de inversiones de carácter inmaterial.
640. Gastos de inversiones de carácter inmaterial.
65. Inversiones militares en infraestructura y otros bienes.
650. Inversiones militares en infraestructura y otros bienes.
66. Inversiones militares asociadas al funcionamiento de los servicios.
660. Inversiones militares asociadas al funcionamiento operativo de los servicios.
67. Gastos militares de inversiones de carácter inmaterial.
670. Gastos militares de inversiones de carácter inmaterial.
7. Transferencias de capital.
70. A la Administración del Estado.
71. A organismos autónomos.
72. A la Seguridad Social.
73. A otras entidades del Sector Público Administrativo Estatal con presupuesto limitativo.
74. A sociedades, entidades públicas empresariales, fundaciones y resto de entidades del Sector Público Estatal.
75. A Comunidades Autónomas.
76. A Entidades Locales.
77. A empresas privadas.
78. A familias e instituciones sin fines de lucro.
79. Al exterior.
8. Activos financieros.
80. Adquisición de deuda del Sector Público.
800. Adquisición de deuda del Sector Público a corto plazo.
801. Adquisición de deuda del Sector Público a largo plazo.
81. Adquisición de obligaciones y bonos fuera del Sector Público.
810. Adquisición de obligaciones y bonos fuera del Sector Público a corto plazo.
811. Adquisición de obligaciones y bonos fuera del Sector Público a largo plazo.
82. Concesión de préstamos al Sector Público.
820. Préstamos a corto plazo.
00. A la Administración del Estado.
01. A organismos autónomos.
02. A la Seguridad Social.
03. A otras entidades del Sector Público Administrativo Estatal con presupuesto limitativo.
821. Préstamos a largo plazo.
00. A la Administración del Estado.
01. A organismos autónomos.
02. A la Seguridad Social.
03. A otras entidades del Sector Público Administrativo Estatal con presupuesto limitativo.
83. Concesión de préstamos fuera del Sector Público.
830. Préstamos a corto plazo.
831. Préstamos a largo plazo.
84. Constitución de depósitos y fianzas.
840. Depósitos.
00. A corto plazo.
01. A largo plazo.
841. Fianzas.
00. A corto plazo.
01. A largo plazo.
85. Adquisición de acciones y participaciones del Sector Público.
850. Adquisición de acciones y participaciones del Sector Público.
86. Adquisición de acciones y participaciones fuera del Sector Público.
860. De empresas nacionales o de la Unión Europea.
861. De otras empresas.
863. Pago de otros justiprecios.
87. Aportaciones patrimoniales.
870. Aportaciones patrimoniales.
89. Suscripción de acciones y aportaciones de fondos a organismos internacionales.
890. Suscripción de acciones y aportaciones de fondos a organismos internacionales.
9. Pasivos financieros.
90. Amortización de deuda pública en euros.
900. Amortización de deuda pública en euros a corto plazo.
901. Amortización de deuda pública en euros a largo plazo.
91. Amortización de préstamos en euros.
910. Amortización de préstamos a corto plazo de entes del Sector Público.
00. A la Administración del Estado.
01. A organismos autónomos.
02. A la Seguridad Social.
03. A otras entidades del Sector Público Administrativo Estatal con presupuesto limitativo.
911. Amortización de préstamos a largo plazo de entes del Sector Público.
00. A la Administración del Estado.
01. A organismos autónomos.
02. A la Seguridad Social.
03. A otras entidades del Sector Público Administrativo Estatal con presupuesto limitativo.
912. Amortización de préstamos a corto plazo de entes de fuera del Sector Público.
913. Amortización de préstamos a largo plazo de entes de fuera del Sector Público.
92. Amortización de deuda pública en moneda extranjera.
920. Amortización de deuda pública en moneda extranjera a corto plazo.
921. Amortización de deuda pública en moneda extranjera a largo plazo.
93. Amortización de préstamos en moneda extranjera.
930. Amortización de préstamos en moneda extranjera a corto plazo.
931. Amortización de préstamos en moneda extranjera a largo plazo.
94. Devolución de depósitos y fianzas.
940. Devolución de depósitos.
941. Devolución de fianzas.
95. Puesta en circulación de moneda metálica.
951. Puesta en circulación negativa de moneda metálica.
2. Clasificación económica del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
1. Gastos de personal.
19. Gastos de personal. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
190. Retribuciones básicas. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
00. Sueldos del grupo A1 y grupo A. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
01. Sueldos del grupo A2 y grupo B. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
05. Trienios. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
06. Pagas extraordinarias. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
