Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

ANALISIS:

Finalidad de la ley y ámbito de aplicación

Sistema interno de información

Canal externo de información de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I

Publicidad de la información y Registro de las comunicaciones.

Revelación pública

Protección de datos personales

Medidas de protección

Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I.

Régimen sancionador

MODIFICA:

Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita.

Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.

Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.

Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito.

Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

RESUMEN:

La ley establece un sistema de protección para las personas que denuncien infracciones graves en su entorno laboral. Incluye canales internos y externos de información, gestionados tanto por entidades privadas como públicas, y detalla la Autoridad Independiente de Protección del Informante (A.A.I.). La ley garantiza la confidencialidad del informante, protege contra represalias y regula el tratamiento de datos personales. También se establecen sanciones para quienes infrinjan las disposiciones y medidas de apoyo para los denunciantes. Modifica varias leyes para integrar la normativa de la UE sobre protección de denunciantes.

MAS INFORMACION   ADM3569-2

TEXTO ORIGINAL

Estos Documentos, con los que puedan modificar o acompañar y su texto íntegro, se han incorporado a los contenidos ya existentes en el siguiente TÍTULO publicado y a su disposición:
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