191. Retribuciones complementarias. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
00. Complemento de destino. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
01. Complemento específico. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
02. Indemnización por residencia. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
192. Personal laboral fijo. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
00. Retribuciones básicas. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
01. Otras retribuciones. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
193. Personal laboral eventual. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
00. Retribuciones básicas. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
01. Otras retribuciones. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
194. Gastos sociales del personal. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
00. Formación y perfeccionamiento del personal. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
195. Gastos de personal. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
199. Cuotas sociales. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
00. Seguridad Social. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
2. Gastos corrientes en bienes y servicios.
29. Gastos corrientes en bienes y servicios. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
6. Inversiones reales.
69. Inversiones reales. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
8. Activos financieros.
81. Adquisición de obligaciones y bonos fuera del Sector Público.
819. Adquisición de obligaciones y bonos fuera del Sector Público. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
82. Concesión de préstamos al Sector Público.
829. Concesión de préstamos al Sector Público. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
00. A la Administración del Estado.
01. A organismos autónomos.
02. A la Seguridad Social.
03. A otras entidades del Sector Público Administrativo Estatal con presupuesto limitativo.
83. Concesión de préstamos fuera del Sector Público.
839. Concesión de préstamos fuera del Sector Público. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
84. Constitución de depósitos y fianzas.
849. Constitución de depósitos y fianzas. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
85. Adquisición de acciones y participaciones del Sector Público.
859. Adquisición de acciones y participaciones del Sector Público. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
86. Adquisición de acciones y participaciones fuera del Sector Público.
869. Adquisición de acciones y participaciones de fuera del Sector Público. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
87. Aportaciones patrimoniales.
879. Aportaciones patrimoniales. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
9. Pasivos financieros.
91. Amortización de préstamos en euros.
919. Amortización de préstamos. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
ANEXO III
Clasificación económica de los ingresos
En aquellos supuestos en que se prevé el desarrollo por sectores de un concepto en subconceptos, estos quedarán identificados por los siguientes dígitos.
00. Administración del Estado.
01. Organismos autónomos.
02. Seguridad Social.
03. Otras entidades del Sector Público Administrativo Estatal con presupuesto limitativo.
04. Sociedades, entidades públicas empresariales, fundaciones y resto de entidades del Sector Público Estatal.
05. Comunidades Autónomas.
06. Corporaciones Locales.
07. Empresas privadas.
08. Familias e instituciones sin fines de lucro.
09. Exterior.
1. Clasificación económica del presupuesto de ingresos general
1. Impuestos directos y cotizaciones sociales.
10. Sobre la renta.
100. De las personas físicas.
00. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
99. Asignación tributaria a la Iglesia Católica y otros fines sociales.
101. De sociedades.
00. Impuesto sobre Sociedades.
102. De no residentes.
00. Impuesto sobre la Renta de no Residentes.
11. Sobre el capital.
119. Otros impuestos sobre el capital.
00. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
01. Impuesto sobre el Patrimonio.
02. Otros.
12. Cotizaciones sociales.
120. Cotizaciones de los regímenes especiales de funcionarios.
00. Cuotas de Derechos Pasivos.
01. Cuotas de funcionarios a Mutualidades.
02. Aportación obligatoria del Estado a las Mutualidades de funcionarios.
129. Otras cotizaciones.
00. Cuota de desempleo.
01. Cuota de formación profesional.
02. Cuotas empresariales al Fondo de Garantía Salarial.
13. Sobre la producción y almacenamiento de energía eléctrica y combustible.
130. Sobre el valor de la producción de la energía eléctrica.
131. Sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos radioactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica.
132. Sobre el almacenamiento de combustible nuclear gastado y residuos radioactivos en instalaciones centralizadas.
19. Otros impuestos directos.
190. Otros impuestos directos.
2. Impuestos indirectos.
21. Sobre el Valor Añadido.
210. Impuesto sobre el valor añadido.
00. Importaciones.
01. Operaciones interiores.
22. Sobre consumos específicos.
220. Impuestos especiales.
00. Sobre el alcohol y bebidas derivadas.
01. Sobre cerveza.
03. Sobre labores de tabaco.
04. Sobre hidrocarburos.
06. Sobre productos intermedios.
07. Sobre la electricidad.
08. Sobre carbón.
09. Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables.
99. Otros.
23. Sobre tráfico exterior.
230. Derechos de aduana y exacciones de efecto equivalente establecidos para la importación o exportación de mercancías.
231. Exacciones reguladoras y otros gravámenes agrícolas.
28. Otros impuestos indirectos.
280. Cotización, producción y almacenamiento de azúcar e isoglucosa.
281. Impuesto sobre las Primas de Seguros.
282. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
283. Impuesto sobre actividades de juego.
00. De apuestas mutuas deportivas.
01. De apuestas deportivas de contrapartida.
02. De otros juegos.
285. Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero.
286. Impuesto sobre las Transacciones Financieras.
287. Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales.
288. Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos.
289. Otros impuestos indirectos.
3. Tasas, precios públicos y otros ingresos.
30. Tasas.
300. Derechos por expedición de tarjetas de identidad profesional a trabajadores extranjeros.
301. Canon de ocupación y aprovechamiento del dominio público marítimo–terrestre.
302. Tasa por dirección e inspección de obras.
303. Tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social.
304. Tasas de expedición DNI y Pasaportes.
01. DNI.
02. Pasaportes.
305. Tasas consulares.
306. Canon por utilización de aguas continentales para la producción de energía eléctrica.
308. Tasas seguridad aeroportuaria.
309. Otras tasas.
00. Tasa por acreditación catastral.
01. Tasas del juego.
02. Tasa por reconocimientos, autorizaciones y concursos.
03. Tasa por prestación de servicios y realización de actividades en materia de navegación aérea.
04. Tasa por prestación de servicios por la Dirección General de Marina Mercante.
05. Tasa General de Telecomunicaciones.
06. Tasa de Regularización Catastral.
07. Tasas por controles de sanidad exterior realizadas a carnes y productos de origen animal de países no comunitarios.
08. Tasa por derechos de examen.
09. Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
11. Tasa por la gestión administrativa del juego.
13. Tasa por reserva del dominio radioeléctrico.
34. Tasa por la gestión administrativa del juego (artículo 49 Ley 13/2011).
99. Otras.
31. Precios públicos.
310. Derechos de matrícula en cursos y seminarios.
311. Entradas a museos, exposiciones, espectáculos, etc.
319. Otros precios públicos.
32. Otros ingresos procedentes de prestación de servicios.
320. Comisiones por avales y seguros operaciones financieras.
322. De la Administración financiera.
01. Administración y cobranza.
02. Compensación por gastos de percepción de recursos propios tradicionales de la Unión Europea.
99. Otros.
327. De asistencia sanitaria.
00. Asistencia sanitaria gestionada IN de Gestión Sanitaria.
02. Otros conciertos de asistencia sanitaria.
329. Otros ingresos procedentes de prestación de servicios.
33. Venta de bienes.
330. Venta de publicaciones propias.
332. Venta de fotocopias y otros productos de reprografía.
333. Venta de medicamentos.
334. Venta de productos agropecuarios.
335. Venta de material de desecho.
336. Ingresos procedentes del Fondo regulado por la Ley 17/2003.
338. Ventas de monedas de colección.
339. Venta de otros bienes.
38. Reintegros de operaciones corrientes.
380. De ejercicios cerrados.
381. Del presupuesto corriente.
39. Otros ingresos.
391. Recargos, multas e intereses de demora tributarios.
392. Recargos, multas e intereses de demora no tributarios.
393. Diferencias entre los valores de reembolso y emisión.
394. Reintegros de cantidades abonadas a los trabajadores por cuenta de las empresas (Fondo de Garantía Salarial).
395. Diferencias de cambio.
396. Prestación por conversión de activos por impuesto diferido.
397. Gravámenes temporales.
00. Energético.
01. Entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito.
398. Ingresos procedentes de herencias abintestato. Artículo 956 del Código Civil.
00. Destinados a fines de interés social.
01. Otros.
399. Ingresos diversos.
00. Compensaciones de servicios prestados por funcionarios públicos.
01. Recursos eventuales.
02. Ingresos procedentes de organismos suprimidos.
04. Ingresos de efectivo y saldos de cuentas y libretas abandonadas. Artículo 18.2 de la Ley 33/2003.
99. Otros ingresos diversos.
4. Transferencias corrientes.
40. De la Administración del Estado.
400. Del departamento a que está adscrito.
401. De otros departamentos ministeriales.
41. De Organismos autónomos.
410. Compensación de gastos de gestión centralizada.
411. Jefatura de Tráfico.
01. Jefatura de Tráfico.
02. Jefatura de Tráfico. Disposición Adicional Segunda de la Ley Orgánica 6/2011.
03. Contribución al mantenimiento anual de la aplicación NEDAES.
412. Servicio Público de Empleo Estatal.
413. Oficina Española de Patentes y Marcas.
414. Comisionado para el Mercado de Tabacos.
419. Otras.
42. De la Seguridad Social.
420. Transferencias corrientes de la Seguridad Social.
01. Transferencia para compensar la gestión de pensiones no contributivas por el País Vasco y Navarra.
02. Transferencias para compensar la gestión del ingreso mínimo vital por el País Vasco y Navarra.
03. Convenio de colaboración con el Ministerio del Interior para la persecución del fraude y la delincuencia.
43. De otras entidades del Sector Público Administrativo Estatal con presupuesto limitativo.
431. Compensación de gastos de gestión centralizada.
432. Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
433. Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.
439. Otras.
44. De sociedades, entidades públicas empresariales, fundaciones y resto de entidades del Sector Público Estatal.
440. De sociedades mercantiles estatales.
441. De entidades públicas empresariales.
09. De otras entidades públicas empresariales.
442. De fundaciones públicas.
449. Del resto del Sector Público Estatal.
45. De Comunidades Autónomas.
450. Contribuciones Concertadas.
00. Cupo del País Vasco.
01. De Navarra.
451. Por Fondo de Suficiencia y otros.
453. Compensación a satisfacer por la Comunidad Autónoma de Canarias por la supresión del IGTE.
456. Compensaciones financieras del País Vasco.
00. Impuestos especiales sobre el alcohol y bebidas derivadas y productos intermedios.
01. Impuesto especial sobre la Cerveza.
02. Impuesto especial sobre Hidrocarburos.
458. Liquidación de la regularización de los Mossos d´Esquadra.
459. Otras transferencias corrientes.
46. De Entidades Locales.
460. De Ayuntamientos.
461. De Diputaciones y Cabildos Insulares.
469. Otras transferencias corrientes.
47. De empresas privadas.
470. De empresas privadas.
48. De familias e instituciones sin fines de lucro.
480. De familias e instituciones sin fines de lucro.
49. Del exterior.
490. Del Fondo Social Europeo.
491. Del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA).
492. Otras transferencias de la Unión Europea.
493. Aportaciones derivadas de convenios internacionales de cooperación.
498. Fondo UE.
02. React-UE.
499. Otras transferencias corrientes.
5. Ingresos patrimoniales.
50. Intereses de títulos y valores.
500. Del Estado.
501. De organismos autónomos.
504. De sociedades, entidades públicas empresariales, fundaciones y resto de entidades del Sector Público Estatal.
505. De Comunidades Autónomas.
506. De Entidades Locales.
507. De empresas privadas.
51. Intereses de anticipos y préstamos concedidos.
510. Al Estado.
511. A organismos autónomos.
512. A la Seguridad Social.
513. A Agencias Estatales.
514. A sociedades, entidades públicas empresariales, fundaciones y resto de entidades del Sector Público Estatal.
01. ICO.
99. Otros.
515. A Comunidades Autónomas.
516. A Entidades Locales.
517. A empresas privadas.
518. A familias e instituciones sin fines de lucro.
519. Al exterior.
52. Intereses de depósitos.
520. Intereses de cuentas bancarias.
00. Intereses de las consignaciones judiciales.
09. Intereses de la cuenta del Tesoro en el Banco de España.
99. Otros intereses de cuentas bancarias.
529. Intereses de otros depósitos.
53. Dividendos y participaciones en beneficios.
531. De organismos autónomos.
534. De sociedades, entidades públicas empresariales y resto de entidades del Sector Público Estatal.
03. Banco de España.
04. Instituto de Crédito Oficial.
06. Real Casa de la Moneda. Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.
09. Entidad Pública Empresarial Enaire.
10. Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI).
11. Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (SELAE).
12. Otras Sociedades Estatales del Grupo Patrimonio.
99. Otras participaciones en beneficios.
537. De empresas privadas.
54. Rentas de bienes inmuebles.
540. Alquiler y productos de inmuebles.
00. Alquiler de viviendas.
10. Alquiler de locales.
99. Otros productos de inmuebles.
541. Arrendamientos de fincas rústicas.
549. Otras rentas.
55. Productos de concesiones y aprovechamientos especiales.
550. De concesiones administrativas.
551. Aprovechamientos agrícolas y forestales.
557. Subastas de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.
559. Otras concesiones y aprovechamientos.
59. Otros ingresos patrimoniales.
591. Beneficios por realización de inversiones financieras.
599. Otros.
00. Ingresos por 5G.
6. Enajenación de inversiones reales.
60. De terrenos.
600. Venta de solares.
601. Venta de fincas rústicas.
61. De las demás inversiones reales.
610. Venta de edificios y otras construcciones.
619. Venta de otras inversiones reales.
68. Reintegros por operaciones de capital.
680. De ejercicios cerrados.
681. Del presupuesto corriente.
7. Transferencias de capital.
70. De la Administración del Estado.
700. Del departamento a que está adscrito.
701. De otros departamentos ministeriales.
71. De organismos autónomos.
710. Transferencias de capital de organismos autónomos.
711. Del FEGA «Ayudas de Desarrollo Rural»
712. Del Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa.
713. De la Mancomunidad de los Canales del Taibilla.
72. De la Seguridad Social.
73. De otras entidades del Sector Público Administrativo Estatal con presupuesto limitativo.
74. De sociedades, entidades públicas empresariales, fundaciones y resto de entidades del Sector Público Estatal.
740. Sociedades mercantiles estatales.
741. Entidades públicas empresariales.
749. Del resto de entidades del Sector Público Estatal.
75. De Comunidades Autónomas.
76. De Entidades Locales.
760. De Ayuntamientos.
761. De Diputaciones y Cabildos Insulares.
769. Otras transferencias de capital.
77. De empresas privadas.
78. De familias e instituciones sin fines de lucro.
79. Del exterior.
790. Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
791. Fondo de Cohesión.
792. Fondo Europeo de la Pesca y otros recursos agrícolas y pesqueros.
793. Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
795. Otras transferencias de la Unión Europea.
798. Fondos UE.
02. React-UE.
799. Otras transferencias.
8. Activos financieros.
80. Enajenación de deuda del Sector Público.
800. Enajenación de deuda del Sector Público a corto plazo.
801. Enajenación de deuda del Sector Público a largo plazo.
81. Enajenación de obligaciones y bonos de fuera del Sector Público.
810. Enajenación de obligaciones y bonos de fuera del Sector Público a corto plazo.
811. Enajenación de obligaciones y bonos de fuera del Sector Público a largo plazo.
82. Reintegros de préstamos concedidos al Sector Público.
820. Reintegros de préstamos concedidos al Sector Público a corto plazo.
01. De organismos autónomos.
821. Reintegros de préstamos concedidos al Sector Público a largo plazo.
01. De organismos autónomos.
02. De la Seguridad Social.
03. De otras entidades del Sector Público Administrativo Estatal con presupuesto limitativo.
04. De Sociedades Mercantiles Estatales.
06. De Entidades Locales.
07. De Comunidades Autónomas.
08. De otras Entidades Multigrupo y Asociadas.
09. Otros reintegros de préstamos concedidos al Sector Público a largo plazo.
83. Reintegros de préstamos concedidos fuera del Sector Público.
830. Reintegros de préstamos concedidos fuera del Sector Público a corto plazo.
831. Reintegros de préstamos concedidos fuera del Sector Público a largo plazo.
07. A las empresas privadas.
08. A familias e Instituciones sin fines de lucro.
84. Devolución de depósitos y fianzas.
840. Devolución de depósitos.
841. Devolución de fianzas.
85. Enajenación de acciones y participaciones y devolución de aportaciones del Sector Público.
850. Enajenación de acciones y participaciones del Sector Público Nacional.
851. Enajenación de acciones y devolución de aportaciones del Sector Público en Organismos Internacionales.
852. Otras enajenaciones o devoluciones.
86. Enajenación de acciones y participaciones de fuera del Sector Público.
860. De empresas nacionales o de la Unión Europea.
861. De otras empresas.
87. Remanente de tesorería.
870. Remanente de tesorería.
88. Devolución de aportaciones patrimoniales.
880. Devolución de aportaciones patrimoniales.
9. Pasivos financieros.
90. Emisión de deuda pública en euros.
900. Emisión de deuda pública en euros a corto plazo.
901. Emisión de deuda pública en euros a largo plazo.
91. Préstamos recibidos en euros.
910. Préstamos recibidos a corto plazo de entes del Sector Público.
911. Préstamos recibidos a largo plazo de entes del Sector Público.
912. Préstamos recibidos a corto plazo de entes de fuera del Sector Público.
913. Préstamos recibidos a largo plazo de entes de fuera del Sector Público.
92. Emisión de deuda pública en moneda extranjera.
920. Emisión de deuda pública en moneda extranjera a corto plazo.
921. Emisión de deuda pública en moneda extranjera a largo plazo.
93. Préstamos recibidos en moneda extranjera.
930. Préstamos recibidos en moneda extranjera a corto plazo.
931. Préstamos recibidos en moneda extranjera a largo plazo.
94. Depósitos y fianzas recibidos.
940. Depósitos recibidos.
941. Fianzas recibidas.
95. Puesta en circulación de moneda metálica.
951. Puesta en circulación positiva de moneda metálica.
2. Clasificación económica del plan de recuperación, transformación y resiliencia
4. Transferencias corrientes.
49. Del exterior.
498. Fondo UE.
01. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
7. Transferencias de capital.
79. Del exterior.
798. Fondos UE.
01. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
8. Activos financieros.
81. Enajenación de obligaciones y bonos de fuera del Sector Público.
819. Enajenación de obligaciones y bonos de fuera del Sector Público. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
82. Reintegros de préstamos concedidos al Sector Público.
829. Reintegros de préstamos concedidos al Sector Público. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
83. Reintegros de préstamos concedidos fuera del Sector Público.
839. Reintegros de préstamos concedidos fuera del Sector Público. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
84. Devolución de depósitos y fianzas.
849. Devolución de depósitos y fianzas. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
85. Enajenación de acciones y participaciones y devolución de aportaciones del Sector Público.
859. Enajenación de acciones y participaciones y devolución de aportaciones del Sector Público. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
86. Enajenación de acciones y participaciones de fuera del Sector Público.
869. Enajenación de acciones y participaciones de fuera del Sector Público. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
87. Remanente de tesorería.
879. Remanente de Tesorería. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
88. Devolución de aportaciones patrimoniales.
889. Devolución de aportaciones patrimoniales. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
9. Pasivos financieros.
91. Préstamos recibidos en euros.
919. Préstamos recibidos en euros. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
ANEXO IV
Documentación a cumplimentar por las comunidades autónomas beneficiarias de los Fondos de Compensación Interterritorial